Registro de matrimonio o unión de hecho en el exterior

Acto administrativo mediante el cual el Cónsul o su delegado REGISTRA en el sistema del Registro Civil (DIGERCIC) uniones de hecho que se han celebrado por autoridad extranjera, de ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior, se efectúa con el propósito de que el registro surta efectos legales en el Ecuador. Se emite a través de las Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

¿A quién está dirigido?

Ciudadanos ecuatorianos que residen en el exterior y que requieren un registro de unión de hecho en las oficinas consulares del Ecuador, de conformidad a las leyes ecuatorianas, acto que se lo realiza ante los Agentes Diplomáticos o Consulares.

  • Se encuentran obligados a solicitar el registro de unión de hecho las siguientes personas:
    • Él o la conviviente.
    • Un tercero debidamente habilitado con poder especial.
  • No podrán registrar uniones de hecho de menores de 18 años de edad, de conformidad al artículo 222 del Código Civil.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro de unión de hecho.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Acta notarial de unión de hecho emitida por autoridad competente del país de origen, debidamente apostillado o legalizado y traducido, de ser el caso.
  • El conviviente o la conviviente ecuatoriana, o apoderado de él o los convivientes deberán presentar su cédula de identidad vigente, en caso de no disponerla podrá presentar el pasaporte ecuatoriano o pasaporte extranjero donde conste la doble nacionalidad, el cual deberá estar vigente.
  • Comprobante de pago.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Si uno de los convivientes es extranjero deberá presentar:
    • Para extranjeros cuyo país no sea miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), deberán presentar su pasaporte vigente de la o el conviviente.
    • Documento de identidad vigente de la o el conviviente si son ciudadanos de países miembros de la CAN.
    • Certificado de estado civil y nacionalidad apostillado y legalizado y traducido de ser el caso, de la o el conviviente extranjero.
  • Poder especial en caso de ser realizado por un tercero.

 

Requisitos Especiales:

  • Carné de discapacidad.

¿Cómo hago el trámite?

Trámite presencial

  1. Solicitar un turno en la oficina consular. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este link: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Entregar la documentación habilitante al Agente Consular para iniciar el trámite.
  3. Efectuar el pago conforme al arancel consular y diplomático.
  4. Revisar y confirmar los datos del registro de unión de hecho.
  5. Firmar las actas del registro de unión de hecho.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Registro de unión de hecho - Valor regular USD $50,00 No grava IVA
  • Prestación de Servicio de DIGERCIC - Valor regular USD $ 5,00 No grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas Consulares en el Exterior:

Consultar el horario de atención en las oficinas consulares

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 66
2 2024-02 0 76
3 2023-01 0 0
4 2023-02 0 0
5 2023-03 0 0
6 2023-04 0 0
7 2023-05 0 0
8 2023-06 0 77
9 2023-07 0 52
10 2023-08 0 78
11 2023-09 0 67
12 2023-10 0 88
13 2023-11 0 68
14 2023-12 0 65

Fecha de última actualización: 2023/06/28