ARCSA-DE-2023-015-AKRG Expídese la Normativa Técnica Sanitaria Sustitutiva que Establece los Criterios y Requisitos para Demostrar Bioequivalencia y Biodisponibilidad en los Medicamentos de Uso y Consumo Humano

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2023-05-17

Fecha de publicación: 2023-06-13

Número de registro: R.O. 330 Año II

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Resolución

Tiene por objeto establecer los criterios y requisitos para el desarrollo de los estudios de bioequivalencia (BE) y biodisponibilidad (BD), los requisitos que deben cumplir las instituciones o centros interesados en desarrollar estos estudios y definir los medicamentos que serán objeto de presentación de los estudios de bioequivalencia (BE) y biodisponibilidad (BD).

Las disposiciones previstas en la presente normativa son de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que sean solicitantes de registro sanitario de medicamentos en general o titulares de los mismos, que requieran la presentación de estudios de Bioequivalencia y Biodisponibilidad; así como para las instituciones o centros nacionales o extranjeros legalmente establecidos y certificados que realicen dichos estudios.

Se excluye de la presente normativa, a los medicamentos biológicos y los gases medicinales.

Institución o instituciones emisoras

  • Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA, Doctor Leopoldo Izquieta Pérez.

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