Emisión de calificación de beneficiarios para construcción de vivienda 100% subsidiada en terreno de propiedad del estado o en terreno del promotor/constructor.

Emisión de Calificación de Beneficiarios para Construcción de Vivienda 100% Subsidiada en Terreno de propiedad del Estado o en Terreno del Promotor/Constructor.

La vivienda de interés social del primer segmento es una vivienda digna y adecuada, totalmente subvencionada por el Estado, para personas sin vivienda que estén en pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad, y que cumplan con el puntaje del registro social, salvo excepciones establecidas en el reglamento.

¿A quién está dirigido?

Trámite dirigido a personas en estado de pobreza o pobreza extrema que cumplan con el puntaje máximo de 29.774002 puntos, por la Unidad del Registro Social, que no disponga un terreno propio, conforme los requisitos establecidos en la normativa.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de Calificación de Beneficiarios para Construcción de Vivienda 100% Subsidiada en Terreno de Propiedad del Estado o en Terreno del Promotor/Constructor.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos:

  1. El postulante y su familia o tipo de familia serán ecuatorianos o extranjeros residentes permanentes, con domicilio en el Ecuador;
  2. El postulante y su familia o tipo de familia deben estar dentro de la línea de corte de pobreza o pobreza extrema, conforme las regulaciones establecidas por la unidad del registro social (Calificación máxima de hasta 29.774002 puntos, conforme las regulaciones establecidas por la unidad a cargo del registro social.);
  3. El postulante y su familia o tipo de familia no deben haber recibido un subsidio de vivienda de interés social en el pasado;
  4. El subsidio del Estado debe estar destinado a pagar la primera y única vivienda del postulante y su familia o tipo de familia;
  5. El postulante y su familia o tipo de familia no deben ser dueños ni poseedores de un inmueble a nivel nacional.

 

Documentación:

  1. Cédula de ciudadanía o identidad del postulante y de su núcleo familiar, para el caso de personas extranjeras se presentará el documento de residencia permanente.
  2. Declaración responsable de conformidad con el formato establecido por el ente rector de hábitat y vivienda.
  3. Ficha de registro de postulante de conformidad con el formato establecido por el ente rector de hábitat y vivienda establecido por el ente rector de hábitat y vivienda.
  4. Certificado emitido por la Registro de la Propiedad del cantón respectivo en el que se deje constancia que el postulante no posee bienes inmuebles en el cantón.

Requisitos Especiales:

N/A

¿Cómo hago el trámite?

  1.  Ingreso de la documentación habilitante en de la unidad desconcentrada MIT (El servidor designado procederá a analizar y verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos.)
  2.  Elaboración de formularios de manera presencial con el apoyo del servidor designado de la unidad desconcentrada MIT (En caso de cumplir con los requisitos y la documentación está completa, el área técnica y social procederá a realizar la inspección y validación de la vivienda del postulante.)
  3. Calificación del postulante como persona beneficiaria.

 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Trámite presencial, se puede acceder a la unidad desconcentrada provincial MIT correspondiente, de lunes a viernes en horario desde las 8:00 a.m. hasta 4:30 p.m.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidades Desconcentradas Distritales MIT

Teléfono: 593- 2- 397- 4600 ext. 10010

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-10 0 0

Fecha de última actualización: 2025/11/14

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