Emisión del registro de Inclusión y exclusión de miembros de organizaciones sociales

Inclusión y Exclusión

Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública (MSP)

El trámite está orientado al registro de inclusión o exclusión de miembros de organizaciones sociales a través de un oficio de registro a fundaciones, corporaciones de primer, segundo y tercer grado u otras formas de organización social nacionales o extranjeras bajo la competencia del Ministerio de Salud Pública, para que puedan ejercer sus actividades conforme lo establece el Decreto Ejecutivo No. 191.

¿A quién está dirigido?

  • Personas naturales: Ciudadanos solicitantes que, de manera autónoma y por cuenta propia, ejecutan actividades de carácter social o comunitario orientadas específicamente a la prestación de servicios en el ámbito de la salud.
  • Personas jurídicas: Instituciones de derecho privado, organizaciones de la sociedad civil y entidades sin fines de lucro, legalmente constituidas, que desarrollan programas, proyectos o servicios de asistencia social y sanitaria.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio de registro de inclusión o exclusión de miembros de organizaciones sociales bajo competencia del Ministerio de Salud Pública

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud dirigida a la máxima autoridad del ente competente, presentada por el representante de la organización o quien hiciera sus veces;
  2. Acta de la asamblea en la que conste la decisión de inclusión o exclusión de miembros de la organización social, con indicación clara de los miembros a incluir o excluir, debidamente certificada por la o el secretario titular o provisional; y,
  3. Demás requisitos establecidos en el estatuto de la organización.

¿Cómo hago el trámite?

El trámite puede realizarse a través de dos canales de atención: en línea o presencial

Pasos a seguir para realizar el trámite en línea:

  1. Ir a trámite en línea de esta página, llenar el formulario adjuntando los requisitos.
  2. Se enviará la confirmación de la recepción del trámite por correo electrónico a fin de dar continuidad al trámite
  3. Esperar la respuesta del Ministerio de Salud Pública en su domicilio y tomar en cuenta que se deberá remitir la documentación en original y en físico a fin de que conste en el expediente de la organización.
  4. En caso de no haber colocado la dirección domiciliaria acudir en la fecha y hora establecida para receptar la respuesta a su requerimiento.

Pasos a seguir para realizar el trámite de manera presencial:

  1. Ingresar la solicitud con toda la documentación en ventanilla de Secretaría General del Ministerio de Salud Pública.
  2. Esperar la respuesta a su requerimiento, de acuerdo a las indicaciones dadas por el Servidor Público.
  3. En caso de no haber colocado la dirección domiciliaria acudir en la fecha y hora establecida para receptar la respuesta a su requerimiento.

Nota: Usted puede consultar el manual de usuario  (Aquí


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite puede realizarse a través de dos canales de atención: en línea o presencial

El trámite se solicita en línea a través del formulario digital disponible en el botón (Ir al trámite en línea) las 24 horas, los 7 días de la semana. Y será procesado por la instancia responsable de lunes a viernes en el horario de 08h00 a 17h00.

El trámite se solicita en Planta Central del Ministerio de Salud Pública de lunes a viernes de 8h00 a 17h00.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mgs. Mishell Ortega Rocero

Email: mishell.ortega@msp.gob.ec

Teléfono: (+593) 2-381-4400 ext. 9106

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 7
2 2026-02 0 8
3 2026-03 0 21
4 2026-04 0 11
5 2026-05 0 12
6 2026-06 0 11
7 2025-01 0 3
8 2025-02 0 12
9 2025-03 0 13
10 2025-04 0 15
11 2025-05 0 9
12 2025-06 0 7
13 2025-07 0 29
14 2025-08 0 20
15 2025-09 0 13
16 2025-10 0 5
17 2025-11 0 12
18 2025-12 0 13
19 2024-01 0 9
20 2024-02 0 16
21 2024-03 0 7
22 2024-04 0 5
23 2024-05 0 11
24 2024-06 0 11
25 2024-07 0 8
26 2024-08 0 12
27 2024-09 0 7
28 2024-10 0 9
29 2024-11 0 0
30 2024-12 0 10
31 2023-01 0 11
32 2023-02 0 0
33 2023-03 0 5
34 2023-04 0 4
35 2023-05 0 4
36 2023-06 0 11
37 2023-07 0 8
38 2023-08 0 10
39 2023-09 0 8
40 2023-10 0 13
41 2023-11 0 3
42 2023-12 0 5
43 2022-01 0 4
44 2022-02 0 6
45 2022-03 0 4
46 2022-04 0 0
47 2022-05 0 3
48 2022-06 0 8
49 2022-07 0 0
50 2022-08 0 4
51 2022-09 0 6
52 2022-10 0 3
53 2022-11 0 7
54 2022-12 0 0
55 2021-01 0 11
56 2021-02 0 12
57 2021-03 0 5
58 2021-04 0 10
59 2021-05 0 12
60 2021-06 0 12
61 2021-07 0 2
62 2021-08 0 2
63 2021-09 0 1
64 2021-10 0 17
65 2021-11 0 7
66 2021-12 0 6
67 2020-01 0 9
68 2020-02 0 11
69 2020-03 0 8
70 2020-04 0 11
71 2020-05 0 3
72 2020-06 0 2
73 2020-07 0 5
74 2020-08 0 3
75 2020-09 0 10
76 2020-10 0 4
77 2020-11 0 7
78 2020-12 0 3
79 2019-01 0 0
80 2019-02 0 6
81 2019-03 0 10
82 2019-04 0 17
83 2019-05 0 22
84 2019-06 0 22
85 2019-07 0 20
86 2019-08 0 8
87 2019-09 0 1
88 2019-10 0 2
89 2019-11 0 4
90 2019-12 0 5
91 2018-01 0 2
92 2018-02 0 5
93 2018-03 0 3
94 2018-04 0 5
95 2018-05 0 6
96 2018-06 0 4
97 2018-07 0 9
98 2018-08 0 3
99 2018-09 0 8
100 2018-10 0 8
101 2018-11 0 11
102 2018-12 0 9
103 2017-01 0 6
104 2017-02 0 2
105 2017-03 0 1
106 2017-04 0 6
107 2017-05 0 3
108 2017-06 0 6
109 2017-07 0 4
110 2017-08 0 4
111 2017-09 0 6
112 2017-10 0 10
113 2017-11 0 3
114 2017-12 0 3
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2026/01/15