Emisión de autorización para el uso de uniformes para las Compañías de Seguridad Privada y sus modificaciones.

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Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)

Trámite orientado a las compañías prestadoras de servicio de Vigilancia y Seguridad Privada que requieran el permiso de uniformes por primera vez. El permiso de uniformes es indefinido, debiendo ser actualizado cuando exista algún cambio, rectificación.

Ponemos en su conocimiento que, desde el 23 de febrero de 2026, se estableció la exoneración del trámite de RENOVACIÓN de permisos de uniformes, otorgando carácter definitivo a la referida autorización. 

En tal virtud, se informa que los permisos de uniformes concedidos por la Unidad Nacional de Policía de Control de Seguridad Privada (COSP) con anterioridad a la vigencia de la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada, aun cuando hayan sido emitidos con plazo de vigencia determinado, se entenderán de carácter indefinido, sin necesidad de realizar trámites de renovación periódica, a excepción de que concurran los siguientes supuestos:

  1. Cuando exista modificación, cambio o rectificación en el diseño, color o características del uniforme autorizado;

  2. Cuando el ente rector determine la existencia de similitud con uniformes de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o entidades de seguridad ciudadana; o,

  3. Cuando la compañía de vigilancia y seguridad privada tenga el permiso de operación caducado y no haya iniciado el proceso de renovación correspondiente, o cuando dicho permiso haya sido cancelado.

Notas: 

  • El uniforme debe ser diferente, tanto en color como diseño, al uniforme que utilizan las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y entidades de la seguridad ciudadana, debiendo llevar los parches distintivos de cada compañía.

  • Se suspenderá el permiso de uniformes cuando un prestador del servicio de vigilancia y seguridad se encuentre con el permiso de operación caducado y no haya iniciado el proceso de renovación correspondiente.

¿A quién está dirigido?

Compañías prestadoras de servicio de Vigilancia y Seguridad Privada deben solicitar el permiso de uniformes para las Compañías de Seguridad Privada por PRIMERA VEZ, MODIFICACIÓN, AUMENTO Y DISMINUCIÓN.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de permiso de uniformes por primera vez o por modificaciones.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos Obligatorios (obligatorios):

Los requisitos mínimos para el otorgamiento del permiso de uniformes por PRIMERA VEZ O ACTUALIZACIÓN para las compañías de vigilancia y seguridad privada son los siguientes:

1. Solicitud dirigida a la Dirección de Regulación de Seguridad Privada suscrita por el Representante Legal de la compañía de vigilancia y seguridad privada a través del Sistema de Gestión Documental (QUIPUX).

2. Adjuntar el nombramiento del Representante Legal de la compañía de vigilancia y seguridad privada.

3. Adjuntar el permiso de operación vigente de la compañía de vigilancia y seguridad privada.

4. La descripción detallada del uniforme, especificando el diseño, los colores y simbología.

5. El uniforme comprenderá los siguientes elementos, considerados como MÍNIMOS necesarios:

1. Camisa o camiseta

2. Pantalón 

3. Zapatos o botas 

5. Chompa; misma que será obligatoria de acuerdo con las condiciones climáticas de la prestación del servicio.

6.  Se deberán adjuntar fotografías de perfil y de cuerpo entero para apreciar los elementos del uniforme.

7. Las compañías de vigilancia y seguridad privada podrán solicitar hasta dos (2) uniformes y un (1) overol.

8. El uniforme (u overol) deberá obligatoriamente llevar lo siguiente: El “LOGOTIPO” de la compañía de vigilancia y seguridad privada en el brazo derecho; y, la palabra “SEGURIDAD” en el brazo izquierdo.

9. Los uniformes no podrán ser en su totalidad de color negro, verde aceituna o azul marino y, 

10. El uniforme deberá ser diferente, tanto en color como diseño, a los uniformes que utilizan las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y entidades de la seguridad ciudadana, debiendo llevar obligatoriamente los parches distintivos de cada compañía. (No podrán contener logotipos ni distintivos similares a los de uso exclusivo de la Fuerza Pública). El personal de vigilancia y seguridad privada utilizará correctamente el uniforme; así como los distintivos de cada compañía de seguridad privada debidamente autorizados y registrados por el ente rector de seguridad ciudadana, protección interna y orden público, de conformidad con lo establecido en artículo 64 de la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada.

Requisitos Especiales:

REQUISITOS PARA MODIFICACIÓN, AUMENTO Y DISMINUCIÓN:

  1. Los 10 requisitos obligatorios; y

  2. El permiso de operaciones de uniformes anteriormente concedido.

 

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

  1. Solicitud dirigida a la Dirección de Regulación de Seguridad Privada suscrita por el Representante Legal de la compañía de vigilancia y seguridad privada a través del Sistema de Gestión Documental (QUIPUX).

  2. Adjuntar el nombramiento del Representante Legal de la compañía de vigilancia y seguridad privada.

  3. Adjuntar el permiso de operación vigente de la compañía de vigilancia y seguridad privada.

  4. Adjuntar la descripción detallada del uniforme, especificando el diseño, los colores y simbología.

  5. Adjuntar las fotografías de perfil y cuerpo entero de los uniformes y/u overol.

  6. Recibir a través del Sistema de Gestión Documental (QUIPUX) la resolución que otorga el permiso de uniformes a la compañía y su publicación en el Sistema SICOSEP.


Canales de atención: Correo electrónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

El trámite al ser virtual a través del Sistema de Gestión Documental (QUIPUX) la atención es permanente.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Es indefinido

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Regulación de Seguridad Privada

Email: uniformes.seguridadprivada@interior.gob.ec

Teléfono: N/A

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 17
2 2026-02 0 16
3 2025-09 0 0
4 2025-10 0 7
5 2025-11 0 1
6 2025-12 0 6

Fecha de última actualización: 2025/12/11

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