Atención de requerimientos de sucesiones intestadas de bienes inmuebles

sucesiones intestadas testamento

Información proporcionada por: Presidencia de la República (PR)

Cuando fallece una persona sin dejar testamento y/o heredan sobrinos, éstos o cualquier persona podrán solicitar la venta de parte de la herencia que le corresponde al Estado, con respecto a los bienes inmuebles.

¿A quién está dirigido?

Son beneficiarios del trámite:

1. Sobrinos (beneficiarios familiares que se acrediten como tales de la persona fallecida); y,
2. Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con lo detallado en la descripción de este trámite. 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución Administrativa de venta de la cuota de participación Estatal.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos a presentarse para determinar y adquirir la cuota de participación estatal: 

Se deberá presentar una petición dirigida a la máxima autoridad de la Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público de la Presidencia de la República, haciendo constar:

a) Nombres y apellidos del o los peticionarios;
b) Números de cédula;
c) Árbol genealógico del causante que contenga los nombres del cónyuge, así como de todos los hermanos y sobrinos del causante, indicando sus fechas de fallecimiento, de ser el caso;
d) Correo electrónico, dirección domiciliaria y número telefónico del peticionario;
e) Solicitud expresa de los peticionarios en la que se requiera a esta institución la
determinación de la cuota de participación estatal en la sucesión intestada y, la manifestación de interés del compareciente en adquirir dicha cuota.

Además, deberá adjuntar la siguiente documentación en original o copias certificadas:

  1. Escritura pública de posesión efectiva, en la que se deje a salvo el derecho de terceros, con la razón de inscripción en el registro de la propiedad del cantón correspondiente;
  2. Certificado de bienes inmuebles del causante, otorgado por el registro de la propiedad del cantón correspondiente.
  3. Certificado de gravámenes vigente de cada uno de los bienes inmuebles del causante que forman parte del requerimiento, en el que consten los linderos, otorgados por el Registro de la Propiedad del cantón correspondiente, en el que deberá constar el registro respectivo de la posesión efectiva.
  4. Escritura/s pública/s, debidamente inscritas en el registro de la propiedad correspondiente que acredite la propiedad del causante respecto de cada uno de los bienes inmuebles que forman parte del requerimiento.
  5. Certificado actualizado de pago del impuesto predial de cada uno de los bienes inmuebles que forman parte del requerimiento.
  6. Certificado municipal de avalúo actualizado de cada uno de los bienes inmuebles que forman parte del requerimiento.
  7. Formulario 1088 denominado Declaración del Impuesto a la Renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones, realizada por los herederos del causante, en el que debe constar el bien inmueble objeto de la solicitud.
  8. Declaración juramentada realizada por el o los peticionarios, en la que deberán declarar la identificación de todos los herederos, el desconocimiento de la existencia de testamento, así como el detalle de los bienes inmuebles de propiedad del causante.
  9. En el caso de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, se deberá incluir la declaratoria de propiedad horizontal debidamente inscrita en el registro de la propiedad del cantón donde se encuentre ubicado el bien inmueble.
  10. De tratarse de un predio catalogado como patrimonial, se deberá adjuntar la respectiva ficha emitida por el Instituto Nacional de Patrimonio Cultura, Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda o la entidad encargada dentro de sus competencias.
  11. Si el inmueble tiene algún tipo de afectación, se deberá adjuntar el respectivo informe de afectaciones emitido por la entidad municipal responsable; y,
  12. Demás requisitos exigidos por ley.
     

¿Cómo hago el trámite?

  1. Enviar petición mediante oficio por el Sistema de Gestión Documental Quipux, dirigido a el/la máxima autoridad de la Secretaría General Administrativa y de Gestión Inmobiliaria del Sector Público de la Presidencia de la República, adjuntando requisitos y documentos habilitantes.

  2. Recibir por correo electrónico la notificación de solicitud de informe de filiación al Registro Civil, realizado por la Presidencia de la República.

  3. Recibir por correo electrónico la solicitud de subsanación, para adjuntar o aclarar documentos.

  4. Adjuntar o aclarar documentos (de ser el caso), dentro del término de 10 días según establece el Código Orgánico Administrativo.

  5. Recibir por correo electrónico la solicitud de admisión del trámite.

  6. Aceptar la solicitud de admisión del trámite en el término de 5 días.

  7. Recibir por correo electrónico el informe provisional de cálculo.

  8. Aceptar el informe provisional de cálculo en el término de 5 días.

  9. Recibir por correo electrónico la Resolución de venta de la cuota de participación estatal.

  10. Realizar el pago en un término de 10 días, a la cuenta designada para el efecto.

Consideraciones Generales:

Acuse de recibo y respuesta: Los peticionarios deben confirmar la recepción de cada correo electrónico enviado por la Presidencia de la República. Toda respuesta formal deberá remitirse mediante documento firmado (carta), incluyendo obligatoriamente un correo electrónico y número telefónico de contacto.

Canal de comunicación: La interacción oficial entre la Presidencia y el peticionario se realizará exclusivamente a través del correo electrónico proporcionado en la solicitud inicial.

Nota: Si no dispone de firma electrónica, acceso al Sistema de Gestión Documental Quipux o si el trámite requiere una entrega presencial, acudir con el oficio de solicitud y sus requisitos a los puntos detallados en la sección 'LUGAR Y HORARIO DE ATENCIÓN'.


Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Al Sistema de Gestión Documental se accede a través del link: ww.gestiondocumental.gob.ec. Este Sistema está disponible las 24 horas los 7 días de la semana, sin embargo, la atención se realiza del lunes a viernes en el horario de 8:30 a 17:00 horas.

El usuario puede realizar el ingreso físico del trámite en el horario de 8:30 a 17:00 horas, en las siguientes direcciones:

  • Quito: Calle Chile OE6 – 21, entre Benalcázar y Cuenca, edificio El Comercio, planta baja.
  • Quito: Av. Río Amazonas y José Villalengua / Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera
  • Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Calle Justino Cornejo.
  • Cuenca: Av. México y Av. de las Américas, Ed. ex-CREA.
  • Dirección Zonal Ciudad de Portoviejo: Calle 15 de Abril y Av. Los Nardos, Vía a Santa Ana, Centro de Atención Ciudadana de Portoviejo – Piso 2.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El valor remitido en la Resolución de venta  de la cuota de participación, debe ser cancelado dentro de los 10 días término.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Legalización y Litigios

Email: sucesionesintestadas@presidencia.gob.ec

Teléfono: (593) 02 3958700 ext. 1435

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 7
2 2026-02 0 0
3 2026-03 0 0
4 2025-01 0 4
5 2025-02 1 8
6 2025-03 0 2
7 2025-04 0 4
8 2025-05 0 0
9 2025-06 0 5
10 2025-07 0 2
11 2025-08 0 0
12 2025-09 0 3
13 2025-10 0 0
14 2025-11 0 10
15 2025-12 0 5
16 2024-01 0 4
17 2024-02 0 2
18 2024-03 0 4
19 2024-04 0 2
20 2024-05 0 3
21 2024-06 0 4
22 2024-07 0 2
23 2024-08 0 4
24 2024-09 0 8
25 2024-10 0 0
26 2024-11 0 4
27 2024-12 0 1
28 2023-01 0 8
29 2023-02 0 1
30 2023-03 0 6
31 2023-04 0 5
32 2023-05 0 0
33 2023-06 0 4
34 2023-07 0 8
35 2023-08 0 4
36 2023-09 0 5
37 2023-10 0 4
38 2023-11 0 5
39 2023-12 0 2
40 2022-01 0 3
41 2022-02 0 4
42 2022-03 0 1
43 2022-04 0 7
44 2022-05 0 4
45 2022-06 0 4
46 2022-07 0 3
47 2022-08 0 2
48 2022-09 0 6
49 2022-10 0 7
50 2022-11 0 4
51 2022-12 0 5
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/12/16

Contenido

¿Te sirvió el contenido?