Fecha de suscripción: 2015-10-26
Fecha de publicación: 2020-08-13
Número de registro: Registro Oficial S. 615
Tipo de regulación: Ley orgánica
Art. 18.- Diagnóstico, Tratamiento y Rehabilitación. - (...) Los gobiernos autónomos descentralizados podrán impulsar y apoyar la creación y mantenimiento de centros de tratamiento ambulatorio o centros especializados en coordinación con las entidades del sector público, privado, organizaciones sociales y de la cooperación internacional.
Para ello, podrán utilizar recursos propios o provenientes de transferencias del Estado Central, así como aquellos asignados por el Fondo Nacional para la Prevención Integral de Drogas (...).