Concesión de visa de visitante temporal turista 90 días

Autorización de permanencia temporal que otorga el estado ecuatoriano a las personas extranjeras de los países de Régimen Especial que visitan el Ecuador con el ánimo de realizar actividades turísticas y están prohibidas de realizar actividades laborales. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior.

 

LISTA DE PAÍSES QUE DEBEN PRESENTAR VISA AL INGRESAR AL ECUADOR

https://www.cancilleria.gob.ec/2020/06/30/lista-de-paises-que-deben-presentar-visa-al-ingresar-al-ecuador/

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras de los países a los cuales el Ecuador les requiere visa previa a su ingreso al país, con el ánimo de realizar actividades turísticas y están prohibidas de realizar actividades laborales: Países de Régimen Especial: Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Costa de Marfil, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Guinea, Kenia, Haití, India, Irak, Irán, Libia, Mali, Myanmar, Nepal, Nigeria, Pakistán, República del Congo, República Democrática del Congo, República Popular Democrática de Corea, Senegal, Siria, Somalia, Sri Lanka, Venezuela, Vietnam, Yemen.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de visitante de turismo 90 días

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  4. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
  5. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  6. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este link: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $30. No grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

 En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Nota 1: para consultas sobre el servicio se puede comunicar mediante el chat en línea a siguiente link: https://www.consuladovirtual.gob.ec/web/guest/contactenos# (dar click en la opción contactar a un agente)

Nota2: Consultar ademas: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La visa de turismo tendrá un periodo de noventa (90) días contados a partir del ingreso al territorio ecuatoriano.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 221
2 2024-02 0 278
3 2023-01 0 261
4 2023-02 0 535
5 2023-03 0 329
6 2023-04 0 236
7 2023-05 0 337
8 2023-06 0 355
9 2023-07 0 287
10 2023-08 0 308
11 2023-09 0 303
12 2023-10 0 368
13 2023-11 0 365
14 2023-12 0 300
15 2022-01 0 152
16 2022-02 0 245
17 2022-03 0 313
18 2022-04 0 323
19 2022-05 0 277
20 2022-06 0 324
21 2022-07 0 228
22 2022-08 0 324
23 2022-09 0 240
24 2022-10 0 360
25 2022-11 0 320
26 2022-12 0 336
27 2021-01 0 57
28 2021-02 0 61
29 2021-03 0 85
30 2021-04 0 49
31 2021-05 0 79
32 2021-06 0 102
33 2021-07 0 160
34 2021-08 0 127
35 2021-09 0 158
36 2021-10 0 166
37 2021-11 0 161
38 2021-12 0 208
39 2020-01 0 146
40 2020-02 0 90
41 2020-03 0 1
42 2020-04 0 0
43 2020-05 0 0
44 2020-06 0 4
45 2020-07 0 40
46 2020-08 0 22
47 2020-09 0 45
48 2020-10 0 61
49 2020-11 0 51
50 2020-12 0 82
51 2019-01 0 21
52 2019-02 0 33
53 2019-03 0 33
54 2019-04 0 34
55 2019-05 0 97
56 2019-06 0 86
57 2019-07 0 181
58 2019-08 0 139
59 2019-09 0 99
60 2019-10 0 187
61 2019-11 0 186
62 2019-12 0 116

Fecha de última actualización: 2023/03/31