182 Convenio: Prohibición de la Peores Formas de Trabajo Infantil-M

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2000-07-05

Fecha de publicación: 2004-06-29

Número de registro: R.O. 366 Año 2004

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Norma internacional

El Ecuador al ser miembro del Convenio deberá adoptar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición, y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil como la venta, tráfico de niños, utilización y reclutamiento u oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, prostitución, etc.

Institución o instituciones emisoras

  • Conferencia Internacional del Trabajo

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