Emisión de prórroga del certificado de exención de control de sanidad a bordo

Emisión de la exención del certificado de control de sanidad a bordo

Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública (MSP)

Servicio orientado a la "Emisión de la exención del certificado de control de sanidad a bordo" a embarcaciones que vienen del extranjero e ingresan a los puertos del país.

¿A quién está dirigido?

Personas jurídicas: Responsable de embarcaciones que arriban en puertos marítimos del territorio nacional.

Persona jurídicas: Agencias Navieras.

Personas naturales: Viajeros que ingresan al territorio nacional en los puntos de entrada al país: pasos fronterizos, puertos y aeropuertos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Prórroga del certificado de exención de control de sanidad a bordo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Certificado de sanidad a bordo emitido por cualquier puerto autorizado por la OMS"

Requisitos Especiales:

No Aplica

¿Cómo hago el trámite?

Para la ejecución de trámite primero se realiza una coordinación interinstitucional, donde la comunicación entre los diferentes delegados de las instituciones como Capitanía de Puerto, Ministerio de Relaciones Interiores, Servicio Nacional de Aduanas, Ministerio de Salud Pública es relevante para continuar con el proceso. 

El trámite se lo realiza de manera presencial, para lo cual el usuario deberá: 

1. Comunicarse con el representante de la agencia naviera para coordinar la recepción de la nave, donde se considera a que terminal portuario atracará la nave.

2. El funcionario/a con el cargo de  Especialistas y Analistas Zonales de Vigilancia Epidemiológica de turno ingresa con los respectivos equipos de protección personal, casco, chalecos reflectivos y botas para verificar:
- Inspección física de la nave.
- Verificación de que la nave tenga izada la Bandera Amarilla.
- Verificación de atajarratas, cerciorarse de que todas las líneas de la embarcación contengan los respectivos atajarratas.
- Verificación de que la Escala Real este bien segura para el ingreso de las personas.
Además se verifica el listado de documentos requeridos para evaluar el riesgo para la salud pública.y finalmente se revisa áreas estratégicas de la nave.

3. La respuesta a este trámite la recibirá in sitú el día de la inspección de manera física.


Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Instancia responsable de gestionar preguntas:  Unidad Sanitaria Marítima Internacional  Coordinación Zonal 8
Número telefónico de contacto (593) 02 - 3814400  ext. 5007
Correo electrónico:julio.indacochea@saludzonal8.gob.ec
Horario de atención: lunes a domingo, 24h00.
Para denuncias y quejas del servicio el usuario puede ingresar a la Plataforma Contacto Ciudadano Digital, en la página WEB del Ministerio de salud Pública, en el link: https://www.contacto ciudadano.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Emisión de prórroga del certificado de exención de control de sanidad a bordo tiene una validez de un (1) mes.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dr. Julio Indacochea

Email: julio.indacochea@saludzonal8.gob.ec

Teléfono: (593) 02 - 3814400 ext 5007

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-03 0 0
2 2025-04 0 1
3 2025-05 0 0
4 2025-06 0 0
5 2025-07 0 0
6 2025-08 0 0
7 2025-09 0 0

Fecha de última actualización: 2025/10/20

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