Trámite orientado a la emisión del certificado de Admisibilidad es un documento oficial emitido por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros como Autoridad Competente del Ecuador, este documento certifica que un producto puede ser admitido en el mercado los Estados Unidos de América conforme a los lineamientos de la National Marine Fisheries Service (NMFS) del Departamento de Comercio de los Estados Unidos y los requisitos establecidos por la normativa ecuatoriana.
Este Certificado de Admisibilidad (CoA) sirve para respaldar que los establecimientos exportadores están bajo control oficial, así como también que los productos exportados cumplen normas internacionales cumpliendo con la trazabilidad de acuerdo con los requisitos del país importador.
Personas jurídicas: empresas privadas debidamente autorizadas que desarrollan actividades de comercialización de productos pesqueros, cumpliendo la normativa vigente, con destino a mercados internacionales.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
Certificado de Admisibilidad
No aplica.
Canales de atención: Correo electrónico.
El trámite no tiene costo
Horario: lunes a viernes de 08H00 a 17H00 a través del correo electrónico certificadoscoaec@mag.gob.ec, gestionada por la Dirección de Pesca Industrial.
12 meses contados a partir de la firma de la autoridad validadora.
Exportación de recursos y productos pesqueros, dispone; “Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, toda persona autorizada por acuerdo ministerial para efectuar actividades de comercialización para el mercado externo deberá presentar, en forma previa a cada operación de exportación, el documento que acredite el origen legal de los recursos y/ o productos pesqueros. Para los efectos antes indicados, la exportación de los recursos y/o productos pesqueros se someterá al siguiente procedimiento: c) Para los casos que se requiera certificado de captura para su exportación, sea por las medidas de manejo y conservación adoptadas en el marco de la legislación nacional, conforme a lo dispuesto en las OROP, o por ser requerimiento del mercado de destino, el interesado deberá también solicitar al ente rector el certificado de captura...”;
Fecha de última actualización: 2025/12/23