Otorgamiento de una visa de residencia temporal a ciudadanos pertenecientes a los países que conforman la Comunidad Andina, la visa de residente temporal dura dos años y permite entradas múltiples al Ecuador. Las visas de residencia temporal en el exterior se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, mientras que en el Ecuador estas visas son otorgadas por las Direcciones Zonales, las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional.
Trámite orientado a ciudadanos extranjeros pertenecientes a los países que conforman la Comunidad Andina, quienes reúnan los requisitos legales y muestren en forma escrita su deseo de residir en el Ecuador. La visa de residencia temporal por Estatuto Migratorio Andino es un servicio brindado por a través de los Consulados u Oficinas Consulares en el Exterior, así como en las Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas en el territorio ecuatoriano.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
Visa de residente temporal Estatuto Andino
Los constantes en el Artículo 64 de la LOMH, y 58 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Requisitos Especiales: Conforme el artículo 20 de la Decisión 878 (Estatuto Migratorio Andino)
Los establecidos en el artículo 22 de la Decisión 878 que contiene el Estatuto Migratorio Andino:
Documento de viaje válido y con una vigencia mínima de seis (6) meses con el que ingresará o ingresó al país de inmigración.
Certificado vigente que acredite la carencia de antecedentes policiales y judiciales o penales de su nacionalidad o en los que hubiera residido el nacional andino peticionario durante los cinco años anteriores a su llegada al País Miembro de recepción (…).
Certificado vigente que acredite la carencia de antecedentes policiales y judiciales o penales del nacional andino peticionario en el País Miembro de recepción, si se encuentra en su territorio al momento de formular su solicitud.
Manifestación escrita del propósito de establecer su residencia temporal en el País receptor
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL
PROCEDIMIENTO EN LÍNEA
El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:
https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa GRATIS
Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.
Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 40 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
En el Ecuador - Direcciones Zonales: Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.
En el Exterior - Oficinas Consulares: |
La visa de residencia temporal permite el ingreso hasta por 2 años con entradas múltiples, sin embargo, es importante tomar en cuenta y cumplir el periodo de ausentismo establecido en el artículo 65 de la LOMH.
El modelo de gestión de servicios digitales permitirá que los ciudadanos en el Ecuador y en el exterior, soliciten y reciban los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de manera digital, a través de la utilización de plataformas informáticas, eliminando en su mayoría, la necesidad de realizar trámites presenciales.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 58 |
2 | 2024-01 | 0 | 79 |
3 | 2024-02 | 0 | 90 |
4 | 2024-03 | 0 | 61 |
5 | 2024-04 | 0 | 57 |
6 | 2024-05 | 0 | 75 |
7 | 2024-06 | 0 | 49 |
8 | 2024-07 | 0 | 41 |
9 | 2024-08 | 0 | 33 |
10 | 2024-09 | 0 | 38 |
11 | 2024-10 | 0 | 29 |
12 | 2024-11 | 0 | 4 |
13 | 2024-12 | 0 | 7 |
14 | 2023-06 | 0 | 14 |
15 | 2023-07 | 0 | 18 |
16 | 2023-08 | 0 | 26 |
17 | 2023-09 | 0 | 41 |
18 | 2023-10 | 0 | 49 |
19 | 2023-11 | 0 | 62 |
20 | 2023-12 | 0 | 60 |
Fecha de última actualización: 2024/12/31