CONCESIÓN DE VISA DE RESIDENCIA TEMPORAL DE TRIPULANTE MARINO

Otorgamiento de una visa de tripulante marino a ciudadanos extranjeros quienes forman parte del equipo de embarcaciones especiales, comerciales o industriales, dedicada a sus maniobras y servicio, el solicitante deberá presentar además de los requisitos generales contemplados en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, los establecidos en el artículo 70 del reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, el mismo que fue reformado por el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023. Las visas de tripulante marino se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, en el Ecuador estas visas son otorgadas por las Direcciones Zonales, las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional.

¿A quién está dirigido?

Trámite orientado a ciudadanos extranjeros: quienes forman parte del equipo de embarcaciones especiales, comerciales o industriales, dedicada a sus maniobras y servicio. La señalada visa se otorgará a extranjeros quienes reúnan los requisitos legales generales contemplados en el artículo 64 de la LOMH, así como los especiales contemplados en el artículo 70 del reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana norma reformada por el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023, la señalada visa cuenta con entradas múltiples al Ecuador. La visa de visitante temporal de tripulante marino en el exterior es un servicio brindado a través de los Consulados u Oficinas Consulares del Ecuador, así como, en las Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de tripulante marino

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Pasaporte válido (mínima vigencia seis meses) o documento de identidad del país de origen
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen
  • Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial 00085, de 2019

Requisitos Especiales:

La persona extranjera podrá aplicar para esta categoría migraría presentando los siguientes requisitos:

a) Contrato de trabajo o carta de auspicio;

b) Permiso de Pesca o similar, otorgado por la autoridad nacional de Pesca; o,

c) Documentos que acrediten la permanencia legal en el país de las embarcaciones en las que trabajen los tripulantes.

 

Adicionalmente, se requerirá la acreditación de la calidad de tripulante de forma inequívoca, la misma que deberá constar en el rol de la tripulación, el zarpe y el contrato de trabajo.

Para la renovación de esta visa se deberán presentar, además de los requisitos generales previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, los exigidos para su otorgamiento por primera vez.

 

Se debe tomar en cuenta la reforma realizada al artículo 70 del reglamento a través del el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023.

¿Cómo hago el trámite?

  • Acudir a las ventanillas dispuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en las Direcciones Zonales o de los Consulados del Ecuador en el Mundo.
  • Presentar documentación habilitante debidamente apostillada y/o legalizada.
  • Cancelación de tarifa del formulario
  • Una vez validada la información acudir a la cita (día y hora) convocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Cancelar el costo de la visa
  • Retirar el certificado de concesión de visa y confirmar y firmar el recibido conforme de la visa.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $200. No grava IVA

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En el Ecuador -  Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 17h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

 

En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La visa de tripulante marino permite el ingreso hasta por dos años con entradas múltiples, de conformidad al artículo 70 del reglamento de la LOMH.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 023933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 1
2 2024-02 0 4
3 2023-06 0 5
4 2023-07 0 0
5 2023-08 0 0
6 2023-09 0 1
7 2023-10 0 1
8 2023-11 0 16
9 2023-12 0 5

Fecha de última actualización: 2023/06/09