Obtención del permiso de operación a los operadores portuarios que, cuenten con la matrícula vigente de la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, a efectos que puedan prestar los servicios para los que se encuentren habilitados.
Operadores portuarios (personas jurídicas) que requieren obtener el permiso de operación por primera vez, o renovación, por parte del Superintendente del Terminal Petrolero para proveer servicios portuarios.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
ermiso de operaciones para operadores portuarios de buques tanques y de servicios conexos
1. Solicitud dirigida a la Autoridad Marítima Local Superintendente del Terminal Petrolero firmada por el Representante Legal o Gerente General. 2. Copia a color simple de la matrícula actualizada como Operador Portuario otorgada por la SPTMF. 3. Copia del pago del Derecho Anual de Operación Matrícula OPSC-OPB(SPTMF). 4. Registro Único de Contribuyente Físico. 5. Original de Póliza de Responsabilidad Civil por daños a terceros ($20.000), cuyo beneficiario será la entidad portuaria. 6. Original de Garantía que podrá ser bancaria o fianza ($5.000) que garanticen los eventuales pagos de tasas, multas y/o derechos, en los casos que apliquen. Se debe emitidir a favor de la superintendencia y serán de carácter incondicional, irrevocable y de ejecución inmediata a la sola petición de esta. 7. Listado de las embarcaciones y/o vehículos que se utilizarían en la prestación del servicio, los que deberán contar con los certificados de seguridad otorgados por la autoridad competente y permiso de tráfico vigente. 8. Para remolcadores, copia del certificado de Bollard Pull o el certificado de prueba de potencia de tiro o tracción a punto fijo, vigente y emitido por una empresa calificada reconocida por la autoridad competente. 9. Nómina de la tripulación, propia o contratada, con su respectiva información relacionada a la relación contractual y su estatus en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). 10. Pago de la tasa de permiso de operación.
1. El operador portuario presenta la solicitud de permiso de operación para trabajar como operador portuario dirigida al Superintendente del Terminal Petrolero.
2. Recibir permiso de operaciones para operadores portuarios de buques tanques y de servicios conexos.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Telefónico.
$437, 50
Superintendencia del Terminal Petrolero del Salitral, KM 39 vía Perimetral, Estación Tres Bocas Guayaquil –Ecuador, de lunes a viernes de 8:00 a 16h30.
Superintendencia del Terminal Petrolero de la Libertad, Barrio Puerto Rico, Calle 27 – E entre calles A y B, de lunes a viernes de 8:00 a 16h30.
5 años
Contacto: Superintendencia del Terminal Petrolero del Salitral - Superintendencia del Terminal Petrolero de la Libertad
Email: suinsa.radio@gmail.com
Teléfono: 0991898533 - 0998660208
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| 1 | 2025-11 | 0 | 0 |
| 2 | 2025-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2025/12/08