ORDENANZA REFORMATORIA A LA ORDENANZA DEL COBRO POR CONCEPTO DE LEVANTAMIENTO DE TEXTOS, REPRODUCCIÓN Y EDICIÓN DE LOS PLIEGOS A OFERENTES ADJUDICADOS EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN, ELABORADOS POR EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE NAPO

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2024-10-07

Fecha de publicación: 2024-10-07

Número de registro: RES. 095 Año 2024

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

En ningún proceso de contratación, sea cual sea su monto o modalidad, se cobrará valor alguno por derecho de inscripción. Exclusivamente el oferente adjudicado, una vez recibida la notificación de adjudicación, pagará a la entidad el valor previsto en forma previa en los pliegos, y con el cual se cubra exclusivamente los costos de levantamiento de textos, reproducción y edición de los pliegos, de ser el caso.

Institución o instituciones emisoras

  • GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE NAPO

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