Trámite orientado a que un productor presente una denuncia contra un exportador o comercializador por el presunto incumplimiento del pago del precio mínimo de sustentación de banano, plátano, barraganete u otra musácea destinada a la exportación. La gestión permite verificar la operación y el pago realizado mediante el Sistema de Pagos Interbancarios, abrir el expediente administrativo, garantizar el derecho de las partes y emitir la resolución que corresponda.
Personas naturales y jurídicas, consideradas entre las siguientes: asociaciones, organizaciones, empresas, corporaciones y fundaciones, público o privadas constituidas de manera legal, tanto en el campo civil como en el mercantil o el industrial.Está dirigido a personas naturales o jurídicas que actúen como productores o comercializadores de banano, plátano, barraganete u otra musácea destinada a la exportación y que consideren que un exportador incumplió el pago del precio mínimo de sustentación. Comprende productores individuales, asociaciones, cooperativas y empresas que puedan identificar al denunciado y respaldar los hechos con tarjetas de embarque, contrato registrado, planes de embarque y constancia del pago interbancario. En el caso de persona jurídica, la denuncia debe ser presentada por su representante debidamente acreditado.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución administrativa por denuncias de incumplimiento de pago de precio de sustentación
1. Denuncia de productor contra exportador dirigida al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
2. Tarjetas de embarque
3. Caución (Garantía del cumplimiento del No pago del precio mínimo de sustentación)
4. Nombramiento en caso de Persona Jurídica
5. Contrato Registrado entre las partes
6. Planes de embarque
7. Pago a través del Sistema de pagos interbancarios
1. Presentar por escrito la denuncia ante la autoridad competente del MAGP, identificar al denunciante y al exportador, señalar un correo o casilla para notificaciones y adjuntar las tarjetas de embarque, el contrato registrado, los planes de embarque, la caución y el respaldo del pago interbancario; para persona jurídica, incorporar el nombramiento.
2. La autoridad solicita la certificación del Sistema de Pagos Interbancarios, prevista en un término de 48 horas.
3. Con la información completa, califica la denuncia dentro de tres días laborables, adopta las medidas que correspondan y cita al denunciado.
4. Se convoca a audiencia única dentro de diez días laborables desde la citación; las partes presentan sus argumentos y pruebas.
5. En la audiencia se procura la conciliación o se emite la resolución administrativa y se notifica a las partes.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
| LUNES A VIERNES 08:00 a 17:00 | ||
| Dependencia MAG | Ubicación | Teléfonos |
| Dirección Distrital El Oro | Calle Olmedo 732 y Junín, Esquina | (+593) 7 2935476 Ext. 1645 |
| Subsecretaría de Fortalecimiento de Musáceas - Dirección de Posicionamiento Estratégico de Musáceas | Guayaquil, Av. Francisco de Orellana y Justino Cornejo PISO 2 | (+593) 4 2 599 330 |
Fecha de última actualización: 2026/07/26