Fecha de suscripción: 1978-12-15
Fecha de publicación: 1978-11-15
Número de registro: R.O. 711
Tipo de regulación: Ley orgánica
Los yacimientos de hidrocarburos y sustancias que los acompañan, en cualquier estado físico en que se encuentren situados en el territorio nacional, incluyendo las zonas cubiertas por las aguas del mar territorial, pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado. Y su explotación se ceñirá a los lineamientos del desarrollo sustentable y de la protección y conservación del medio ambiente.