Concesión de visa de residencia temporal de convenio

Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas nacionales de los Estados con los que el Ecuador suscribe instrumentos internacionales para permanecer en territorio ecuatoriano el tiempo establecido en dicho instrumento. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas nacionales de los Estados con los que el Ecuador suscribe instrumentos internacionales para permanecer en territorio ecuatoriano el tiempo establecido en dicho instrumento con la intención de establecerse para realizar actividades lícitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia temporal por Convenio

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado, según la información que dispongan las autoridades competentes;
  4. No haber obtenido sentencia ejecutoriada por delitos como asesinato, homicidio, violación, secuestro o los demás sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, conforme lo establecido por la ley penal vigente;
  5. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  6. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
  7. Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024.  (Enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)

Requisitos Especiales:

  • Las personas extranjeras que soliciten una categoría al amparo de un convenio o acuerdo ratificado por el Estado ecuatoriano, se regirán conforme a las disposiciones del respectivo instrumento internacional.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

INFORMACIÓN IMPORTANTE.
El trámite de solicitud de visa se realiza únicamente de manera virtual, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana denominada e-VISAS.

1. Registro en la plataforma.

  • Ingresar al enlace: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/
  • Seleccionar la opción: “Registro”.
  • Ingresar el correo electrónico del solicitante.
  • Seguir las instrucciones enviadas al correo electrónico para recibir el código de verificación.
  • Crear una contraseña

2. Completar los datos de registro.

  • Ingresar los datos personales del solicitante.
  • Aceptar los términos y condiciones.

3. Solicitud de visa.

  • Seleccionar la opción: “Nuevo Trámite”.
  • Escoger el tipo de servicio: “Nueva Visa”.
  • Indicar quién realiza el trámite (titular/beneficiario, apoderado o representante legal, o en el caso de hijos menores de edad).
  • Seleccionar la condición migratoria: “Visitante Temporal” u otra que corresponda.
    Elegir el tipo de visa que desea solicitar, por ejemplo:
    - Visitante Temporal – Turista (90 días).
    - Visa de Residencia Temporal Profesional.
    - Visa de Residencia Permanente por matrimonio.
  • Completar la información solicitada (datos del pasaporte, fotografía y documentos de respaldo requeridos conforme la normativa para cada visa).

NOTAS IMPORTANTES.

  • Si la persona extranjera se encuentra en territorio ecuatoriano al momento de solicitar la visa, deberá justificar su situación migratoria regular. Para ello, deberá contar con una autorización de permanencia en calidad de turista emitida por el Ministerio del Interior o con una visa vigente.
  • En el caso de menores de edad, el trámite debe ser realizado por su representante legal o apoderado.  
  • Una vez registrada la solicitud en la plataforma e-VISAS, se debe realizar inmediatamente el primer pago, ya sea en línea o mediante depósito bancario en el Banco del Pacífico.
  • Las solicitudes que no sean pagadas hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día serán eliminadas automáticamente del sistema. En ese caso, el usuario deberá ingresar nuevamente la información.
  • Una vez efectuado el pago, la solicitud se genera formalmente y el trámite pasa al estado:  "Revisión de Información”.
  • El videotutorial de uso de la plataforma está disponible en el siguiente enlace: https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite y las consultas relacionadas con solicitudes de visa se realizan únicamente en línea, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, disponible en: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

La plataforma está habilitada las 24 horas del día. No obstante, para realizar los pagos se
debe considerar lo siguiente:

  • Los pagos físicos mediante depósito bancario se receptan únicamente dentro del horario de atención del Banco del Pacífico de 08h30 a 16h00.
  • Los pagos con tarjeta de crédito o débito pueden efectuarse hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día en que se realizó la solicitud en la plataforma.
  • Si el pago no se completa dentro de los horarios indicados, la solicitud será eliminada automáticamente y deberá ingresarse nuevamente la información.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-02 0 0
2 2025-01 0 0
3 2025-02 0 0
4 2025-03 0 0
5 2025-04 0 0
6 2025-05 0 0
7 2025-06 0 0
8 2025-07 0 0
9 2025-08 0 0
10 2025-09 0 0
11 2025-10 0 0
12 2025-11 0 0
13 2025-12 0 0
14 2024-01 0 0
15 2024-02 0 1
16 2024-03 0 0
17 2024-04 0 0
18 2024-05 0 0
19 2024-06 0 0
20 2024-07 0 0
21 2024-08 0 0
22 2024-09 0 0
23 2024-10 0 0
24 2024-11 0 0
25 2024-12 0 0
26 2023-01 0 0
27 2023-02 0 0
28 2023-03 0 1
29 2023-04 0 1
30 2023-05 0 0
31 2023-06 0 0
32 2023-07 0 0
33 2023-08 0 0
34 2023-09 0 0
35 2023-10 0 0
36 2023-11 0 0
37 2023-12 0 0
38 2022-01 0 0
39 2022-02 0 0
40 2022-03 0 0
41 2022-04 0 0
42 2022-05 0 1
43 2022-06 0 0
44 2022-07 0 0
45 2022-08 0 0
46 2022-09 0 0
47 2022-10 0 0
48 2022-11 0 0
49 2022-12 0 0
50 2021-01 0 0
51 2021-02 0 0
52 2021-03 0 0
53 2021-04 0 0
54 2021-05 0 0
55 2021-06 0 1
56 2021-07 0 1
57 2021-08 0 2
58 2021-09 0 1
59 2021-10 0 0
60 2021-11 0 0
61 2021-12 0 0
62 2020-01 0 3
63 2020-02 0 0
64 2020-03 0 1
65 2020-04 0 0
66 2020-05 0 0
67 2020-06 0 1
68 2020-07 0 3
69 2020-08 0 0
70 2020-09 0 0
71 2020-10 0 0
72 2020-11 0 0
73 2020-12 0 0
74 2019-01 0 34
75 2019-02 0 152
76 2019-03 0 27
77 2019-04 0 50
78 2019-05 0 47
79 2019-06 0 11
80 2019-07 0 148
81 2019-08 0 91
82 2019-09 0 3
83 2019-10 0 9
84 2019-11 0 4
85 2019-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/12/31

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