Concesión de visa residencia permanente MERCOSUR

Autorización de residencia permanente que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras nacionales de los Estados Partes del Mercosur que tienen la intención de establecerse en el país para realizar actividades lícitas.

Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras de los países que forman parte del Acuerdo de Residencia MERCOSUR y que ingresan al país con la intención de establecerse para realizar actividades licitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa residencia permanente MERCOSUR

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Formulario de solicitud de visa de residencia.
  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos
  • Pasaporte válido y vigente en original y copia.
  • Constancia de residencia temporal Mercosur (deberá ser presentada la solicitud de visa dentro de los noventa 90 días anteriores al vencimiento de la misma)
  • Certificado de antecedentes penales del Ecuador. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Pago del costo arancelario de la visa.
  • Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 31, de 2 de abril de 2014.

Menores de edad:

  • En ausencia de uno de los padres, deberá presentar poder especial o autorización, apostillado o legalizado y de ser el caso traducido.
  • Se adjuntará la partida de nacimiento del menor de edad apostillada o legalizada y de ser el caso traducida al castellano.

Requisitos Especiales:

Las Direcciones Zonales o los Consulados del Ecuador podrán convocar a la persona solicitante de la categoría migratoria y/o a sus representantes legales, a una entrevista con el fin de verificar la información presentada o solicitar información vinculada al trámite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

INFORMACIÓN IMPORTANTE.
El trámite de solicitud de visa se realiza únicamente de manera virtual, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana denominada e-VISAS.

1. Registro en la plataforma.

  • Ingresar al enlace: https://serviciosdigitales.cancilleria.gob.ec/
  • Seleccionar la opción: “Registro”.
  • Ingresar el correo electrónico del solicitante.
  • Seguir las instrucciones enviadas al correo electrónico para recibir el código de verificación.
  • Crear una contraseña

2. Completar los datos de registro.

  • Ingresar los datos personales del solicitante.
  • Aceptar los términos y condiciones.

3. Solicitud de visa.

  • Seleccionar la opción: “Nuevo Trámite”.
  • Escoger el tipo de servicio: “Nueva Visa”.
  • Indicar quién realiza el trámite (titular/beneficiario, apoderado o representante legal, o en el caso de hijos menores de edad).
  • Seleccionar la condición migratoria: “Visitante Temporal” u otra que corresponda.
    Elegir el tipo de visa que desea solicitar, por ejemplo:
    - Visitante Temporal – Turista (90 días).
    - Visa de Residencia Temporal Profesional.
    - Visa de Residencia Permanente por matrimonio.
  • Completar la información solicitada (datos del pasaporte, fotografía y documentos de respaldo requeridos conforme la normativa para cada visa).

NOTAS IMPORTANTES.

  • Si la persona extranjera se encuentra en territorio ecuatoriano al momento de solicitar la visa, deberá justificar su situación migratoria regular. Para ello, deberá contar con una autorización de permanencia en calidad de turista emitida por el Ministerio del Interior o con una visa vigente.
  • En el caso de menores de edad, el trámite debe ser realizado por su representante legal o apoderado.  
  • Una vez registrada la solicitud en la plataforma e-VISAS, se debe realizar inmediatamente el primer pago, ya sea en línea o mediante depósito bancario en el Banco del Pacífico.
  • Las solicitudes que no sean pagadas hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día serán eliminadas automáticamente del sistema. En ese caso, el usuario deberá ingresar nuevamente la información.
  • Una vez efectuado el pago, la solicitud se genera formalmente y el trámite pasa al estado:  "Revisión de Información”.
  • El videotutorial de uso de la plataforma está disponible en el siguiente enlace: https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $220. No grava IVA.

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacidad emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.  

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite y las consultas relacionadas con solicitudes de visa se realizan únicamente en línea, a través de la plataforma oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, disponible en: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

La plataforma está habilitada las 24 horas del día. No obstante, para realizar los pagos se
debe considerar lo siguiente:

  • Los pagos físicos mediante depósito bancario se receptan únicamente dentro del horario de atención del Banco del Pacífico de 08h30 a 16h00.
  • Los pagos con tarjeta de crédito o débito pueden efectuarse hasta las 23h55 (hora Ecuador) del mismo día en que se realizó la solicitud en la plataforma.
  • Si el pago no se completa dentro de los horarios indicados, la solicitud será eliminada automáticamente y deberá ingresarse nuevamente la información.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinida

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 31
2 2025-01 0 115
3 2025-02 0 100
4 2025-03 0 76
5 2025-04 0 127
6 2025-05 0 14
7 2025-06 0 101
8 2025-07 0 109
9 2025-08 0 77
10 2025-09 0 81
11 2025-10 0 101
12 2025-11 0 68
13 2025-12 0 27
14 2024-01 0 152
15 2024-02 0 103
16 2024-03 0 93
17 2024-04 0 64
18 2024-05 0 81
19 2024-06 0 72
20 2024-07 0 72
21 2024-08 0 62
22 2024-09 0 57
23 2024-10 0 51
24 2024-11 0 30
25 2024-12 0 44
26 2023-01 0 67
27 2023-02 0 122
28 2023-03 0 155
29 2023-04 0 66
30 2023-05 0 133
31 2023-06 0 140
32 2023-07 0 0
33 2023-08 0 114
34 2023-09 0 73
35 2023-10 0 113
36 2023-11 0 94
37 2023-12 0 11
38 2022-01 0 83
39 2022-02 0 73
40 2022-03 0 58
41 2022-04 0 36
42 2022-05 0 36
43 2022-06 0 28
44 2022-07 0 44
45 2022-08 0 28
46 2022-09 0 75
47 2022-10 0 73
48 2022-11 0 101
49 2022-12 0 99
50 2021-01 0 108
51 2021-02 0 77
52 2021-03 0 125
53 2021-04 0 71
54 2021-05 0 74
55 2021-06 0 120
56 2021-07 0 72
57 2021-08 0 99
58 2021-09 0 94
59 2021-10 0 100
60 2021-11 0 100
61 2021-12 0 135
62 2020-01 0 60
63 2020-02 0 43
64 2020-03 0 43
65 2020-04 0 0
66 2020-05 0 5
67 2020-06 0 36
68 2020-07 0 51
69 2020-08 0 51
70 2020-09 0 75
71 2020-10 0 91
72 2020-11 0 73
73 2020-12 0 89
74 2019-01 0 100
75 2019-02 0 77
76 2019-03 0 124
77 2019-04 0 117
78 2019-05 0 179
79 2019-06 0 166
80 2019-07 0 119
81 2019-08 0 66
82 2019-09 0 57
83 2019-10 0 83
84 2019-11 0 65
85 2019-12 0 39
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Fecha de última actualización: 2025/02/28

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