Fecha de suscripción: 2012-08-14
Fecha de publicación: 2012-08-14
Número de registro: NO APLICA
Tipo de regulación: Ordenanza municipal
Es potestad privativa del GAD Municipalidad de Ambato, a través de la Dirección de Tránsito, Transporte y Movilidad, autorizar la utilización de las vías públicas para la realización de todo tipo de pruebas y competencias deportivas, sean éstas:
a) Pedestres;
b) Con vehículos de tracción mecánica, humana o animal;
e) De animales; y,
d) Con semovientes.
Por lo tanto, no se permitirá la realización de ninguna prueba o competencia que no cuente con la correspondiente autorización. Cuando se trate de eventos deportivos interprovinciales, nacionales o internacionales, con recorridos que incluyan la jurisdicción cantonal, se coordinará oportunamente con la Agencia Nacional de Tránsito y los entes deportivos correspondientes.
En virtud de lo dispuesto, la Jefatura Operativa de Control de Tránsito y Seguridad Vial de la Policía Nacional; y en su momento, los entes de control de tránsito competentes, no brindarán su colaboración, resguardo y contingente, a aquellas pruebas y competencias que no hayan sido debidamente autorizadas.