Concesión de visa de visitante temporal turista 90 días

Autorización de permanencia temporal que otorga el estado ecuatoriano a las personas extranjeras de los países de Régimen Especial que visitan el Ecuador con el ánimo de realizar actividades turísticas y están prohibidas de realizar actividades laborales. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

 

LISTA DE PAÍSES QUE DEBEN PRESENTAR VISA AL INGRESAR AL ECUADOR

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/06/30/lista-de-paises-que-deben-presentar-visa-al-ingresar-al-ecuador/

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras de los países a los cuales el Ecuador les requiere visa previa a su ingreso al país, con el ánimo de realizar actividades turísticas y están prohibidas de realizar actividades laborales: Países de Régimen Especial: Afganistán, Albania, Angola, Bangladesh, Camerún, Chad, Costa de Marfil, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Haití, India, Irak, Irán, Kenia, Kirguistán, Libia, Mali, Mauritania, Myanmar, Nepal, Nigeria, Pakistán, República del Congo, República Democrática del Congo, República Popular de China, República Popular Democrática de Corea, Senegal, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka, Sudán, Sudán del Sur, Tayikistán, Uzbekistán, Venezuela, Vietnam, Yemen.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de visitante de turismo 90 días

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  • Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  • Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  • Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
  • Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024.  (Enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)
  • Itinerario de viaje y pasajes de ida y retorno

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

PROCEDIMIENTO EN LÍNEA

  1. Registro
  1. Completa campos de registro
  • Ingresar datos personales y aceptar términos y condiciones.
  1. Solicitud de visa
  • Seleccionar nuevo trámite
  • Escoger tipo de servicio al que se desea acceder
  • Completar datos: pasaporte, fotografía y demás documentos de respaldo.
  • NOTA: los menores de edad deben realizar este trámite a través de sus representantes legales o apoderados según sea el caso.
  • Luego de realizar la solicitud de visa se debe realizar el primer pago en línea.
  • NOTA: este pago corresponde a la presentación de la solicitud y revisión de documentos, el usuario recibirá correos electrónicos de notificación según el proceso avance conjuntamente con la factura electrónica del pago efectuado. Se debe seleccionar de manera adecuada el tipo de visa ya que este pago NO es reembolsable.
  1. Confirmación y seguimiento de trámite
  • Revisar el estado de solicitud en el sistema.
  • Puede acceder al expediente para obtener un resumen del trámite.
  1. Proceso de subsanación
  • Si la información presentada esta incompleta o incorrecta recibirá una notificación.
  • Seguir las indicaciones y subir la documentación solicitada.
  • El tiempo previsto en la norma para realizar este proceso son 10 días laborables.
  • En el caso que corresponda el CESDI informará si se requiere o no una entrevista presencial o virtual.
  1. Realizar pago
  • Una vez aprobada la solicitud podrá realizar el pago de la visa y orden de cedulación, dependiendo del tipo de visa solicitada. Por ahora se lo puede realizar solo en línea posteriormente se incrementará el canal presencial en las oficinas bancarias autorizadas.
  • En su correo electrónico recibirá una notificación del pago conjuntamente con las facturas electrónicas de los valores pagados por el usuario.
  1. Emisión de visa y orden de cedulación
  • Una vez efectuado el segundo pago, se generará de forma automática la visa y orden de cedulación, en caso de corresponder.

El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:

https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

 

 

 

 

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $30. No grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Nota: Consultas en línea: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La visa de turismo tendrá un periodo de noventa (90) días contados a partir del ingreso al territorio ecuatoriano.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 436
2 2025-02 0 537
3 2025-03 0 658
4 2025-04 0 99
5 2025-05 0 777
6 2025-06 0 477
7 2025-07 0 788
8 2025-08 0 654
9 2025-09 0 434
10 2025-10 0 829
11 2025-11 0 692
12 2024-01 0 221
13 2024-02 0 278
14 2024-03 0 243
15 2024-04 0 287
16 2024-05 0 349
17 2024-06 0 248
18 2024-07 0 436
19 2024-08 0 179
20 2024-09 0 241
21 2024-10 0 156
22 2024-11 0 101
23 2024-12 0 163
24 2023-01 0 261
25 2023-02 0 535
26 2023-03 0 329
27 2023-04 0 236
28 2023-05 0 337
29 2023-06 0 355
30 2023-07 0 287
31 2023-08 0 308
32 2023-09 0 303
33 2023-10 0 368
34 2023-11 0 365
35 2023-12 0 300
36 2022-01 0 152
37 2022-02 0 245
38 2022-03 0 313
39 2022-04 0 323
40 2022-05 0 277
41 2022-06 0 324
42 2022-07 0 228
43 2022-08 0 324
44 2022-09 0 240
45 2022-10 0 360
46 2022-11 0 320
47 2022-12 0 336
48 2021-01 0 57
49 2021-02 0 61
50 2021-03 0 85
51 2021-04 0 49
52 2021-05 0 79
53 2021-06 0 102
54 2021-07 0 160
55 2021-08 0 127
56 2021-09 0 158
57 2021-10 0 166
58 2021-11 0 161
59 2021-12 0 208
60 2020-01 0 146
61 2020-02 0 90
62 2020-03 0 1
63 2020-04 0 0
64 2020-05 0 0
65 2020-06 0 4
66 2020-07 0 40
67 2020-08 0 22
68 2020-09 0 45
69 2020-10 0 61
70 2020-11 0 51
71 2020-12 0 82
72 2019-01 0 21
73 2019-02 0 33
74 2019-03 0 33
75 2019-04 0 34
76 2019-05 0 97
77 2019-06 0 86
78 2019-07 0 181
79 2019-08 0 139
80 2019-09 0 99
81 2019-10 0 187
82 2019-11 0 186
83 2019-12 0 116
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/12/31

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