Concesión de visa de residencia temporal de excepción por autoridad de movilidad humana

Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de radicarse en el país hasta por 180 días, cuyas actividades fueren: deporte, fines académicos, ciencia, tecnología, innovación, arte. Esta visa podrá ser renovada en múltiples ocasiones en el periodo de 180 días. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras que ingresan al país con la intención de establecerse hasta por 180 días cuyas actividades fueren: deporte, fines académicos, ciencia, tecnología, innovación, arte con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia temporal de excepción por autoridad de movilidad humana

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  4. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
  5. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  6. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.

Requisitos Especiales:

  • Contar con el auspicio de una persona natural o jurídica domiciliada en el Ecuador, relacionada con la actividad que se declara en la petición.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Direcciones Zonales en el Ecuador

  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

 

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este link: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 16h15

Para mayor información de las Direcciones Zonales ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información sobre las oficinas consulares en el exterior, ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 2
3 2023-01 0 12
4 2023-02 0 5
5 2023-03 0 3
6 2023-04 0 0
7 2023-05 0 1
8 2023-06 0 2
9 2023-07 0 0
10 2023-08 0 0
11 2023-09 0 0
12 2023-10 0 0
13 2023-11 0 0
14 2023-12 0 9
15 2022-01 0 136
16 2022-02 0 120
17 2022-03 0 164
18 2022-04 0 158
19 2022-05 0 192
20 2022-06 0 167
21 2022-07 0 157
22 2022-08 0 167
23 2022-09 0 1372
24 2022-10 0 7144
25 2022-11 0 1372
26 2022-12 0 0
27 2021-01 0 526
28 2021-02 0 410
29 2021-03 0 264
30 2021-04 0 239
31 2021-05 0 292
32 2021-06 0 242
33 2021-07 0 183
34 2021-08 0 162
35 2021-09 0 174
36 2021-10 0 255
37 2021-11 0 157
38 2021-12 0 143
39 2020-01 0 7105
40 2020-02 0 127
41 2020-03 0 508
42 2020-04 0 192
43 2020-05 0 49
44 2020-06 0 58
45 2020-07 0 2846
46 2020-08 0 3900
47 2020-09 0 5091
48 2020-10 0 4671
49 2020-11 0 3578
50 2020-12 0 1219
51 2019-01 0 5
52 2019-02 0 3
53 2019-03 0 3
54 2019-04 0 5
55 2019-05 0 17
56 2019-06 0 74
57 2019-07 0 81
58 2019-08 0 99
59 2019-09 0 110
60 2019-10 0 889
61 2019-11 0 891
62 2019-12 0 75

Fecha de última actualización: 2023/09/27