Trámite orientado al otorgamiento de licencias de comercialización y/o exportación de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales metálicas a las personas naturales nacionales o extranjeras, que sin ser titulares de concesiones mineras, se dediquen a estas actividades; así como a las personas personas naturales nacionales o extranjeras que, siendo titulares de concesiones mineras comercialicen y/o exporten sustancias minerales metálicas
Los beneficiarios del trámite son:
Persona Natural ecuatoriana que sin ser titular minero cumpla los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Persona Natural extranjera que sin ser titular minero cumpla los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución de otorgamiento de licencias de comercialización para minerales metálicos para personas naturales nacionales o extranjeras
Requisitos para trámite en línea:
Requisitos para trámite presencial:
Requisitos especiales para trámite en línea:
Para el caso de titulares de concesiones mineras, certificado de cumplimiento de obligaciones establecidas en la Ley de Minería y sus Reglamentos (obligaciones económicas y presentación de informes de producción), emitido por la Agencia de Regulación y Control Minero o quien haga sus veces.
Requisitos para trámite presencial:
Para el caso de titulares de concesiones mineras, certificado de cumplimiento de obligaciones establecidas en la Ley de Minería y sus Reglamentos (obligaciones económicas y presentación de informes de producción), emitido por la Agencia de Regulación y Control Minero o quien haga sus veces.
Procedimiento en línea:
GENERACIÓN DE ORDEN DE PEDIDO PARA EL PAGO DE LA TASA ADMINISTRATIVA PREVIO AL INICIO DEL TRÁMITE
1. El usuario debe acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Energía y Minas, más cercana a su residencia y solicitar la orden de pedido al funcionario delegado para el efecto.
2. Con la orden de pedido, debe realizar la transferencia bancaria a la cuenta de la institución determinada para el efecto y que consta en la orden de pedido. NOTA: Únicamente se aceptan pagos mediante transferencia bancaria
3. Una vez realizada la transferencia bancaria debe enviar al correo: facturacion.mineria@energiayminas.gob.ec el comprobante de la transferencia realizada, adjuntando la orden de pedido debidamente llenada y escaneada, donde constan los datos para la emisión de la factura.
4. En el transcurso de 7 días laborables recibirá la factura correspondiente a su correo registrado.
REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DEL TRÁMITE
NOTA: Los documentos que sean entregados a la Unidad Administrativa Competente del Ministerio Sectorial como habilitantes para la obtención de una Licencia de comercialización, podrán ser: a) Documentos originales; b) Copias certificadas: cuando no existiere posibilidad de presentar documentos originales, se podrán presentar copias certificadas de los originales para lo cual el fedatario administrativo comprobará la veracidad entre el documento original y la copia presentada conforme lo establece el artículo 97 del Código Orgánico Administrativo; y, c) Documentos apostillados: los documentos deberán ser apostillados siempre que hayan sido expedidos por una autoridad gubernamental extranjera.
1. Ingresar a la plataforma www.gob.ec. En el buscador colocar el nombre del trámite solicitado: "Emisión de resolución de otorgamiento de licencias de comercialización para minerales metálicos para personas naturales nacionales o extranjeras" y dar clic en buscar.
2. Dar clic en donde indica "Ir al trámite en línea" y la página le redirigirá al Sistema de Gestión Minera. Previamente debe haberse registrado en el sistema para que pueda obtener su Usuario y Contraseña correspondientes.
3. Completar el formulario en el sistema de gestión minera e imprimirlo.
4. Acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial, más cercana a su residencia e ingresar el formulario impreso, debidamente firmado, con todos los requisitos establecidos.
5. Personal técnico de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial revisará la documentación habilitante, y en caso de que existan observaciones las remitirá mediante correo electrónico para la subsanación correspondiente por parte del usuario, misma que deberá ser atendida dentro de los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación. En caso de que no se subsanen las observaciones se le entregará una resolución de archivo.
6. En las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial se procederá a realizar la entrega de la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en el plazo establecido.
7. El usuario procederá a protocolizar la resolución ante un notario público.
8. Realizar el pago de 6 Remuneraciones Básicas Unificadas correspondiente al valor anual de la licencia de comercialización a la Agencia de Regulación y Control Minero.
9. Realizar el pago del 50% de Una Remuneración Básica Unificada por derecho de inscripción a la Agencia de Regulación y Control Minero
10. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control Minero.
11. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente
Procedimiento presencial:
GENERACIÓN DE ORDEN DE PEDIDO PARA EL PAGO DE LA TASA ADMINISTRATIVA PREVIO AL INICIO DEL TRÁMITE
1. El usuario debe acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Energía y Minas, más cercana a su residencia y solicitar la orden de pedido al funcionario delegado para el efecto.
2. Con la orden de pedido, debe realizar la transferencia bancaria a la cuenta de la institución determinada para el efecto y que consta en la orden de pedido. NOTA: Únicamente se aceptan pagos mediante transferencia bancaria
3. Una vez realizada la transferencia bancaria debe enviar al correo: facturacion.mineria@energiayminas.gob.ec el comprobante de la transferencia realizada, adjuntando la orden de pedido debidamente llenada y escaneada, donde constan los datos para la emisión de la factura.
4. En el transcurso de 7 días laborables recibirá la factura correspondiente a su correo registrado.
REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DEL TRÁMITE
NOTA: Los documentos que sean entregados a la Unidad Administrativa Competente del Ministerio Sectorial como habilitantes para la obtención de una Licencia de comercialización, podrán ser: a) Documentos originales; b) Copias certificadas: cuando no existiere posibilidad de presentar documentos originales, se podrán presentar copias certificadas de los originales para lo cual el fedatario administrativo comprobará la veracidad entre el documento original y la copia presentada conforme lo establece el artículo 97 del Código Orgánico Administrativo; y, c) Documentos apostillados: los documentos deberán ser apostillados siempre que hayan sido expedidos por una autoridad gubernamental extranjera.
1. Ingresar al Sistema de Gestión Minera, al link: https://sgm.controlrecursosyenergia.gob.ec/web/gues/adminuserprime. Previamente debe haberse registrado en el sistema para que pueda obtener su Usuario y Contraseña correspondientes
2. Completar el formulario en el sistema de gestión minera e imprimirlo.
3. Acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Sectorial, más cercana a su residencia e ingresar el formulario impreso, debidamente firmado, con todos los requisitos establecidos.
4. Personal técnico de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial revisará la documentación habilitante, y en caso de que existan observaciones las remitirá mediante correo electrónico para la subsanación correspondiente por parte del usuario, misma que deberá ser atendida dentro de los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación. En caso de que no se subsanen las observaciones se le entregará una resolución de archivo.
5. En las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial se procederá a realizar la entrega de la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en el plazo establecido.
6. El usuario procederá a protocolizar la resolución ante un notario público.
7. Realizar el pago de 6 Remuneraciones Básicas Unificadas correspondiente al valor anual de la licencia de comercialización a la Agencia de Regulación y Control Minero.
8. Realizar el pago del 50% de Una Remuneración Básica Unificada por derecho de inscripción a la Agencia de Regulación y Control Minero
9. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control Minero.
10. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Pago por derecho del trámite: 2 Remuneraciones Básicas Unificadas (940 USD) - Valor que debe ser cancelado a nombre del Ministerio de Ambiente y Energía
Pago valor anual de la Licencia de Comercialización: 6 Remuneraciones Básicas Unificadas (2.820 USD) - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero
Pago de la inscripción de la resolución: 50% de Remuneración Básica Unificada (235 USD) - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero
Ministerio de Energía y Minas
RUC: 1768136010001
Banco: Pichincha
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 3245195104
Agencia de Regulación y Control Minero
RUC: 1798194883001
Banco: Banco Pacifico
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 8399182
Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00
DIRECCIÓN ZONAL 1: (OFICINA TÉCNICA IBARRA); IBARRA; PEDRO MONCAYO 6-46 Y SIMÓN BOLÍVAR
DIRECCIÓN ZONAL 2: QUITO; AV MADRID Y ANDALUCÍA
DIRECCIÓN ZONAL 3: (OFICINA TÉCNICA RIOBAMBA); RIOBAMBA; CALLE CHILE 10-51 Y PURUHA
DIRECCIÓN ZONAL 4: PORTOVIEJO; DIRECCIÓN: CALLE 15 DE ABRIL, VÍA SANTA ANA, KM ½, SECTOR LOS ÁNGELES, DIAGONAL AL EDIFICIO DEL CENTRO DE ATENCIÓN CIUDADANA PORTOVIEJO, ENTRADA ECU 911 CÓDIGO POSTAL: 130106 / PORTOVIEJO – ECUADOR/ TELÉFONO: S/N / CELULAR:0996389273
DIRECCIÓN ZONAL 5: GUAYAQUIL; AV. FCO DE ORELLANA Y JUSTINO CORNEJO EDIFICIO BRONZE PISO 11
DIRECCIÓN ZONAL 6: CUENCA; NÚÑEZ DE BONILLA 1-95 Y SEBASTIÁN DE BENALCÁZAR
DIRECCIÓN ZONAL 7: LOJA; AV. ORILLAS DEL RÍO ZAMORA Y SANTIAGO DE LAS MONTAÑAS CÓDIGO: 110107 / LOJA - ECUADOR / TELÉFONO: 072572090 - 072565077 – 072565076
DIRECCIÓN ZONAL 8: TENA; AV. ANTONIO VALLEJO Y CALLE A
DIRECCIÓN ZONAL 9: NUEVA LOJA; AV. CIRCUNVALACIÓN Y VÍA MONSEÑOR GONZALO LÓPEZ MARAÑÓN
DIRECCIÓN ZONAL 10: ZAMORA; DIEGO DE VACA ENTRE DIEGO DE VACA Y PIO JARAMILLO
Contacto:
Dirección Zonal 1: Karen Delgado; karen.delgado@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000 ext. 3308
Dirección Zonal 2: Janyne Delgado; janyne.delgado@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 3: Delia Bedón; delia.bedon@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 4: Freddy Pico; freddy.pico@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 5: Alan Garcia; alan.garcia@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 6: Andres Garcia; andres.garcia@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 6 - OT CAÑAR: Edgar Leon; edgar.leon@ambiente.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 6 - OT MORONA: Sumoy Castillo; sumoy.castillo@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000 ext. 3500
Dirección Zonal 6 - OT AZOGUES: Mirian Urgiles; mirian.urgiles@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 7: Nancy Hilgert; nancy.hilgert@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 8: Patricia Grijalva; patricia.grijalva@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 9: Geovanna Arrovas; geovanna.arrovas@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
Dirección Zonal 10: Karina Torres; karina.torres@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
3 años
Contacto: Karen Delgado
Email: karen.delgado@ambienteyenergia.gob.ec
Teléfono: (02) 3976000 ext. 3308
Instructivo para el otorgamiento de permisos para realizar labores de minería artesanal y de sustento.
Instructivo de obtención licencias de comercialización de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas.
Norma el ejercicio de los derechos soberanos del Estado Ecuatoriano, para administrar, regular, controlar y gestionar el sector estratégico minero, de conformidad con los principios de sostenibilidad, precaución, prevención y eficiencia.
Establece la normativa necesaria para la aplicación de la Ley de Minería.
| # | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
|---|---|---|---|
| 1 | 2026-01 | 0 | 0 |
| 2 | 2026-02 | 0 | 0 |
| 3 | 2025-01 | 0 | 0 |
| 4 | 2025-02 | 0 | 0 |
| 5 | 2025-03 | 0 | 0 |
| 6 | 2025-04 | 0 | 0 |
| 7 | 2025-05 | 0 | 0 |
| 8 | 2025-06 | 0 | 0 |
| 9 | 2025-07 | 0 | 1 |
| 10 | 2025-08 | 0 | 0 |
| 11 | 2025-09 | 0 | 0 |
| 12 | 2025-10 | 0 | 0 |
| 13 | 2025-11 | 0 | 0 |
| 14 | 2025-12 | 0 | 0 |
| 15 | 2024-01 | 0 | 0 |
| 16 | 2024-02 | 0 | 0 |
| 17 | 2024-03 | 0 | 0 |
| 18 | 2024-04 | 0 | 0 |
| 19 | 2024-05 | 0 | 0 |
| 20 | 2024-06 | 0 | 0 |
| 21 | 2024-07 | 0 | 0 |
| 22 | 2024-08 | 0 | 0 |
| 23 | 2024-09 | 0 | 0 |
| 24 | 2024-10 | 0 | 0 |
| 25 | 2024-11 | 0 | 0 |
| 26 | 2024-12 | 0 | 0 |
| 27 | 2023-06 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2026/01/01