Aprobación y registro de disolución y liquidación de una organización social

El trámite se encuentra orientado a la disolución y liquidación voluntaria de la personería jurídica de la organización social que se encuentra legalmente registrada en el Ministerio de Infraestructura y Transporte, y persiguen fines y objetivos de infraestructura y transporte.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales que ostentan la calidad de socios legalmente registrados de una organización social que se encuentra legalmente registrada en el Ministerio de Infraestructura y Transporte, y persiguen fines y objetivos de infraestructura y transporte.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de registro de disolución y liquidación de la organización social

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Disolución voluntaria. - Las organizaciones sociales sujetas a este reglamento, podrán ser disueltas y liquidadas por voluntad de sus miembros, mediante resolución en asamblea general, convocada expresamente para el efecto y con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. 

Para el procedimiento de disolución y liquidación, la asamblea general, en el mismo acto, deberá nombrar un liquidador, quien deberá presentar su informe en un plazo de 90 días, observando las disposiciones que para el efecto determinen el estatuto y el Código Civil. 

Los resultados de la disolución y liquidación se pondrán en conocimiento de la unidad competente del ente rector de infraestructura y transporte, a fin de que se proceda a expedir la resolución de disolución y liquidación. Para el efecto, se deberá presentar: 

1.Solicitud dirigida al Director Distrital de Transporte y Obras Públicas de la provincia que corresponda; 

2.  Convocatoria a asamblea general; 

3.  Acta de la asamblea general suscrita por todos los miembros asistentes, en la que deberá constar el registro de la votación de la decisión de disolverse respaldada por al menos las dos terceras partes de los miembros. En el acta se hará constar, además, el nombre de la persona designada como liquidador/a; y, 

4.  Informe del liquidador o liquidadora.

Requisitos Especiales:

Disolución por causal y liquidación. - Las organizaciones sociales sujetas a este reglamento podrán ser disueltas y liquidadas de oficio, una vez demostrado que han incurrido en una o más de las causales de disolución previstas en la ley, reglamento o su estatuto. 

Para el efecto, se deberá aplicar el siguiente procedimiento: 

1. Inicio del procedimiento: El Ministerio notificará a la organización mediante acto administrativo motivado, indicando la causal presunta de disolución, los fundamentos de hecho y de derecho, y la documentación de sustento; 

2. Plazo de descargos: La organización dispondrá de un término de treinta (30) días contados a partir de la notificación, para presentar sus alegatos, pruebas de descargo y solicitar la práctica de diligencias adicionales; 

3. Audiencia: A petición de parte o en caso de que lo considere necesario el Ministerio, se convocará a una audiencia pública dentro del plazo de 10 días para garantizar la exposición oral de argumentos y pruebas; y, 

4. Informe motivado: Concluido el término de descargos y realizada la audiencia, en caso de haberla, la autoridad instruirá el expediente y elaborará un informe motivado en un término de 20 días hábiles. 

La resolución final deberá ser motivada, proporcional y dictada en un plazo máximo de 15 días hábiles posteriores al informe. 

Contra la resolución que disponga la disolución, la organización podrá interponer los recursos administrativos previstos en la normativa aplicable, así como ejercer las acciones judiciales pertinentes para la protección de sus derechos. 

Durante la tramitación del procedimiento, la organización conservará la plena vigencia de su personalidad jurídica y de los derechos inherentes a ella, excepto cuando existan medidas cautelares dictadas por autoridad competente. 

Una vez verificada y confirmada la causal, se emitirá la resolución de disolución y se procederá a la designación del liquidador correspondiente.

¿Cómo hago el trámite?

En línea

  1. Ingresar al formulario, mediante el botón "Ir al trámite en línea" que encuentra al final de esta página Web.
  2. Si el trámite cumple con lo determinado en la normativa legal vigente referente a organizaciones sociales, el servidor a cargo del trámite realizará el respectivo informe, y la autoridad de infraestructura y transporte emitirá la resolución de disolución y liquidación de la organización social, el cual será enviada a través de correo electrónico.

Presencial

  1. La organización social ingresará el trámite a la Dirección Distrital de Transporte y Obras Públicas que corresponda a su circunscripción territorial.
  2. Para el procedimiento de disolución y liquidación, en la asamblea general, en el mismo acto, se deberá nombrar un liquidador, quien deberá presentar su informe en un plazo de 90 días, observando las disposiciones que para el efecto determinen el estatuto y el Código Civil.
  3. Si el trámite cumple con lo determinado en la normativa legal vigente referente a organizaciones sociales, el servidor a cargo del trámite realizará el respectivo informe, y la autoridad de infraestructura y transporte emitirá la resolución de disolución y liquidación de la organización social.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El Horario de atención es de: lunes a viernes en horario de 8h00 am hasta 16h30 pm, en las diferentes Direcciones Provinciales:

DIRECCIONES DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS DISTRITALES/PROVINCIALES

CIUDAD

OFICINA

TELÉFONO

EXTENSIÓN

QUITOAv. Panamericana Norte y Av. Simón Bolívar (Carapungo)(02) 397460023309
GUAYAQUILAv. Francisco de Orellana, Edificio Gobierno del Litoral, piso 7(02) 397460052209
ESMERALDASKm. 41/2, Vía Refinería – La Propicia(02) 397460011605
PORTOVIEJOAv. Del Ejército y Cristo del Consuelo(02) 397460041916
MACHALABolívar y Juan Montalvo(02) 397460072426
SANTO DOMINGOAv. Quito y Río Chimbo N-637(02) 397460041718
PUYOCalle 20 de Julio y Bolívar, diagonal a la Universidad Ecológica(02) 397460034106
LOJATalleres MTOP Loja, García Moreno y Jerónimo Carrión(02) 397460076610
LATACUNGAGabriel Mistral 4233 y Sánchez Orellana(02) 397460033218
SANTA ELENACantón Salinas, Av. Carlos Espinoza Larrea y Calle 4, edificio C.A.C. piso 1(02) 397460052016
COCAVía Payamino – Loreto Km. 11/2(02) 397460023811
TULCÁNEdificio del CENAF, Puente Internacional Rumichaca (Frontera Norte)(02) 397460015506
CUENCAAv. Huaynacapac y Pisarcapac (Frente a las Ruinas de Pumapungo)(02) 397460062719
IBARRASector Redondel de la Madre, Av. Cristóbal de la Troya(02) 397460013420
AMBATOBolívar y Castillo, Esquina (Frente al Parque Montalvo)(02) 397460033004
BABAHOYOAv. Enrique Ponce junto a Ecomundo(02) 397460052314
LAGO AGRIOCircunvalación y Vía Aguarico(02) 397460013703
MACASCalle Bolívar y 24 de Mayo frente al Gobierno Provincial de Morona(02) 397460064203
RIOBAMBAPrimera Constituyente y García Moreno(02) 397460032969

SUBSECRETARÍAS DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Subsecretaría de Transporte Terrestre y FerroviarioAv. Orellana y Juan León Mera (Edificio Matriz)(02) 397460026046
Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo y FluvialAv. Orellana y Juan León Mera (Edificio Matriz)(02) 397460182137
Subsecretaría de Transporte AéreoAv. Orellana y Juan León Mera (Edificio Matriz)(02) 397460227034
Subsecretaría de Obras PúblicasAv. Orellana y Juan León Mera (Edificio Matriz)(02) 397460328059

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Organizaciones Sociales

Email: organizacionessociales@mit.gob.ec

Teléfono: 02 3974600 ext. 25013, 25028

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 0
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7 2025-12 0 1
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Fecha de última actualización: 2026/03/31

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