Información proporcionada por:
Registro de la Propiedad del Cantón Mera (RDPCM)
A través de este trámite se inscribe la transferencia de bienes inmuebles de manera temporal e irrevocable, para que la fiduciaria, cumpla con las finalidades específicas instituidas en el contrato de constitución.
Bien inmueble: Todo lo que no se puede trasportar de un lugar a otro y que se encuentran adheridos al suelo, por ejemplo: casa, terreno, departamento, etc.
¿A quién está dirigido?
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que esté en capacidad para contratar y en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y desee establecer un fideicomiso o negocio fiduciario de un bien inmueble en el cantón en el cual proceda la inscripción.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción de Fideicomiso o Negocio Fiduciario
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Pago del arancel por el servicio de inscripción a favor del Registro de la Propiedad del Cantón Mera, a través de los mecanismos de recaudación habilitados que se describen en la sección "Costos".
- Escritura Pública de Constitución del Fideicomiso.
- Certificado de Gravamen del bien inmueble, actualizado.
- Requisitos propios del Registro de la Propiedad. (Resoluciones administrativas de regularización, fraccionamiento, declaratoria de propiedad horizontal).
- Comprobante de pago de alcabalas y/o plusvalía de ser el caso.
- Carta de impuesto predial.
NOTAS:
- Escritura Pública: Documento realizado ante un notario que evidencia la constitución de una hipoteca.
- Certificado de Gravamen: Documento obtenido mediante un trámite ante el Registro de la Propiedad.
- En el caso de trámite en línea debe cargarse la Escritura de Fideicomiso en PDF y si es presencial, entregar primera y segunda copia.
- Resoluciones administrativas de regularización, fraccionamiento, declaratoria de propiedad horizontal en el caso de no constar dentro de la escritura.
Requisitos Especiales:
- En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe constar con la carta de autorización debidamente suscrita por la fiduciaria.
- En caso de persona jurídica: Nombramiento debidamente inscrito en el Registro Mercantil,Certificado de Registro Único de Contribuyentes y Autorización de los socios o accionistas de la Compañía.
¿Cómo hago el trámite?
TRÁMITE EN LÍNEA:
- Ingresar en la opción "trámite en línea".
- Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
- Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
- Pagar a favor del Registro de la Propiedad, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
- Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
- Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.
TRÁMITE PRESENCIAL:
- Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.
- Subsanar observaciones (en caso de existir).
- Realizar el pago según las formas aceptadas.
- Retirar la razón de inscripción.
NOTA:
- El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea.
- Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
- En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
- El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
La tabla de aranceles a pagar por la inscripción de los contratos de cuantía determinada consta en la Tercera Disposición Transitoria, literal a), de la Ordenanza para la Organización, Administración y Funcionamiento del Registro Municipal de la Propiedad del Cantón Mera, aprobada por el Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mera, los veinte y seis días del mes de diciembre del dos mil once. Esta tabla contiene un valor por tarifa básica y un porcentaje por excedente, que constituye un segundo valor. De la suma de estos dos valores se obtiene el valor total a pagar.
FORMAS DE PAGO
Los pagos se realizarán mediante transferencia o depósito bancario a la Cuenta Corriente del BanEcuador Número 0250232182 Sublinea 030200 a nombre del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mera.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Horario: Lunes a Viernes de 08h00 a 16h30.
TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.
TRÁMITE PRESENCIAL:
Dirección: Francisco Salvador Moral y Velasco Ibarra
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
La inscripción de Fideicomiso o Negocio Fiduciario tiene validez especifica (mientras dure la condición).
Fecha de última actualización: 2020/09/29