INSTRUCTIVO PARA LA EMISÓN DE AUTORIZACIÓN LABORAL PARA EXTRANJEROS

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2018-09-21

Fecha de publicación: 2018-09-21

Número de registro: 323

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Acuerdo ministerial

Es necesario emitir el instructivo para que las personas extranjeras puedan laborar en las instituciones del Estado, de conformidad con las disposiciones contenidas en la LOSEP y su Reglamento General.

Las Unidades de Administración del Talento HumanoUATH de todas lasinstituciones, entidades y organismos establecidos en el artículo 3 de la LOSEP, deberán solicitar al Ministerio del Trabajo a través de la página web, la autorización laboral para el ingreso al sector público de las personas bajo el régimen del la citada Ley, dentro de los primerod quince días de la emisión del correspondiente nombramiento y antes del registro de los contratos de servicios ocasionales.

Institución o instituciones emisoras

  • Ministerio del Trabajo

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