Decreto ejecutivo 1290

Documento en línea

Registro oficial

Fecha de suscripción: 2012-08-30

Fecha de publicación: 2012-09-13

Número de registro: 788

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Decreto ejecutivo

CAPITULO I

DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN SALUD PÚBLICA - INSPI


Artículo 3.- El Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública - INSPI, será la institución ejecutora de la investigación, ciencia, tecnología e innovación en el área de salud humana y será el laboratorio de referencia nacional de la red de salud pública.

Artículo 4.- Son atribuciones y responsabilidades del Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública - INSPI:

1.  Ejecutar  los  Proyectos  de  Investigación,  Desarrollo Tecnológico  e  innovación  que  la  Autoridad  Sanitaria Nacional  y  la  Secretaría  Nacional  de  Educación Superior, Ciencia y Tecnología hubieren aprobado; y,

2. Proveer servicios de laboratorio especializado en salud, en función de las prioridades establecidas por la Autoridad Sanitaria Nacional.

 

Institución o instituciones emisoras

  • Presidencia de la República del Ecuador

Documento en línea