Concesión de visa de visitante temporal prórroga turista

A todas las personas extranjeras de los países a los cuales el Ecuador les requiere visa previa a su ingreso al país, con el ánimo de realizar actividades turísticas, una vez que su permiso de 90 días este por concluir. Están prohibidas de realizar actividades laborales. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

Países de Régimen Especial: Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Costa de Marfil, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Guinea, Kenia, Haití, India, Irak, Irán, Libia, Mali, Myanmar, Nepal, Nigeria, Pakistán, República del Congo, República Democrática del Congo, República Popular Democrática de Corea, Senegal, Siria, Somalia, Sri Lanka, Venezuela, Vietnam, Yemen.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras de los países a los cuales el Ecuador le requiere visa previa a su ingreso al país, con el ánimo de realizar actividades turísticas, una vez que ha concluido los 90 días de turismo inicial. Están prohibidas de realizar actividades laborales.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de visitante temporal prórroga turista

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  4. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
  5. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  6. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Direcciones Zonales en el Ecuador

  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

 

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este link: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de Visa USD 50,00; Visa autorizada: USD 30,00. No grava IVA.

 

Se aplica exoneración del 50 % para personas de la tercera edad, a nivel nacional.

Se aplica exoneración de 100 % a nivel nacional,  para personas con una discapacidad igual o mayor al 30%,  presentando el carnet de  discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En el Ecuador - Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 16h15
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/
Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

 

En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

90 días

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 3
2 2024-02 0 3
3 2023-01 0 5
4 2023-02 0 10
5 2023-03 0 3
6 2023-04 0 8
7 2023-05 0 9
8 2023-06 0 3
9 2023-07 0 4
10 2023-08 0 3
11 2023-09 0 5
12 2023-10 0 3
13 2023-11 0 0
14 2023-12 0 2
15 2022-01 0 1
16 2022-02 0 2
17 2022-03 0 4
18 2022-04 0 1
19 2022-05 0 0
20 2022-06 0 2
21 2022-07 0 0
22 2022-08 0 2
23 2022-09 0 4
24 2022-10 0 1
25 2022-11 0 2
26 2022-12 0 6
27 2021-01 0 0
28 2021-02 0 0
29 2021-03 0 0
30 2021-04 0 1
31 2021-05 0 0
32 2021-06 0 1
33 2021-07 0 0
34 2021-08 0 1
35 2021-09 0 0
36 2021-10 0 2
37 2021-11 0 1
38 2021-12 0 0
39 2020-01 0 1
40 2020-02 0 3
41 2020-03 0 90
42 2020-04 0 96
43 2020-05 0 0
44 2020-06 0 0
45 2020-07 0 0
46 2020-08 0 0
47 2020-09 0 0
48 2020-10 0 0
49 2020-11 0 0
50 2020-12 0 2
51 2019-01 0 0
52 2019-02 0 0
53 2019-03 0 1
54 2019-04 0 0
55 2019-05 0 1
56 2019-06 0 0
57 2019-07 0 1
58 2019-08 0 0
59 2019-09 0 1
60 2019-10 0 0
61 2019-11 0 0
62 2019-12 0 0

Fecha de última actualización: 2023/09/27