Ordenanza que reglamenta la determinación, recaudación, administración y control del impuesto de alcabala en las transferencias de dominio de los predios urbanos y rústicos.

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2020-10-21

Fecha de publicación: 2020-12-08

Número de registro: R.O. 1377 Año II

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Ordenanza municipal

La presente ordenanza tiene por objeto regular el cobro del impuesto de Alcabala en el cantón El Carmen, de los siguientes actos y contratos:

a) Los titulos traslaticios de dominio onerosos de bienes raíces y buques en el caso de ciudades portuarias, en los casos que la ley lo permita

b) la adquisición del dominio de bienes inmuebles a través de prescripción adquisitiva de dominio y de legados a quienes no fueren legitimarios.

e) La constitución o traspaso, usufructo, uso y habitación, relativos a dichos bienes

d) Las donaciones que se hicieren a favor de quienes no fueren legitimarios, y

e) Las transferencias gratuitas y onerosas que haga el fiduciario a favor de los beneficiarios en cumplimiento de las finalidades del contrato de fideicomiso mercantil

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