Autorización para ejercer la actividad acuícola mediante el funcionamiento de laboratorios de producción de especies hidrobiológicas

Autorización y/o clasificación para el establecimiento y funcionamiento de laboratorios de especies bioacuáticas personas jurídicas

Las personas naturales o jurídicas, tales como empresas acuícolas, organizaciones sociales, comunas, asociaciones y cooperativas, podrán solicitar la autorización del ejercicio de la actividad acuícola mediante la producción y la comercialización interna del territorio ecuatoriano de la semilla de especies bioacúaticas en laboratorios.

 

¿A quién está dirigido?

El trámite está dirigido a: Empresas acuícolas, organizaciones sociales, comunas, asociaciones y cooperativas.

Asociación: Persona jurídica que siguen un mismo objetivo y tienen un líder.
Cooperativa: Persona jurídica de la economía popular y solidaria que tienen un mismo fin: producir, comprar o vender con un modelo ventajoso para todos.
Compañía: Sociedad, corporación o empresa en la cual dos o más personas naturales unen sus capitales o industrias, para emprender en operaciones mercantiles y participar de sus utilidades.
Organización: Grupo de personas que buscan el bien común para fortalecer su trabajo y producción.
Empresa acuícola: Agente económico con autonomía, dedicada a las actividades de: cultivo, movilización, procesamiento y comercialización de recursos bioacuáticos.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Acuerdo Ministerial que otorga la autorización para ejercer la actividad acuícola mediante el funcionamiento de laboratorios de producción de especies hidrobiológicas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Formulario de solicitud en línea;
2. Certificado o permiso de uso de suelo otorgado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Cantonal en donde se desarrollará el proyecto de producción, en el caso de ubicarse dentro de las zonas industriales del área urbana;
3. Título de propiedad, contrato de arrendamiento u otro título habilitante que justifique el dominio del predio;
4. Estudio técnico-económico del proyecto de producción;
5. Dos (2) planos estructurales y arquitectónicos de laboratorio, con croquis con la ubicación geográfica del terreno, distribución de las etapas del proceso de operación, sus diseños, especificaciones generales;
6. Tres (3) planos de implantación del laboratorio con el recorrido de la(s) tubería(s) de succión de agua de mar a escala adecuada, en el caso que aplique;
7. Comprobante de pago de tasa administrativa; y,
8. Permiso ambiental vigente y debidamente expedido por autoridad competente. En caso de no contar con este requisito, el ente rector podrá, a petición del interesado, otorgar el plazo de un (1) año para la obtención del mismo, conforme lo establecido en el presente reglamento.
Solo se autorizará la actividad de laboratorios en zonas urbanas cuyo uso de suelo sea destinado para actividades industriales.

Requisitos Especiales:

Requisitos Opcionales:

  • No aplica.

 

¿Cómo hago el trámite?

  1. Acceda al Sistema Integrado de Acuacultura y Pesca SIAP: https://siap.aciis.services/acrm/
  2. Completar el formulario en línea con los requisitos requeridos.
  3. Realizar el pago.
  4. Gestione la solicitud de subsanación en el caso de que aplique.
  5. Recibir el documento del trámite en el SIAP y/o correo electrónico.

NOTA: Los requisitos que se requieran refrendados o notariados, deberán ser entregados físicamente en las ventanillas únicas de la institución haciendo referencia al código del trámite.

"La atención a tramitadores no será permitida el trámite es personal y gratuito en la Subsecretaria de Acuacultura y sus dependencias a nivel nacional"

* De requerir el usuario la emisión de un certificado que indique que el trámite está en la Institución, deberá solicitarlo de acuerdo al costo establecido en el tarifario vigente.

 

 


Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

500,00 USD; no grava IVA

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Dirección: Av. Malecón Nro. 100 y 9 de Octubre

Edificio La Previsora Piso 15
Guayaquil - Ecuador

Horario: Lunes a viernes de 08:00 a 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Cuando el Título Habilitante se lo obtiene en un terreno de propiedad del solicitante, se lo da en calidad de indefinido; si es un terreno arrendado o en comodato, la vigencia es por el tiempo que dure dicho contrato.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Atención DGA

Email: lgarcias@mag.gob.ec

Teléfono: 042-597980 ext. 346

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 3
2 2025-02 0 3
3 2025-03 0 7
4 2025-04 0 5
5 2025-05 0 5
6 2025-06 0 8
7 2025-07 0 3
8 2025-08 0 9
9 2024-01 0 6
10 2024-02 0 10
11 2024-03 0 7
12 2024-04 0 3
13 2024-05 0 3
14 2024-06 0 6
15 2024-07 0 7
16 2024-08 0 7
17 2024-09 0 5
18 2024-10 0 1
19 2024-11 0 5
20 2024-12 0 5
21 2023-01 0 1
22 2023-02 0 4
23 2023-03 0 8
24 2023-04 0 5
25 2023-05 0 7
26 2023-06 0 4
27 2023-07 0 3
28 2023-08 0 6
29 2023-09 0 2
30 2023-10 0 8
31 2023-11 0 2
32 2023-12 0 2
33 2022-01 0 9
34 2022-02 0 9
35 2022-03 0 10
36 2022-04 0 10
37 2022-05 0 12
38 2022-06 0 4
39 2022-07 0 6
40 2022-08 0 6
41 2022-09 0 3
42 2022-10 0 8
43 2022-11 0 3
44 2022-12 0 2
45 2021-01 0 3
46 2021-02 0 4
47 2021-03 0 4
48 2021-04 0 2
49 2021-05 0 7
50 2021-06 0 11
51 2021-07 0 4
52 2021-08 0 6
53 2021-09 0 9
54 2021-10 0 9
55 2021-11 0 4
56 2021-12 0 11
57 2020-01 0 5
58 2020-02 0 0
59 2020-03 0 5
60 2020-04 0 0
61 2020-05 0 0
62 2020-06 0 2
63 2020-07 0 7
64 2020-08 0 4
65 2020-09 0 5
66 2020-10 0 2
67 2020-11 0 4
68 2020-12 0 5
69 2019-01 0 0
70 2019-02 0 0
71 2019-03 0 0
72 2019-04 0 4
73 2019-05 0 8
74 2019-06 0 10
75 2019-07 0 10
76 2019-08 0 13
77 2019-09 0 6
78 2019-10 0 4
79 2019-11 0 2
80 2019-12 0 1
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/10/06

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