Concesión de visa de residencia temporal de convenio

Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas nacionales de los Estados con los que el Ecuador suscribe instrumentos internacionales para permanecer en territorio ecuatoriano el tiempo establecido en dicho instrumento. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas nacionales de los Estados con los que el Ecuador suscribe instrumentos internacionales para permanecer en territorio ecuatoriano el tiempo establecido en dicho instrumento con la intención de establecerse para realizar actividades lícitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia temporal por Convenio

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado, según la información que dispongan las autoridades competentes;
  4. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan la subsistencia de la persona solicitante y de su grupo familiar dependiente. En el caso de las personas solicitantes en las calidades 2, 3 y 4 del artículo referente a residencia permanente, la persona en quien se amparan para su solicitud de residencia podrá acreditar los medios de vida necesarios para la subsistencia de los amparados;
  5. No haber obtenido sentencia ejecutoriada por delitos como asesinato, homicidio, violación, secuestro o los demás sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años, conforme lo establecido por la ley penal vigente;
  6. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  7. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.

Requisitos Especiales:

  • Las personas extranjeras que soliciten una categoría al amparo de un convenio o acuerdo ratificado por el Estado ecuatoriano, se regirán conforme a las disposiciones del respectivo instrumento internacional.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Direcciones Zonales en el Ecuador

  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

 

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este link: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 16h15

Para mayor información de las Direcciones Zonales ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información sobre las oficinas consulares en el exterior, ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 1
3 2023-01 0 0
4 2023-02 0 0
5 2023-03 0 1
6 2023-04 0 1
7 2023-05 0 0
8 2023-06 0 0
9 2023-07 0 0
10 2023-08 0 0
11 2023-09 0 0
12 2023-10 0 0
13 2023-11 0 0
14 2023-12 0 0
15 2022-01 0 0
16 2022-02 0 0
17 2022-03 0 0
18 2022-04 0 0
19 2022-05 0 1
20 2022-06 0 0
21 2022-07 0 0
22 2022-08 0 0
23 2022-09 0 0
24 2022-10 0 0
25 2022-11 0 0
26 2022-12 0 0
27 2021-01 0 0
28 2021-02 0 0
29 2021-03 0 0
30 2021-04 0 0
31 2021-05 0 0
32 2021-06 0 1
33 2021-07 0 1
34 2021-08 0 2
35 2021-09 0 1
36 2021-10 0 0
37 2021-11 0 0
38 2021-12 0 0
39 2020-01 0 3
40 2020-02 0 0
41 2020-03 0 1
42 2020-04 0 0
43 2020-05 0 0
44 2020-06 0 1
45 2020-07 0 3
46 2020-08 0 0
47 2020-09 0 0
48 2020-10 0 0
49 2020-11 0 0
50 2020-12 0 0
51 2019-01 0 34
52 2019-02 0 152
53 2019-03 0 27
54 2019-04 0 50
55 2019-05 0 47
56 2019-06 0 11
57 2019-07 0 148
58 2019-08 0 91
59 2019-09 0 3
60 2019-10 0 9
61 2019-11 0 4
62 2019-12 0 0

Fecha de última actualización: 2023/09/27