Renovación del permiso de funcionamiento de centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada

Analista del Departamento de Control de Servicios de Seguriad Privada COSP, realizando la inspección.

Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)

Trámite orientado a renovar el permiso de funcionamiento mediante el cual el ente rector de seguridad ciudadana, protección interna y orden público, faculta a un centro privado a ejercer, de forma exclusiva, actividades de formación, capacitación y especialización para el personal de vigilancia y seguridad privada.

¿A quién está dirigido?

La renovación del Permiso de Funcionamiento está dirigido a los Centros de Formación y Capacitación del Personal de Vigilancia y Seguridad Privada, a fin de que impartan cursos para personal de vigilancia y seguridad privada, dentro de la normativa legal vigente

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Renovacción del permiso de funcionamiento de centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada por renovación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud de renovación suscrita por el Representante Legal del Centro de Formación y Capacitación al Personal de Vigilancia y Seguridad Privada, dirigida al titular de la Dirección de Regulación de Seguridad Privada del Ministerio del Interior.
  2. Copia Certificada de la Escritura de Constitución del Centro Formación.
  3. Copia certificada del nombramiento del Representante Legal del Centro.
  4. Certificado de Propiedad otorgado por el Registro de la Propiedad de la jurisdicción donde se encuentra el bien inmueble o Contrato de Arrendamiento.
  5. Croquis de ubicación y plano descriptivo de la infraestructura y su distribución destinada a oficinas administrativas, aulas, laboratorios de computación.
  6. Permiso de Bomberos.
  7. Comprobante de pago por recuperación de costos administrativos.
  8. Registro Único de Contribuyentes.
  9. Declaración Juramentada de los socios y administradores de no encontrarse incursos en prohibiciones/inhabilidades establecidas en LOVSP artículo 71.
  10. Copia Certificada del Reglamento Interno aprobado por el Ministerio del Trabajo.
  11. Nómina del Personal, Administrativo y Docente del establecimiento con las respectivas hojas de vida que justifiquen la formación profesional o técnica, o el ejercicio de la docencia.
  12. Póliza de responsabilidad civil contra daños a terceros y/o usuarios, para garantizar a quienes puedan resultar perjudicados en el proceso.
  13. Permiso de Uso de suelo.

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar al Sistema de Seguridad Privada SISEP en el siguiente link: https://seguridadprivada.ministeriodelinterior.gob.ec:1301/main/convocatories.
  2. Ingresar las credenciales otorgadas por parte del Administrador Tecnológico.
  3. Abrir el apartado de “Permiso de Funcionamiento”.
  4. Subir la información solicitada en cada requisito, mismo que no debe pesar más de 2MB cada uno.
  5. Guardar y enviar información.
  6. Esperar la notificación se informe favorable u observaciones.

 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite tiene un costo de USD $ 500 dólares.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Provicia  Cantón  Responsable de la atención Dirección Horario
Pichincha Quito Dirección de Regulación de Seguridad Privada Av. Amazonas N24-196 y Luis Cordero, edificio Contempo 8:00 - 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El trámite de renovación del permiso de funcionamiento para los Centros de Formación y Capacitación del personal de Vigilancia y Seguridad Privada tiene una vigencia de dos (2) años.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mayra León

Email: mayra.leon@interior.gob.ec

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 1
2 2025-02 0 1
3 2025-03 0 0
4 2025-04 0 1
5 2025-05 0 2
6 2025-06 0 1
7 2025-07 0 0
8 2025-08 0 2
9 2025-09 0 6
10 2024-01 0 2
11 2024-02 0 2
12 2024-03 0 0
13 2024-04 0 0
14 2024-05 0 2
15 2024-06 0 2
16 2024-07 0 0
17 2024-08 0 0
18 2024-09 0 2
19 2024-10 0 2
20 2024-11 0 2
21 2024-12 0 3
22 2023-01 0 85
23 2023-02 0 3
24 2023-03 0 4
25 2023-04 0 3
26 2023-05 0 38
27 2023-06 0 2
28 2023-07 0 0
29 2023-08 0 5
30 2023-09 0 5
31 2023-10 0 63
32 2023-11 0 3
33 2023-12 0 1
34 2022-01 0 3
35 2022-02 0 3
36 2022-03 0 2
37 2022-04 0 2
38 2022-05 0 0
39 2022-06 0 2
40 2022-07 0 0
41 2022-08 0 4
42 2022-09 0 2
43 2022-10 0 3
44 2022-11 0 3
45 2022-12 0 0
46 2021-01 0 1
47 2021-02 0 6
48 2021-03 0 2
49 2021-04 0 2
50 2021-05 0 3
51 2021-06 0 3
52 2021-07 0 6
53 2021-08 0 1
54 2021-09 0 3
55 2021-10 0 3
56 2021-11 0 1
57 2021-12 0 2
58 2020-01 0 1
59 2020-02 0 1
60 2020-03 0 1
61 2020-04 0 0
62 2020-05 0 0
63 2020-06 0 33
64 2020-07 0 1
65 2020-08 0 2
66 2020-09 0 2
67 2020-10 0 1
68 2020-11 0 1
69 2020-12 0 1
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/10/31

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