Concesión de personalidad jurídica a corporaciones de segundo y tercer grado en servicios de salud.

segundo y tercer grado

Información proporcionada por: Ministerio de Salud Pública (MSP)

El trámite está orientado a otorgar personalidad jurídica a fundaciones, corporaciones de segundo y tercer grado  u otras formas de organización social nacionales o extranjeras, a través de un acuerdo ministerial, para que puedan ejercer sus actividades conforme lo establece el Decreto Ejecutivo No. 193.

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son los siguientes:

Fundaciones, corporaciones de segundo y tercer grado nacionales o extranjeras que estén bajo la competencia del Ministerio de Salud Pública, y que requieran obtener personalidad jurídica.

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Acuerdo ministerial de otorgamiento de personalidad jurídica para organizaciones sociales bajo competencia del Ministerio de Salud Pública

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

NOTA: El trámite se puede realizar a través de dos canales: presencial y en línea.

  1. Solicitud realizada en línea; O solicitud firmada por el representante de la organización en caso de realizar el trámite de forma presencial.
  2. Acta de la Asamblea General Constitutiva de la organización en formación, suscrita por todos los miembros fundadores.
  3. Actas del máximo órgano social de la organización, certificadas por su secretario.
  4. Nombramiento del Represente Legal.
  5. Proyecto de estatuto.
  6. Declaración juramentada mediante la cual podrá acreditar su patrimonio suscrita por todos los miembros fundadores.
    *Nota: Organizaciones conformadas por grupos de atención prioritaria, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubios, cuyo objetivo sea la defensa y promoción de sus derechos estarán exentas de presentar su patrimonio.

¿Cómo hago el trámite?

NOTA: El trámite puede ser realizado en línea o de manera presencial, recuerde que por la emergencia sanitaria en que se encuentra Ecuador, es necesario evitar las aglomeraciones o salir de casa.

Pasos para realizar en línea:

  1. Ir a trámite en línea de esta página, llenar el formulario adjuntando los requisitos.
  2. Se enviará la confirmación de la recepción del trámite por correo electrónico a fin de dar continuidad al trámite.
  3. Esperar la respuesta del MSP y tomar en cuenta que se deberá remitir la documentación en original y en físico a fin de que conste en el expediente de la organización.

NOTA: Para mayor información puedes descargar el Manual del Usuario, haz clic AQUI.

Pasos para realizar de manera presencial:

  1. Ingrese la solicitud con toda la documentación en ventanilla de secretaría general del Ministerio de Salud Pública.
  2. Espere la respuesta a su requerimiento, de acuerdo a las indicaciones dadas por el servidor público.
  3. En caso de no haber colocado la dirección domiciliaria acudir en la fecha y hora establecida para receptar la respuesta a su requerimiento.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite puede solicitarse en línea o de manera presencial.

  • En línea: a través formulario digital disponible en el botón (Ir al trámite en línea), horario de atención: 24 horas/ 7 días a la semana.
  • Presencial: a través de la ventanilla de atención al usuario de Planta Central del Ministerio de Salud Pública, Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social Sur, Quito, de lunes a viernes, horario de 8h00 a 17h00. 

Cualquier duda o consulta comunicarse con Planta Central en el horario de 8h00 a 17h00, al contacto de la sección "Atención Ciudadana".

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Gina Belén Ruiz Faz

Email: gina.ruiz@msp.gob.ec

Teléfono: (+593) 2-381-4400 ext. 9703 1109

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 1
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 1
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-11 0 0
27 2022-12 0 0
28 2021-01 0 0
29 2021-02 0 0
30 2021-03 0 0
31 2021-04 0 0
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33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 0
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36 2021-09 0 0
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39 2021-12 0 0
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41 2020-02 0 0
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44 2020-05 0 0
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46 2020-07 0 0
47 2020-08 0 0
48 2020-09 0 0
49 2020-10 0 0
50 2020-11 0 0
51 2020-12 0 0
52 2019-01 0 0
53 2019-02 0 0
54 2019-03 0 0
55 2019-04 0 0
56 2019-05 0 0
57 2019-06 0 0
58 2019-07 0 0
59 2019-08 0 0
60 2019-09 0 0
61 2019-10 0 0
62 2019-11 0 0
63 2019-12 0 0
64 2018-01 0 0
65 2018-02 0 0
66 2018-03 0 0
67 2018-04 0 0
68 2018-05 0 0
69 2018-06 0 0
70 2018-07 0 0
71 2018-08 0 0
72 2018-09 0 0
73 2018-10 0 0
74 2018-11 0 0
75 2018-12 0 0
76 2017-01 0 0
77 2017-02 0 0
78 2017-03 0 0
79 2017-04 0 0
80 2017-05 0 0
81 2017-06 0 0
82 2017-07 0 0
83 2017-08 0 0
84 2017-09 0 0
85 2017-10 0 0
86 2017-11 0 0
87 2017-12 0 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/01/15