Trámite orientado a la promoción y fortalecimiento de los conceptos fundamentales en materia de:
1) Derechos Humanos
2) Enfoque de Igualdad y no Discriminación
3) Uso de la Fuerza
4) Derecho Internacional Humanitario
Beneficiarios del trámite: Personas naturales ecuatoriana o extranjera, instituciones públicas o privadas que busquen fortalecer conceptos fundamentales de derechos humanos, uso de la fuerza y derecho internacional humanitario.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Registro de asistencias.
Certificados de asistencia (para beneficiarios)
1. Oficio de solicitud de la capacitación en derechos humanos dirigido al/ la Director/a de Política Integral y Promoción de Derechos Humanos.
En la mencionada solicitud como información mínima debe constar:
a) Identificación del solicitante y la calidad en la que comparece, nombres completos, número de contacto, correo electrónico
b) Información del beneficiario (persona natural, institución pública o privada), nombres completos, número de contacto, correo electrónico
c) Identificación de los temas a capacitar (Derechos Humanos / Igualdad y no discriminación / Uso de la Fuerza / Derecho Internacional Humanitario)
d) Motivo con el que justifica el requerimiento, detallando el objetivo de la capacitación;
e) Información del público objetivo (número de personas)
f) Propuesta de fecha para la capacitación
g) Firma del compareciente.
1. Solicitar la capacitación mediante oficio dirigido al/ la Director/a de Política Integral y Promoción de Derechos Humanos con firma digital y enviarlo al correo electrónico capacitacionesddhh.dih@ministeriodegobierno.gob.ec
2. Recibir respuesta al correo electrónico registrado en el oficio de solicitud.
3. Recibir la capacitación solicitada
4. Recibir certificados de participación en la capacitación.
1. Solicitar la capacitación mediante oficio dirigido al/ la Director/a de Política Integral y Promoción de Derechos Humanos con firma física y entregarla en la ventanilla del Edificio Robles Calle Gral. Francisco Robles E4-54 y Av. Amazonas.
2. Recibir respuesta al correo electrónico registrado en el oficio de solicitud.
3. Recibir la capacitación solicitada
4. Recibir certificados de participación en la capacitación.
1.Generar un requerimiento mediante oficio en el sistema Quipux dirigido al/la Director/a de Política Integral y Promoción de Derechos Humanos.
2. Recibir respuesta al correo electrónico registrado en el oficio de solicitud.
3. Recibir la capacitación solicitada
4. Recibir certificados de participación en la capacitación.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
PROVINCIA | UNIDAD | TELÉFONOS | DIRECCIÓN | HORARIO |
| PICHINCHA | QUITO | (02) 295 5666 | GRAL. FRANCISCO ROBLES E4.54 Y AV. AMAZONAS | lunes a viernes 8:00 a 16:30 |
Contacto: Ángel Rodrigo Goyes Vaca
Email: capacitacionesddhh.dih@ministeriodegobierno.gob.ec
Teléfono: (02) 295 5666
DELEGAR al/la Directora/a de Política Integral y Pro moción de Derechos Humanos, o quien haga sus veces para que a nombre y representación del Ministro/a de Gobierno y previo cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley y demás normativa aplicable, ejerza y ejecute las siguientes atribuciones:
(...)
d) Desarrollar acciones de promoción en materia de derechos humanos (...)
El Artículo 52 de la Constitución Ecuatoriana de 2008 establece el Derecho a una Información Veraz y Responsable, garantizando que las personas puedan buscar, recibir, producir y difundir información sin censura previa, y acceder a información pública, con la obligación de que sea veraz, oportuna, contextualizada y con responsabilidad ulterior, prohibiendo la información que atente contra los derechos humanos y la dignidad.
Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características.
3. El derecho a la integridad personal, que incluye: b) Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual.
Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno: Si el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en el artículo 1 no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
Art. 59.- Lineamientos de política pública. (...) El Sistema Nacional Especializado de Protección Integral de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a fin de garantizar los principios y derechos reconocidos en esta Ley, la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales de la materia, aplicará los siguientes lineamientos, sin perjuicio de los establecidos en otras normativas aplicables: b) Promover una educación continua, aprendizajes y reaprendizajes permanentes que fomenten el envejecimiento activo y saludable (...)
Art. 13.- Medidas de acción afirmativa. En el diseño y la ejecución de políticas públicas, el Estado a través de los organismos competentes adoptará las medidas de acción afirmativa que sean necesarias para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad.
Fecha de última actualización: 2026/01/13