Concesión de visa de residencia temporal de trabajo por actividades laborales bajo relación de dependencia

Concesión de visa de residencia temporal de trabajo por actividades laborales bajo relación de dependencia

Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de establecerse en el país para realizar actividades lícitas y de trabajo. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras que tienen la intención de establecerse en el país para realizar actividades lícitas y de trabajo con la intención de establecerse para realizar actividades lícitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia temporal de trabajo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  • Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  • Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  • Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
  • Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024. (Enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)

Requisitos Especiales:

  • Acción de personal o contrato de trabajo emitidos por entidad pública correspondiente o privada.
  • Certificado de registro del contrato expedido por el Ministerio rector del trabajo.
  • (Empleador) Certificado de no mantener obligaciones pendientes con el Servicio de Rentas Internas, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y la Superintendencia de Compañías, expedido por la Autoridad competente en cada caso.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

INFORMACIÓN IMPORTANTE.
El trámite de solicitud de visa se realiza únicamente de manera virtual, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana denominada e-VISAS.

1. Registro en la plataforma.

  • Ingresar al enlace: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/
  • Seleccionar la opción: “Registro”.
  • Ingresar el correo electrónico del solicitante.
  • Seguir las instrucciones enviadas al correo electrónico para recibir el código de verificación.
  • Crear una contraseña

2. Completar los datos de registro.

  • Ingresar los datos personales del solicitante.
  • Aceptar los términos y condiciones.

3. Solicitud de visa.

  • Seleccionar la opción: “Nuevo Trámite”.
  • Escoger el tipo de servicio: “Nueva Visa”.
  • Indicar quién realiza el trámite (titular/beneficiario, apoderado o representante legal, o en el caso de hijos menores de edad).
  • Seleccionar la condición migratoria: “Visitante Temporal” u otra que corresponda.
    Elegir el tipo de visa que desea solicitar, por ejemplo:
    - Visitante Temporal – Turista (90 días).
    - Visa de Residencia Temporal Profesional.
    - Visa de Residencia Permanente por matrimonio.
  • Completar la información solicitada (datos del pasaporte, fotografía y documentos de respaldo requeridos conforme la normativa para cada visa).

NOTAS IMPORTANTES.

  • Si la persona extranjera se encuentra en territorio ecuatoriano al momento de solicitar la visa, deberá justificar su situación migratoria regular. Para ello, deberá contar con una autorización de permanencia en calidad de turista emitida por el Ministerio del Interior o con una visa vigente.
  • En el caso de menores de edad, el trámite debe ser realizado por su representante legal o apoderado.  
  • Una vez registrada la solicitud en la plataforma e-VISAS, se debe realizar inmediatamente el primer pago, ya sea en línea o mediante depósito bancario en el Banco del Pacífico.
  • Las solicitudes que no sean pagadas hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día serán eliminadas automáticamente del sistema. En ese caso, el usuario deberá ingresar nuevamente la información.
  • Una vez efectuado el pago, la solicitud se genera formalmente y el trámite pasa al estado:  "Revisión de Información”.
  • El videotutorial de uso de la plataforma está disponible en el siguiente enlace: https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $270. No grava IVA

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite y las consultas relacionadas con solicitudes de visa se realizan únicamente en línea, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, disponible en: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

La plataforma está habilitada las 24 horas del día. No obstante, para realizar los pagos se
debe considerar lo siguiente:

  • Los pagos físicos mediante depósito bancario se receptan únicamente dentro del horario de atención del Banco del Pacífico de 08h30 a 16h00.
  • Los pagos con tarjeta de crédito o débito pueden efectuarse hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día en que se realizó la solicitud en la plataforma.
  • Si el pago no se completa dentro de los horarios indicados, la solicitud será eliminada automáticamente y deberá ingresarse nuevamente la información.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 287
2 2025-01 0 208
3 2025-02 0 237
4 2025-03 0 162
5 2025-04 0 305
6 2025-05 0 139
7 2025-06 0 249
8 2025-07 0 228
9 2025-08 0 251
10 2025-09 0 218
11 2025-10 0 219
12 2025-11 0 219
13 2025-12 0 136
14 2024-01 0 199
15 2024-02 0 165
16 2024-03 0 196
17 2024-04 0 139
18 2024-05 0 213
19 2024-06 0 187
20 2024-07 0 157
21 2024-08 0 164
22 2024-09 0 112
23 2024-10 0 109
24 2024-11 0 30
25 2024-12 0 71
26 2023-01 0 132
27 2023-02 0 256
28 2023-03 0 195
29 2023-04 0 130
30 2023-05 0 162
31 2023-06 0 225
32 2023-07 0 187
33 2023-08 0 242
34 2023-09 0 184
35 2023-10 0 265
36 2023-11 0 217
37 2023-12 0 194
38 2022-01 0 152
39 2022-02 0 141
40 2022-03 0 150
41 2022-04 0 151
42 2022-05 0 156
43 2022-06 0 131
44 2022-07 0 166
45 2022-08 0 131
46 2022-09 0 186
47 2022-10 0 170
48 2022-11 0 177
49 2022-12 0 181
50 2021-01 0 96
51 2021-02 0 74
52 2021-03 0 238
53 2021-04 0 242
54 2021-05 0 270
55 2021-06 0 238
56 2021-07 0 267
57 2021-08 0 214
58 2021-09 0 250
59 2021-10 0 200
60 2021-11 0 193
61 2021-12 0 176
62 2020-01 0 202
63 2020-02 0 92
64 2020-03 0 17
65 2020-04 0 1
66 2020-05 0 7
67 2020-06 0 21
68 2020-07 0 139
69 2020-08 0 102
70 2020-09 0 109
71 2020-10 0 141
72 2020-11 0 111
73 2020-12 0 120
74 2019-01 0 290
75 2019-02 0 208
76 2019-03 0 225
77 2019-04 0 210
78 2019-05 0 240
79 2019-06 0 203
80 2019-07 0 245
81 2019-08 0 261
82 2019-09 0 93
83 2019-10 0 262
84 2019-11 0 272
85 2019-12 0 92
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Fecha de última actualización: 2024/12/31

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