Concesión de visa de residencia permanente por tiempo de permanencia mayor a 21 meses con residencia temporal en el Ecuador.

Autorización de residencia permanente que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de establecerse en el país  y que acrediten residencia temporal en Ecuador mayor a 21 meses. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras que acrediten tiempo de permanencia mayor a 21 meses en residencia temporal en el Ecuador, con la intención de establecerse para realizar actividades lícitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia permanente por 21 meses

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  • Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  • Pago de la tarifa fijada (Arancel Consular y Diplomático).
  • Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024. Enlace: ( https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)

Menores de edad

  • En ausencia de uno de los padres, deberá presentar poder especial o autorización, apostillado o legalizado y de ser el caso traducido.
  • Se adjuntará la partida de nacimiento del menor de edad apostillada o legalizada y de ser el caso traducida al castellano.

Requisitos Especiales:

  • Certificado de antecedentes penales del Ecuador. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Constancia de residencia temporal con la que se acredite el tiempo de permanencia de al menos 21 meses continuos y la solicitud de residencia permanente tendrá que ser presentada previo al vencimiento de la condición migratoria que ostenta.
  • Documentación que de cuenta del hecho que ocasionó el otorgamiento de la visa de residencia temporal.

 

Las Direcciones Zonales o los Consulados del Ecuador podrán convocar a la persona solicitante de la categoría migratoria y/o a sus representantes legales, a una entrevista con el fin de verificar la información presentada o solicitar información vinculada al trámite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

INFORMACIÓN IMPORTANTE.
El trámite de solicitud de visa se realiza únicamente de manera virtual, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana denominada e-VISAS.

1. Registro en la plataforma.

  • Ingresar al enlace: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/
  • Seleccionar la opción: “Registro”.
  • Ingresar el correo electrónico del solicitante.
  • Seguir las instrucciones enviadas al correo electrónico para recibir el código de verificación.
  • Crear una contraseña

2. Completar los datos de registro.

  • Ingresar los datos personales del solicitante.
  • Aceptar los términos y condiciones.

3. Solicitud de visa.

  • Seleccionar la opción: “Nuevo Trámite”.
  • Escoger el tipo de servicio: “Nueva Visa”.
  • Indicar quién realiza el trámite (titular/beneficiario, apoderado o representante legal, o en el caso de hijos menores de edad).
  • Seleccionar la condición migratoria: “Visitante Temporal” u otra que corresponda.
    Elegir el tipo de visa que desea solicitar, por ejemplo:
    - Visitante Temporal – Turista (90 días).
    - Visa de Residencia Temporal Profesional.
    - Visa de Residencia Permanente por matrimonio.
  • Completar la información solicitada (datos del pasaporte, fotografía y documentos de respaldo requeridos conforme la normativa para cada visa).

NOTAS IMPORTANTES.

  • Si la persona extranjera se encuentra en territorio ecuatoriano al momento de solicitar la visa, deberá justificar su situación migratoria regular. Para ello, deberá contar con una autorización de permanencia en calidad de turista emitida por el Ministerio del Interior o con una visa vigente.
  • En el caso de menores de edad, el trámite debe ser realizado por su representante legal o apoderado.  
  • Una vez registrada la solicitud en la plataforma e-VISAS, se debe realizar inmediatamente el primer pago, ya sea en línea o mediante depósito bancario en el Banco del Pacífico.
  • Las solicitudes que no sean pagadas hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día serán eliminadas automáticamente del sistema. En ese caso, el usuario deberá ingresar nuevamente la información.
  • Una vez efectuado el pago, la solicitud se genera formalmente y el trámite pasa al estado:  "Revisión de Información”.
  • El videotutorial de uso de la plataforma está disponible en el siguiente enlace: https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50

Otorgamiento de visa USD $225. No grava IVA.

 

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.  

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite y las consultas relacionadas con solicitudes de visa se realizan únicamente en línea, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, disponible en: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

La plataforma está habilitada las 24 horas del día. No obstante, para realizar los pagos se
debe considerar lo siguiente:

  • Los pagos físicos mediante depósito bancario se receptan únicamente dentro del horario de atención del Banco del Pacífico de 08h30 a 16h00.
  • Los pagos con tarjeta de crédito o débito pueden efectuarse hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día en que se realizó la solicitud en la plataforma.
  • Si el pago no se completa dentro de los horarios indicados, la solicitud será eliminada automáticamente y deberá ingresarse nuevamente la información.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinida.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 104
2 2025-01 0 567
3 2025-02 0 426
4 2025-03 0 231
5 2025-04 0 434
6 2025-05 0 178
7 2025-06 0 423
8 2025-07 0 591
9 2025-08 0 481
10 2025-09 0 576
11 2025-10 0 395
12 2025-11 0 247
13 2025-12 0 162
14 2024-01 0 152
15 2024-02 0 140
16 2024-03 0 148
17 2024-04 0 112
18 2024-05 0 226
19 2024-06 0 109
20 2024-07 0 109
21 2024-08 0 178
22 2024-09 0 226
23 2024-10 0 243
24 2024-11 0 263
25 2024-12 0 164
26 2023-01 0 140
27 2023-02 0 236
28 2023-03 0 191
29 2023-04 0 65
30 2023-05 0 136
31 2023-06 0 163
32 2023-07 0 119
33 2023-08 0 146
34 2023-09 0 105
35 2023-10 0 132
36 2023-11 0 119
37 2023-12 0 102
38 2022-01 0 410
39 2022-02 0 431
40 2022-03 0 356
41 2022-04 0 234
42 2022-05 0 184
43 2022-06 0 151
44 2022-07 0 199
45 2022-08 0 151
46 2022-09 0 217
47 2022-10 0 204
48 2022-11 0 150
49 2022-12 0 205
50 2021-01 0 173
51 2021-02 0 151
52 2021-03 0 362
53 2021-04 0 309
54 2021-05 0 390
55 2021-06 0 510
56 2021-07 0 383
57 2021-08 0 306
58 2021-09 0 487
59 2021-10 0 302
60 2021-11 0 419
61 2021-12 0 475
62 2020-01 0 119
63 2020-02 0 57
64 2020-03 0 60
65 2020-04 0 4
66 2020-05 0 30
67 2020-06 0 56
68 2020-07 0 104
69 2020-08 0 120
70 2020-09 0 151
71 2020-10 0 158
72 2020-11 0 141
73 2020-12 0 209
74 2019-01 0 24
75 2019-02 0 28
76 2019-03 0 41
77 2019-04 0 42
78 2019-05 0 102
79 2019-06 0 126
80 2019-07 0 130
81 2019-08 0 108
82 2019-09 0 79
83 2019-10 0 165
84 2019-11 0 141
85 2019-12 0 60
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Fecha de última actualización: 2024/12/31

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