DECRETO-EJECUTIVO-407

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2005-08-11

Fecha de publicación: 2005-08-26

Número de registro: R.O. 90 Año 2005

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Decreto ejecutivo

Prohíbese el registro de nuevas instalaciones de almacenamiento y abastecimiento, plantas envasadoras y centros de distribución de combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos y gas licuado de petróleo, en donde la Dirección Nacional de Hidrocarburos, organismo técnicoadministrativo de control del Ministerio de Energía y Minas, determine que la infraestructura existente para la comercialización de combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos y gas licuado de petróleo, es suficiente para atender la demanda del mercado.

Institución o instituciones emisoras

  • PRESIDENTE-CONSTITUCIONAL-DE-LA-REPÚBLICA

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