Emisión de pasaporte Diplomático

El pasaporte diplomático será conferido por la autoridad de movilidad humana a través de sus dependencias, tanto en el territorio nacional como en las misiones diplomáticas u oficinas consulares, a todo ciudadano ecuatoriano incluida en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

¿A quién está dirigido?

El pasaporte diplomático será conferido por la autoridad de relaciones exteriores a través de sus dependencias, tanto en el territorio nacional como en las misiones diplomáticas u oficinas consulares a:

1. Las personas que ejerzan la Presidencia o Vicepresidencia de la República electos, su cónyuge   o   pareja   en   unión   de   hecho   legalmente   reconocida, sus   hijos   e   hijas dependientes;

2. Las personas que hayan ejercido la Presidencia o Vicepresidencia de la República, su cónyuge o pareja en unión de hecho legalmente reconocida, y sus hijos e hijas dependientes. No se otorgará pasaporte diplomático a los mandatarios que hayan sido destituidos del cargo o a quienes les hayan revocado el mandato de conformidad con la Constitución y la ley. Tampoco se otorgará pasaporte diplomático a los mandatarios sentenciados por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, delitos contra la vida, de lesa humanidad, contra la fe pública, de agresión o violencia sexual;

3. Las y los asambleístas;

4. Las personas que ejerzan el cargo de ministro de Estado;

5.  Las personas que ejerzan como máxima autoridad de las diferentes funciones del Estado;

6. Las máximas autoridades de la Procuraduría, Contraloría y Fiscalía General del Estado;

7. Las personas que ejerzan como máxima autoridad de las Superintendencias;

8. Las personas que ejerzan el cargo de Jueces de la Corte Constitucional y de la Corte Nacional de Justicia;

9. Las personas que representen al Estado ecuatoriano ante organismos internacionales, su cónyuge y los hijos que dependan de ellos;

10. Las personas que ejerzan el rango de embajadores, ministros, consejeros, primeros, segundos y terceros secretarios del servicio exterior en Ecuador o en el exterior. En el caso que el funcionario sea designado a misiones diplomáticas en el exterior, se extenderá pasaportes diplomáticos a su cónyuge o pareja en unión de hecho legalmente reconocida y sus hijos e hijas dependientes; y,

11.  Las personas que ejerzan el cargo de agregados civiles, comerciales, militares, policiales y culturales de las misiones diplomáticas, oficinas consulares; así como al personal técnico o auxiliar del servicio exterior. Cuando sean nombrados para ejercer funciones en el exterior se extenderá a su cónyuge o pareja en unión de hecho legalmente reconocida y a sus hijas e hijos dependientes.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Pasaporte Diplomático

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Solicitud de la máxima autoridad, en la que se indique la comisión de servicios, tiempo y destino.
  • Documento que valide la identidad del solicitante y su nacionalidad.
  • Presencia física de la persona solicitante ante la autoridad emisora;
  • Presentación de la cédula de ciudadanía. Cuando se trate de ecuatorianos en el exterior, documento o mecanismo que determine la identidad de la persona;
  • En caso de niños, niñas o adolescentes, presencia de los padres, o de quien ejerza la representación legal o patria potestad y, en ausencia de éstos, poder otorgado ante Notario Público o autoridad competente.
  • Copia de nombramiento y/o contrato, en el caso de ser servidor público.
  • Presentación de declaratoria de la comisión de servicios para Gobiernos Descentralizados.
  • En el exterior es el Jefe de Misión quien autoriza la emisión o renovación de pasaportes diplomáticos.

IMPORTANTE

DESACTIVACIÓN DE PASAPORTE DIPLOMÁTICO

  • El usuario que solicite la desactivación del pasaporte en el sistema Suri del Registro Civil, deberá traer el pasaporte respectivo para proceder con la desactivación, o indicar que el pasaporte se encuentra en custodia de esta Dirección, deberá presentar el comprobante de retiro de pasaporte en que dejo en custodia.
  • El usuario podrá solicitar la anulación del pasaporte, cuando haya concluido con su misión, se procederá con la anulación y se le entregará el pasaporte anulado siempre que este tenga una visa vigente.
  • Se procederá con la desactivación del pasaporte y el usuario podrá dirigirse al Registro Civil a obtener su pasaporte ordinario.

Requisitos Especiales:

  • Carné de discapacidad.
  • Denuncia de pérdida

¿Cómo hago el trámite?

TRÁMITE PRESENCIAL 

  1. Acudir a las ventanillas dispuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Direcciones Zonales en el territorio nacional y Oficinas Consulares en el exterior.
  2. Presentar todos los requisitos.
  3. Cancelación de la Tasa.

OFICINAS EN EL ECUADOR

Consultar https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

OFICINAS EN EL EXTERIOR

Consultar  https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Valor del libretín y otorgamiento de pasaporte biométrico (electrónico) diplomático: USD $90,00 no grava IVA

Personas pertenecientes a la tercera edad, tienen derecho a la disminución del 50 % del valor total del pasaporte. Personas con discapacidad igual o superior al 30% tienen derecho a la disminución del 100% del valor total del pasaporte.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En el Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 17h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

 

Nota: enlace sistema de citas: https://citas.cancilleria.gob.ec   

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

10 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 14
2 2024-01 0 33
3 2024-02 0 8
4 2024-03 0 27
5 2024-04 0 34
6 2024-05 0 26
7 2024-06 0 28
8 2024-07 0 7
9 2024-08 0 4
10 2024-09 0 10
11 2024-10 0 66
12 2024-11 0 49
13 2024-12 0 34
14 2023-01 0 0
15 2023-02 0 3
16 2023-03 0 46
17 2023-04 0 50
18 2023-05 0 19
19 2023-06 0 2
20 2023-07 0 3
21 2023-08 0 38
22 2023-09 0 99
23 2023-10 0 58
24 2023-11 0 36
25 2023-12 0 32
26 2022-01 0 44
27 2022-02 0 26
28 2022-03 0 33
29 2022-04 0 35
30 2022-05 0 34
31 2022-06 0 131
32 2022-07 0 69
33 2022-08 0 72
34 2022-09 0 200
35 2022-10 0 48
36 2022-11 0 33
37 2022-12 0 49
38 2021-01 0 15
39 2021-02 0 34
40 2021-03 0 50
41 2021-04 0 56
42 2021-05 0 31
43 2021-06 0 2
44 2021-07 0 97
45 2021-08 0 85
46 2021-09 0 32
47 2021-10 0 183
48 2021-11 0 0
49 2021-12 0 51
50 2020-01 0 23
51 2020-02 0 16
52 2020-03 0 5
53 2020-04 0 0
54 2020-05 0 1
55 2020-06 0 13
56 2020-07 0 13
57 2020-08 0 15
58 2020-09 0 16
59 2020-10 0 16
60 2020-11 0 23
61 2020-12 0 56
62 2019-01 0 36
63 2019-02 0 37
64 2019-03 0 59
65 2019-04 0 31
66 2019-05 0 52
67 2019-06 0 164
68 2019-07 0 50
69 2019-08 0 35
70 2019-09 0 52
71 2019-10 0 55
72 2019-11 0 40
73 2019-12 0 41

Fecha de última actualización: 2024/06/17

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