La Presidencia de la República proporciona asesoría en cuanto a lineamientos base para la administración de bienes inmuebles fundamentados en el modelo de gestión que permite el adecuado manejo, determinación del gasto y utilización del área asignada en un inmueble.
Los beneficiarios del trámite son:
1. Las instituciones de la Administración Pública Central, entidades, organismos dependientes o adscritos a la Función Ejecutiva, así como, entidades creadas por acto de poder público de éstas.
2. Las empresas públicas creadas por la Función Ejecutiva, así como las empresas en las que el Estado posea participación accionaria mayoritaria.
3. Gobiernos Autónomos Descentralizados, las personas jurídicas creadas por acto normativo de los Gobiernos Autónomos Descentralizados para la prestación de servicios públicos; organismos y dependencias de las funciones Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social, y; las instituciones financieras públicas, instituciones financieras en saneamiento y liquidación.
Dirigido a: Persona Jurídica - Pública.
Asesoría para la administración de bienes inmuebles.
1.
Sistema de Gestión Documental Quipux:
Enviar la solicitud de asesoramiento para la gestión de bienes inmuebles, mediante oficio por el Sistema de Gestión Documental Quipux, dirigida al Director/a de Administración de Bienes Permanentes de la Presidencia de la República.
Presencial:
Si no dispone de acceso al Sistema de Gestión Documental Quipux, entregar el oficio de solicitud de asesoramiento para la gestión de bienes inmuebles en los puntos indicados en la sección “Lugar y Horario de Atención”.
Correo electrónico:
Enviar la solicitud de asesoramiento para la gestión de bienes inmuebles mediante correo electrónico dirigido a: panchic@presidencia.gob.ec.
2. Esperar que el personal de la Dirección de Administración de Bienes Permanentes de la Presidencia de la República, se contacte para coordinar la reunión de asesoría presencial o vía línea telefónica.
3. Recibir asesoría mediante reunión presencial o vía línea telefónica.
Nota: Por en canal telefónico, se le podrá informar cómo ingresar su requerimiento y se le brindará la asesoría, una vez que su solicitud haya sido ingresada.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec), Telefónico.
El trámite no tiene costo
Al Sistema de Gestión Documental se accede a través del link: ww.gestiondocumental.gob.ec. Este Sistema está disponible las 24 horas los 7 días de la semana, sin embargo, la asesoría se realiza del lunes a viernes en el horario de 8:30 a 17:00 horas.
El usuario puede realizar el ingreso físico del trámite en el horario de 8:30 a 17:00 horas, en las siguientes direcciones:
Quito: Calle Chile OE6 – 21, entre Benalcázar y Cuenca, edificio El Comercio, planta baja.
Quito: Av. Río Amazonas y José Villalengua / Plataforma Gubernamental de Gestión Financiera.
Guayaquil: Av. Francisco de Orellana y Calle Justino Cornejo.
Cuenca: Av. México y Av. de las Américas, Ed. ex-CREA.
Atribuciones y responsabilidades conferidas (...):
Asesorar a las entidades detalladas en el artículo 2, numerales 1 y 2 en lo relacionado a bienes inmuebles.
El ámbito de acción del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, será respecto de: los bienes inmuebles y muebles que le sean transferidos; aquellos que la entidad reciba en cumplimiento de disposiciones normativas u órdenes judiciales, y; de los bienes muebles e inmuebles urbanos de las siguientes entidades:
1. Las instituciones de la Administración Pública Central, entidades, organismos dependientes o adscritos a la Función Ejecutiva, así como, entidades creadas por acto de poder público de éstas.
2. Las empresas públicas creadas por la Función Ejecutiva, así como las empresas en las que el Estado posea participación accionaria mayoritaria.
3. Además, podrá intervenir respecto a: inmuebles rurales, siempre y cuando no hayan estado o no estén destinados a actividades agrícolas y no fueren requeridos por el Ministerio de Agricultura y Ganadería, y; bienes dispuestos para la seguridad interna y externa del Estado y de los que integran el patrimonio cultural, natural y las áreas protegidas a petición expresa de las máximas autoridades que ejerzan la titularidad de dominio de acuerdo a las condiciones establecidas en este decreto y el ordenamiento jurídico.
Podrá además participar y realizar gestiones dentro de su ámbito, previo requerimiento formal de los siguientes organismos: Gobiernos Autónomos Descentralizados, las personas jurídicas creadas por acto normativo de los Gobiernos Autónomos Descentralizados para la prestación de servicios públicos; organismos y dependencias de las funciones Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social, y; las instituciones financieras públicas, instituciones financieras en saneamiento y liquidación.
Fusiónese por absorción la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público a la Presidencia de la República, integrándose dentro de su estructura orgánica, como para de la Secretaría General Administrativa de la Presidencia de la República, para el ejercicio de las competencias, atribuciones y funciones que le sean asignadas, debiendo garantizar para ellos la desconcentración territorial, conforme se determine en la fase de implementación de la reforma institucional.
El Modelo de gestión para la Administración de Bienes Inmuebles del Sector Público, establece los parámetros técnicos, para una adecuada administración de los bienes inmuebles, promoviendo el desarrollo eficaz y eficiente del servicio en el sector público, acorde a las características, necesidades y requerimientos institucionales, por medio de la optimización de los recursos asignados.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 0 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 0 |
| 3 | 2026-03 | 0 | 0 |
| 4 | 2025-01 | 0 | 0 |
| 5 | 2025-02 | 0 | 0 |
| 6 | 2025-03 | 0 | 0 |
| 7 | 2025-04 | 0 | 0 |
| 8 | 2025-05 | 0 | 0 |
| 9 | 2025-06 | 0 | 0 |
| 10 | 2025-07 | 0 | 0 |
| 11 | 2025-08 | 0 | 0 |
| 12 | 2025-09 | 0 | 0 |
| 13 | 2025-10 | 0 | 0 |
| 14 | 2025-11 | 0 | 0 |
| 15 | 2025-12 | 0 | 0 |
| 16 | 2024-01 | 0 | 0 |
| 17 | 2024-02 | 0 | 0 |
| 18 | 2024-03 | 0 | 0 |
| 19 | 2024-04 | 0 | 0 |
| 20 | 2024-05 | 0 | 0 |
| 21 | 2024-06 | 0 | 3 |
| 22 | 2024-07 | 0 | 0 |
| 23 | 2024-08 | 0 | 0 |
| 24 | 2024-09 | 0 | 0 |
| 25 | 2024-10 | 0 | 0 |
| 26 | 2024-11 | 0 | 0 |
| 27 | 2024-12 | 0 | 0 |
| 28 | 2023-01 | 0 | 0 |
| 29 | 2023-02 | 0 | 0 |
| 30 | 2023-03 | 0 | 0 |
| 31 | 2023-04 | 0 | 0 |
| 32 | 2023-05 | 0 | 0 |
| 33 | 2023-06 | 0 | 0 |
| 34 | 2023-07 | 0 | 0 |
| 35 | 2023-08 | 0 | 0 |
| 36 | 2023-09 | 0 | 0 |
| 37 | 2023-10 | 0 | 0 |
| 38 | 2023-11 | 0 | 0 |
| 39 | 2023-12 | 0 | 0 |
| 40 | 2022-01 | 0 | 0 |
| 41 | 2022-02 | 0 | 0 |
| 42 | 2022-03 | 0 | 0 |
| 43 | 2022-04 | 0 | 0 |
| 44 | 2022-06 | 0 | 0 |
| 45 | 2022-07 | 0 | 0 |
| 46 | 2022-08 | 0 | 0 |
| 47 | 2022-09 | 0 | 0 |
| 48 | 2022-10 | 0 | 0 |
| 49 | 2022-11 | 0 | 0 |
| 50 | 2022-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2023/11/15