Trámite orientado a gestionar las solicitudes de información de carácter público, de acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso de Información Pública Art. 32. Transparencia Pasiva.
La información pública pertenece a los ciudadanos y ciudadanas; por tanto, tienen derecho a solicitar información del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana cuando lo requieran, siempre y cuando no se trate de información confidencial de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y su Reglamento.
Ciudadanía en general, ecuatorianos o extranjeros, que requieran acceder a información pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en cualquier momento, siempre y cuando no se trate de información confidencial de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y su Reglamento.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Respuesta a la solicitud de acceso a la información pública del MREMH conforme lo que determina la LOTAIP.
Si el ciudadano realiza la solicitud en línea por medio de esta plataforma:
Si el ciudadano realiza la solicitud presencialmente o por correo electrónico:
Si el ciudadano utiliza el Portal Nacional de Transparencia
Registro en el Portal (por única vez)
Creación de una nueva Solicitud de Acceso a la Información
Nota: Si necesita más información sobre cómo realizar este proceso, consulte en el siguiente enlace: https://transparencia.dpe.gob.ec/tutoriales
Si el ciudadano realiza la solicitud presencialmente:
Si el ciudadano realiza la solicitud por correo electrónico:
Si el ciudadano posee una cuenta en el Sistema de Gestión Documental - QUIPUX:
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Oficina matriz – Quito
Edificio Illescas, Planta Baja
Dirección: Ulpiano Páez N22-53 y Jerónimo Carrión
Horario de atención de 8h30 a 17h00
Direcciones Zonales
Los horarios los puede consultar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
Contacto: Dirección de Gestión Documental y Archivo
Email: informacion.publica@cancilleria.gob.ec
Teléfono: 02-299-3200 Ext. 11775
Art. 4, Numeral 5. Información Confidencial: Información o documentación, en cualquier formato, final o preparatoria, haya sido o no generada por el sujeto obligado, derivada de los derechos personalísimos y fundamentales, y requiere expresa autorización de su titular para su divulgación, que contiene datos que al revelarse, pudiesen dañar los siguientes intereses privados: (...) b) Los datos personales cuya difusión requiera el consentimiento de sus titulares y deberán ser tratados según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales; (...)
Art. 32.- Solicitud y Contenido.- La solicitud de información puede ser presentada por medio físico o electrónico y deberá contener lo siguiente:
1. Identificación de la persona solicitante;
2. Información de contacto para recibir notificaciones;
3. Descripción precisa de la información solicitada; y,
4. El solicitante deberá especificar en su petición, el tipo de formato físico o digital, en el que desea que se le haga la entrega de la información solicitada.
Art. 33.- Entrega de la información.- Los sujetos obligados deberán propiciar la entrega de la información solicitada en formatos digitales, salvo que, quien solicite, haya requerido expresamente su entrega en un formato físico; en tal caso, el costo razonable de la reproducción no podrá exceder el valor del material en el que se reprodujo la información solicitada, y será asumido por el peticionario.
Art. 34.- Plazo.- Toda solicitud de acceso a la información pública deberá ser respondida en el plazo de diez (10) días, que puede prorrogarse por cinco (5) días más, por causas debidamente justificadas e informadas a la persona solicitante.
Fecha de última actualización: 2025/02/25