Trámite orientado a la renovación de licencias de comercialización y/o exportación de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales metálicas a las personas naturales nacionales o extranjeras, que sin ser titulares de concesiones mineras, se dediquen a estas actividades; así como a las personas personas naturales nacionales o extranjeras que, siendo titulares de concesiones mineras comercialicen y/o exporten sustancias minerales metálicas
Los beneficiarios del trámite son:
Persona Natural - Ecuatoriana: Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Persona Natural - Extranjera: Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución de otorgamiento de licencias de comercialización para minerales metálicos para personas jurídicas nacionales o extranjeras
| 1. Certificaciones laborales, contratos de operación o la documentación que considere necesaria para acreditar la experiencia y solvencia técnica en actividades de comercialización o en gestión de proyectos de exportación minera metálica, mínima de 3 años. |
| 2. Registro Único de Contribuyente (RUC) actualizado, obtenido de la página web del Servicio de Rentas Internas, con la actividad económica principal relacionada a actividades mineras |
| 3. Acreditar un patrimonio de al menos, Cien Mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD 100.000), mediante la presentación de una declaración juramentada, donde se indique la licitud de su patrimonio y fuentes de financiamiento o de inversión; respaldados a través de certificados bancarios, operaciones mineras en el exterior, pólizas de Instituciones Bancarias; bienes muebles o inmuebles que estén debidamente acreditados a nombre de la persona que solicita la licencia de comercialización. Adicionalmente se deberá hacer constar que no se encuentra inmerso en las prohibiciones e inhabilidades que determina el Art. 153 de la Constitución y Art. 20 de la Ley de Minería. El valor a acreditar como Patrimonio, corresponderá a la diferencia entre el Activo Total y Pasivo Total |
| 4. Formulario de Declaración del Impuesto a la Renta de los últimos 3 ejercicios fiscales, descargado desde la página web del Servicio de Rentas Internas. |
| 5. Formulario de Declaración del Impuesto al Valor Agregado de los últimos seis meses, descargado desde la página web del Servicio de Rentas Internas. |
| 6. Certificado Bancario actualizado, de la cuenta por medio de la cual, se realizarán de forma exclusiva las transacciones de compra y venta de sustancias minerales metálicas. |
| 7. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, descargado desde la página web de la entidad en mención, actualizado a la fecha de presentación de la solicitud. |
| 8. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, descargado desde la página web de la entidad en mención, actualizado a la fecha de presentación de la solicitud. |
| 9. Certificado actualizado de antecedentes penales emitido por el Ministerio del Interior o quien haga sus veces. |
| 10. Factura por el pago del trámite realizado a las cuentas del Ministerio de Energía y Minas |
| Para el caso de titulares de concesiones mineras, certificado de cumplimiento de obligaciones establecidas en la Ley de Minería y sus Reglamentos (obligaciones económicas y presentación de informes de producción), emitido por la Agencia de Regulación y Control Minero o quien haga sus veces. |
GENERACIÓN DE ORDEN DE PEDIDO PARA EL PAGO DE LA TASA ADMINISTRATIVA PREVIO AL INICIO DEL TRÁMITE
1. El usuario debe acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Energía y Minas, más cercana a su residencia y solicitar la orden de pedido al funcionario delegado para el efecto.
2. Con la orden de pedido, debe realizar la transferencia bancaria a la cuenta de la institución determinada para el efecto y que consta en la orden de pedido. NOTA: Únicamente se aceptan pagos mediante transferencia bancaria
3. Una vez realizada la transferencia bancaria debe enviar al correo: facturacion.mineria@energiayminas.gob.ec el comprobante de la transferencia realizada, adjuntando la orden de pedido debidamente llenada y escaneada, donde constan los datos para la emisión de la factura.
4. En el transcurso de 7 días laborables recibirá la factura correspondiente a su correo registrado.
REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DEL TRÁMITE
NOTA: Los documentos que sean entregados a la Unidad Administrativa Competente del Ministerio Sectorial como habilitantes para la obtención de una Licencia de comercialización, podrán ser: a) Documentos originales; b) Copias certificadas: cuando no existiere posibilidad de presentar documentos originales, se podrán presentar copias certificadas de los originales para lo cual el fedatario administrativo comprobará la veracidad entre el documento original y la copia presentada conforme lo establece el artículo 97 del Código Orgánico Administrativo; y, c) Documentos apostillados: los documentos deberán ser apostillados siempre que hayan sido expedidos por una autoridad gubernamental extranjera.
1. Ingresar a la plataforma www.gob.ec. En el buscador colocar el nombre del trámite solicitado: "Emisión de resolución de otorgamiento de licencias de comercialización para minerales metálicos para personas jurídicas nacionales o extranjeras" y dar clic en buscar.
2. Dar clic en donde indica "Ir al trámite en línea" y la página le redirigirá al Sistema de Gestión Minera. Previamente debe haberse registrado en el sistema para que pueda obtener su Usuario y Contraseña correspondientes.
3. Completar el formulario en el sistema de gestión minera e imprimirlo.
4. Acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial, más cercana a su residencia e ingresar el formulario impreso, debidamente firmado, con todos los requisitos establecidos.
5. Personal técnico de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial revisará la documentación habilitante, y en caso de que existan observaciones las remitirá mediante correo electrónico para la subsanación correspondiente por parte del usuario, misma que deberá ser atendida dentro de los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación. En caso de que no se subsanen las observaciones se le entregará una resolución de archivo.
6. En las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial se procederá a realizar la entrega de la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en el plazo establecido.
7. El usuario procederá a protocolizar la resolución ante un notario público.
8. Realizar el pago de 6 Remuneraciones Básicas Unificadas correspondiente al valor anual de la licencia de comercialización a la Agencia de Regulación y Control Minero.
9. Realizar el pago del 50% de Una Remuneración Básica Unificada por derecho de inscripción a la Agencia de Regulación y Control Minero
10. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control Minero.
11. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Pago por derecho del trámite: 2 Remuneraciones Básicas Unificadas (940 USD) - Valor que debe ser cancelado a nombre del Ministerio de Energía y Minas
Pago valor anual de la Licencia de Comercialización: 6 Remuneraciones Básicas Unificadas (2.820 USD) - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero
Pago de la inscripción de la resolución: 50% de Remuneración Básica Unificada (235 USD) - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero
Ministerio de Energía y Minas
RUC: 1768136010001
Banco: Pichincha
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 3245195104
Agencia de Regulación y Control Minero
RUC: 1798194883001
Banco: Banco Pacifico
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 8399182
Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
Ibarra: Coordinación Zonal Norte (Zonas 1, 2 y 9): Calle Sánchez y Cifuentes y Juan de Velasco Edificio del Ex banco La Previsora, 5to piso - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3300
Tena: Oficina Zonal de Minas Tena: Avenida César Augusto Rueda y Federico Monteros, Barrio Palandacocha, Frente al Comando de Policía- Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3800
Guayaquil: Coordinación Zonal Litoral (Zonas 4, 5 y 8): Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace - Petroecuador. 1er Piso. -Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3200
Riobamba: Coordinación Zonal Centro (Zona 3): Av. 10 de Agosto y García Moreno (Esq.) - Edificio Costales, Piso 2, Oficina 204 - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3700
Cuenca: Coordinación Zonal Centro Sur (Zona 6): Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3000
Macas: Oficina Zonal de Minas Macas: Av. Simón Bolívar y 24 de Mayo. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3500
Zamora: Coordinación Zonal Sur (Zona 7): Zamora-Edificio de la Gobernación - José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3909
Loja: Oficina Zonal de Minas Loja: Av. José Antonio Eguiguren y Lauro Guerrero - Edificio Amauta. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3400
Machala: Oficina Zonal de Minas Machala: Av. Guayas entre Pichincha y Arizaga. Edificio Atlántico, Mezanine. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3600
3 años
Fecha de última actualización: 2025/12/13