Aprobación de autorización electrónica para importación de productos no controlados

Autorización previa electrónica importación

Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)

Trámite orientado a la aprobación de autorización electrónica para importación de productos no controlados de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización.

 

¿A quién está dirigido?

Toda persona jurídica privada o pública, natural ecuatoriana o extranjera,  que requiera importar sustancias no controladas por el Ministerio del Interior, de forma oglibatoria debe solicitar en línea, a través del sistema ECUAPASS - VUE  el Certificado de Producto No controlado.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Certificado de importaciones de Productos No Controlados

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Solicitud de importación (Formulario N° 122-001-REQ); generada en el sistema ECUAPASS-  Ventanilla Única Ecuatoriana.
2. Orden de pago generada en la Ventanilla Única Ecuatoriana (ECUAPASS)
3. Comprobante bancario por el pago de la tasa de importación del producto no controlado de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización.
4. Factura proforma en archivo digital adjunta al formulario electrónico.
5. Ficha técnica u hoja de seguridad del producto no controlado a importar en archivo electrónico.
6. Factura de pago del trámite

Enviar la nota de pago, depósito o transferencia por correo electrónico de acuerdo a la unidad o entrega presencial en la unidad administrativa del Ministerio del Interior, para la emisión de la factura electrónica.

¿Cómo hago el trámite?

1. Ingresar al portal del ECUAPASS: https://ecuapass.aduana.gob.ec/   o a través de la opción  “ir al trámite en línea” parar acceder a la Ventanilla Única Ecuatoriana - VUE

2. Seleccionar el Formulario MDI-122-001-REQ -Solicitud de Autorización Previa de importación productos no controlados sujetas a fiscalización.

3. Registrar en el formulario los datos del exportador, importador, sustancia, cantidad, etc., anexar factura proforma y hoja de seguridad de la sustancia catalogada sujeta a fiscalización

4. Generar orden de pago de tasas.

5. Imprimir orden de pago de tasas generado.

6. Realizar el pago correspondiente en las ventanillas del Banco del Pacífico u oficinas corresponsales con el código 7.9., generado por el Ministerio del Interior.

7. Remitir al área financiera mediante los correos electrónicos habilitados, la orden de Tasas y el comprobante bancario para la emisión de la factura por el trámite

8. Realizar seguimiento en el sistema ECUAPASS de la autorización aprobada por el Ministerio del Interior y registrada como Autorización de Control Previo Enviado a la Aduana (AUCP) en el sistema.


Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

TARIFAS POR SERVICIOS   
REGULACION Y CONTROL  
Código BancarioServiciosMINISTERIO DEL INTERIOR
Propuesta, USD Por ítem  
7.9Importación de productos No Controlados 
Autorización de Importación  de No Controlados 6,750,014

 

Nota: Con el comprobante de depósito original debe solicitar al Ministerio del Interior la emisión de la factura electrónica.

 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

CoordinaciónDirección Horarios (Lunes a viernes)Correo electrónico 
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 1Juan de Velazco 870 y Sánchez y Cifuentes08:00 am - 17:00 pmtramites.controlcz1@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 2Av. Tamiahurco y Calle Ayawaska08:00 am - 17:00 pmbertoldino.gonzalez@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 3Sucre y Guayaquil Ex palacio de Justicia Planta baja08:00 am - 17:00 pmelina.villagomez@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 4Km 3.5 Vía Crucita, UVC Portoviejo08:00 am - 17:00 pmcindy.alcivar@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 4Av. Galo Luzuriaga y Quitumbes, Diagonal Estadio Tsáchila08:00 am - 17:00 pmcindy.alcivar@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 5Av. Samborondón km 0.5, Servicio Integrado de Seguridad ECU911, Oficina Ministerio del Interior08:00 am - 17:00 pmrosa.alvarez@interior.gob.ec 
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 6Simón Bolívar 1441 y Coronel Talbot08:00 am - 17:00 pmtramites.controlcz6@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 7Vela entre 25 de junio y Sucre08:00 am - 17:00 pmtramites.controlcz7@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 8Av. Samborondón km 0.5, Servicio Integrado de Seguridad ECU911, Oficina Ministerio del Interior08:00 am - 17:00 pmtramites.controlcz8@interior.gob.ec
Unidad de Administración y Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización 9Av. Amazonas N24-196 y Luis Cordero, edificio Contempo08:00 am - 17:00 pmtramites.controlcz9@interior.gob.ec

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La vigencia del Certificado de importaciones de productos No Controlados(aprobado) es de 180 días a partir de la aprobación por el Ministerio del Interior.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Martha Villafuerte

Email: martha.villafuerte@interior.gob.ec

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 442
2 2026-02 0 113
3 2026-03 0 624
4 2026-04 0 497
5 2026-05 0 378
6 2026-06 0 588
7 2026-07 0 614
8 2025-01 0 141
9 2025-02 0 165
10 2025-03 0 110
11 2025-04 0 153
12 2025-05 0 199
13 2025-06 0 119
14 2025-07 0 157
15 2025-08 0 115
16 2025-09 0 98
17 2025-10 0 108
18 2025-11 0 123
19 2025-12 0 47
20 2024-01 0 174
21 2024-02 0 169
22 2024-03 0 136
23 2024-04 0 132
24 2024-05 0 177
25 2024-06 0 146
26 2024-07 0 161
27 2024-08 0 148
28 2024-09 0 118
29 2024-10 0 173
30 2024-11 0 157
31 2024-12 0 152
32 2023-01 0 121
33 2023-02 0 165
34 2023-03 0 140
35 2023-04 0 123
36 2023-05 0 207
37 2023-06 0 141
38 2023-07 0 152
39 2023-08 0 174
40 2023-09 0 72
41 2023-10 0 93
42 2023-11 0 111
43 2023-12 0 65
44 2022-01 0 721
45 2022-02 0 143
46 2022-03 0 182
47 2022-04 0 121
48 2022-05 0 88
49 2022-06 0 98
50 2022-07 0 90
51 2022-08 0 149
52 2022-09 0 145
53 2022-10 0 143
54 2022-11 0 201
55 2022-12 0 139
56 2021-01 0 122
57 2021-02 0 99
58 2021-03 0 114
59 2021-04 0 96
60 2021-05 0 103
61 2021-06 0 188
62 2021-07 0 137
63 2021-08 0 182
64 2021-09 0 131
65 2021-10 0 105
66 2021-11 0 167
67 2021-12 0 242
68 2020-01 0 153
69 2020-02 0 159
70 2020-03 0 108
71 2020-04 0 37
72 2020-05 0 68
73 2020-06 0 112
74 2020-07 0 84
75 2020-08 0 136
76 2020-09 0 119
77 2020-10 0 132
78 2020-11 0 153
79 2020-12 0 133
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/10/21

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