Concesión de visa de residencia temporal de excepción por autoridad de movilidad humana

Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de radicarse en el país hasta por 180 días, cuyas actividades fueren: deporte, fines académicos, ciencia, tecnología, innovación, arte. Esta visa podrá ser renovada en múltiples ocasiones en el periodo de 180 días. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras que ingresan al país con la intención de establecerse hasta por 180 días cuyas actividades fueren: deporte, fines académicos, ciencia, tecnología, innovación, arte con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia temporal de excepción por autoridad de movilidad humana

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  4. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  5. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
  6. Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024.  (Enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)

Requisitos Especiales:

  • Contar con el auspicio de una persona natural o jurídica domiciliada en el Ecuador, relacionada con la actividad que se declara en la petición.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

INFORMACIÓN IMPORTANTE.
El trámite de solicitud de visa se realiza únicamente de manera virtual, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana denominada e-VISAS.

1. Registro en la plataforma.

  • Ingresar al enlace: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/
  • Seleccionar la opción: “Registro”.
  • Ingresar el correo electrónico del solicitante.
  • Seguir las instrucciones enviadas al correo electrónico para recibir el código de verificación.
  • Crear una contraseña

2. Completar los datos de registro.

  • Ingresar los datos personales del solicitante.
  • Aceptar los términos y condiciones.

3. Solicitud de visa.

  • Seleccionar la opción: “Nuevo Trámite”.
  • Escoger el tipo de servicio: “Nueva Visa”.
  • Indicar quién realiza el trámite (titular/beneficiario, apoderado o representante legal, o en el caso de hijos menores de edad).
  • Seleccionar la condición migratoria: “Visitante Temporal” u otra que corresponda.
    Elegir el tipo de visa que desea solicitar, por ejemplo:
    - Visitante Temporal – Turista (90 días).
    - Visa de Residencia Temporal Profesional.
    - Visa de Residencia Permanente por matrimonio.
  • Completar la información solicitada (datos del pasaporte, fotografía y documentos de respaldo requeridos conforme la normativa para cada visa).

NOTAS IMPORTANTES.

  • Si la persona extranjera se encuentra en territorio ecuatoriano al momento de solicitar la visa, deberá justificar su situación migratoria regular. Para ello, deberá contar con una autorización de permanencia en calidad de turista emitida por el Ministerio del Interior o con una visa vigente.
  • En el caso de menores de edad, el trámite debe ser realizado por su representante legal o apoderado.  
  • Una vez registrada la solicitud en la plataforma e-VISAS, se debe realizar inmediatamente el primer pago, ya sea en línea o mediante depósito bancario en el Banco del Pacífico.
  • Las solicitudes que no sean pagadas hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día serán eliminadas automáticamente del sistema. En ese caso, el usuario deberá ingresar nuevamente la información.
  • Una vez efectuado el pago, la solicitud se genera formalmente y el trámite pasa al estado:  "Revisión de Información”.
  • El videotutorial de uso de la plataforma está disponible en el siguiente enlace: https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite y las consultas relacionadas con solicitudes de visa se realizan únicamente en línea, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, disponible en: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

La plataforma está habilitada las 24 horas del día. No obstante, para realizar los pagos se
debe considerar lo siguiente:

  • Los pagos físicos mediante depósito bancario se receptan únicamente dentro del horario de atención del Banco del Pacífico de 08h30 a 16h00.
  • Los pagos con tarjeta de crédito o débito pueden efectuarse hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día en que se realizó la solicitud en la plataforma.
  • Si el pago no se completa dentro de los horarios indicados, la solicitud será eliminada automáticamente y deberá ingresarse nuevamente la información.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 0
2 2025-01 0 0
3 2025-02 0 0
4 2025-03 0 0
5 2025-04 0 0
6 2025-05 0 4
7 2025-06 0 0
8 2025-07 0 0
9 2025-08 0 0
10 2025-09 0 0
11 2025-10 0 0
12 2025-11 0 0
13 2025-12 0 0
14 2024-01 0 0
15 2024-02 0 2
16 2024-03 0 0
17 2024-04 0 0
18 2024-05 0 0
19 2024-06 0 0
20 2024-07 0 0
21 2024-08 0 0
22 2024-09 0 0
23 2024-10 0 0
24 2024-11 0 0
25 2024-12 0 0
26 2023-01 0 12
27 2023-02 0 5
28 2023-03 0 3
29 2023-04 0 0
30 2023-05 0 1
31 2023-06 0 2
32 2023-07 0 0
33 2023-08 0 0
34 2023-09 0 0
35 2023-10 0 0
36 2023-11 0 0
37 2023-12 0 9
38 2022-01 0 136
39 2022-02 0 120
40 2022-03 0 164
41 2022-04 0 158
42 2022-05 0 192
43 2022-06 0 167
44 2022-07 0 157
45 2022-08 0 167
46 2022-09 0 1372
47 2022-10 0 7144
48 2022-11 0 1372
49 2022-12 0 0
50 2021-01 0 526
51 2021-02 0 410
52 2021-03 0 264
53 2021-04 0 239
54 2021-05 0 292
55 2021-06 0 242
56 2021-07 0 183
57 2021-08 0 162
58 2021-09 0 174
59 2021-10 0 255
60 2021-11 0 157
61 2021-12 0 143
62 2020-01 0 7105
63 2020-02 0 127
64 2020-03 0 508
65 2020-04 0 192
66 2020-05 0 49
67 2020-06 0 58
68 2020-07 0 2846
69 2020-08 0 3900
70 2020-09 0 5091
71 2020-10 0 4671
72 2020-11 0 3578
73 2020-12 0 1219
74 2019-01 0 5
75 2019-02 0 3
76 2019-03 0 3
77 2019-04 0 5
78 2019-05 0 17
79 2019-06 0 74
80 2019-07 0 81
81 2019-08 0 99
82 2019-09 0 110
83 2019-10 0 889
84 2019-11 0 891
85 2019-12 0 75
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Fecha de última actualización: 2024/12/31

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