Inscripción de Posesión Efectiva CANTÓN - LA LIBERTAD

Inscripción de Posesión Efectiva

Se otorga a través de sentencia judicial dictada por el juez de familia o por acta notarial. Los herederos tienen absoluta libertad de solicitar la posesión efectiva en cualquiera de las dos vías.

Se debe tener en cuenta que posesión efectiva no confiere la calidad de heredero, puesto que el derecho nace de la ley o de la voluntad del testador y no requiere de trámite alguno, pero, en cambio, equivale a aceptación expresa de la herencia y sirve de título para que el heredero putativo pueda adquirir la herencia por prescripción ordinaria.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero de los bienes dejado por la persona fallecida.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Razón de Inscripción de Posesión Efectiva

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Escritura pública (primera y segunda copia) otorgada por un notario, la que debe contener todos los documentos habilitantes.
  • Pago del arancel registral a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".

Requisitos Especiales:

  • Se adjuntará el pago del impuesto a la Renta de ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones al SRI.

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE PRESENCIAL:

  • Ingreso de la primera y segunda copia de la escritura pública, para verificación y revisión mediante una orden de trabajo, que se genera en la recepción del Registro de la Propiedad,
  • Pago de aranceles registrales
  • Inscripción
  • Catastro
  • Entrega al usuario

(El proceso tarda entre 8 a diez días hábiles)


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El valor del arancel registral por la inscripción de escritura de compraventa está fijado de acuerdo a la cuantía del contrato o avalúo del bien a transferir según lo establecido en la Ordenanza que determina los Aranceles por Servicios Registrales de la Propiedad y Mercantil del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón La Libertad, Provincia de Santa Elena.

Una vez verificada y revisada la escritura, se procede a  cancelar el arancel previa inscripción; en las ventanillas de la recaudación municipal.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario: Lunes a Viernes de 08h30 a 13h00 y de 14h00 a 17h3.

Teléfono:

3711955 Ext. 0601

TRÁMITE PRESENCIAL:Sector 28 de mayo avenida Eleodoro Solorzano y calle 10 diagonal al Paseo Shopping.

Edificio 2 del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón La Libertad

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

No aplica.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Marcos Del Pezo Vera

Email: registrador.propiedad@lalibertad.gob.ec

Teléfono: 043711955


Fecha de última actualización: 2020/07/30