REGLAMENTO ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2007-12-22

Fecha de publicación: 2017-12-22

Número de registro: 150

Advertencia

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Tipo de regulación: Reglamento de ley

Art. 77.- Actos de transferencia de dominio de los bienes.- Las entidades u organismos regulados en el artículo 1 del presente reglamento, podrán realizar entre sí o estas con entidades del sector privado que realicen labor social u obras de beneficencia sin fines de lucro, entre otros los siguientes actos de transferencia de dominio de bienes: remate, compraventa, trasferencia gratuita, permuta y chatarrización.

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