Fecha de suscripción: 2024-04-24
Fecha de publicación: 2024-05-22
Número de registro: R.O. 563 Año III
Tipo de regulación: Acuerdo ministerial
“Artículo 1.- Objeto: El Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC) es una herramienta del Sistema Integral de Información Cultural y es administrado y gestionado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio.
El objeto de esta normativa es regular la inscripción de las personas naturales y jurídicas, el registro y actualización de los datos que proporcionan, así como la aplicación y utilización del RUAC de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Cultura y su Reglamento.”