Otorgamiento de una visa de residente temporal de dos años con entradas múltiples al Ecuador a ciudadanos extranjeros quienes desean residir en el país, la visa está dirigida a personas quienes desean realizar trabajo autónomo, servicios profesionales, civiles, de consultoría o por carta de auspicio. Los beneficiarios son ciudadanos quienes reúnan los requisitos legales. Las visas de residencia temporal en el exterior se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, en el Ecuador estas visas son otorgadas por las Direcciones Zonales, las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional.
Otorgamiento de una visa de residencia temporal a ciudadanos extranjeros que muestren su deseo de residir en el Ecuador, reúnan los requisitos legales para realizar trabajo autónomo, servicios profesionales, civiles, de consultoría o por carta de auspicio. La visa de residencia temporal trabajo autónomo, servicios profesionales, civiles, de consultoría o por carta de auspicio es un servicio brindado a través de los Consulados u Oficinas Consulares en el Exterior, así como, en las Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas en el territorio ecuatoriano.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
Visa residente temporal de trabajo autónomo
Los constantes en el Artículo 64 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, y Art. 58 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Requisitos Especiales: Conforme el artículo 62 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana:
Además de los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, para aplicar por esta categoría migratoria en el Ecuador, la persona extranjera deberá ser titular de una categoría migratoria de turista, de residencia o de una visa de actos de comercio y además deberá presentar uno de los siguientes, según sea el caso:
1. Reconocimiento de firmas ante Notario Público del contrato de servicios profesionales, civiles o de consultoría;
2. Registro Único de Contribuyentes – RUC, únicamente aplicable a aquellas personas que ostenten una categoría migratoria de residente al momento de aplicar para el cambio de categoría; o,
3. Permiso de funcionamiento otorgado por un Gobierno Autónomo Descentralizado para el desarrollo de actividades económicas.
Para las solicitudes de esta visa en el exterior no se requerirá de visa previa para solicitar esta categoría migratoria. Sin perjuicio de lo antes mencionado la persona extranjera titular de una visa de turista no podrá realizar actividad distinta a la de turismo, hasta que no haya cambiado a la nueva categoría migratoria. Para el trabajador autónomo deberá además adjuntar una declaración juramentada ante notario público con evidencia fotográfica de la actividad autónoma que va a desarrollar; o podrá adjuntar el certificado del registro de la propiedad del cantón donde se ubica el bien inmueble en donde desarrolla la actividad, si el bien es de su propiedad; o, si el bien inmueble es arrendado, podrá adjuntar la inscripción de registro de arrendamiento ante el gobierno autónomo descentralizado correspondiente.
Para aquellos trabajadores de empresas extranjeras debidamente domiciliadas en el Ecuador, que ingresan al país para realizar actividades especializadas y técnicas temporales en compañías ecuatorianas subsidiarias o sucursales de dichas compañías.
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL
PROCEDIMIENTO EN LINEA
El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:
https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $270. No grava IVA
Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.
Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
En el Ecuador - Direcciones Zonales: Lunes a viernes de 08h30 a 16h15 Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
En el Exterior - Oficinas Consulares:
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La visa de residencia temporal permite el ingreso hasta por 2 años con entradas múltiples, sin embargo, es importante tomar en cuenta y cumplir lo establecido en el artículo 65 de la LOMH.
El modelo de gestión de servicios digitales permitirá que los ciudadanos en el Ecuador y en el exterior, soliciten y reciban los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de manera digital, a través de la utilización de plataformas informáticas, eliminando en su mayoría, la necesidad de realizar trámites presenciales.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 19 |
2 | 2024-01 | 0 | 40 |
3 | 2024-02 | 0 | 20 |
4 | 2024-03 | 0 | 28 |
5 | 2024-04 | 0 | 23 |
6 | 2024-05 | 0 | 37 |
7 | 2024-06 | 0 | 20 |
8 | 2024-07 | 0 | 15 |
9 | 2024-08 | 0 | 24 |
10 | 2024-09 | 0 | 12 |
11 | 2024-10 | 0 | 17 |
12 | 2024-11 | 0 | 6 |
13 | 2024-12 | 0 | 5 |
14 | 2023-06 | 0 | 15 |
15 | 2023-07 | 0 | 14 |
16 | 2023-08 | 0 | 20 |
17 | 2023-09 | 0 | 21 |
18 | 2023-10 | 0 | 32 |
19 | 2023-11 | 0 | 42 |
20 | 2023-12 | 0 | 24 |
Fecha de última actualización: 2024/12/31