Emisión de resolución de otorgamiento de licencias de comercialización, exportación de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas para personas jurídicas nacionales o extranjeras

Otorgamiento licencias de sustancias metalicas

Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Energía (MAE)

Trámite orientado al otorgamiento de licencias de comercialización y/o exportación de sustancias mineras no metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas a las personas jurídicas nacionales o extranjeras, que sin ser titulares de concesiones mineras, se dediquen a estas actividades; así como a las personas personas jurídicas nacionales o extranjeras que, siendo titulares de concesiones mineras comercialicen y/o exporten sustancias minerales no metálicas

¿A quién está dirigido?

Personas Jurídicas Ecuatoriana / Extranjera: Personas nacionales y extranjeras mixtas o privadas, comunitarias y de autogestión, que no se encuentren en incumplimiento de acuerdo al Art. 20 de la Ley de Minería y que requieran una licencia de comercialización, exportación de sustancias mineras metálicas o a la exportación de sustancias minerales no metálicas.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de otorgamiento de licencias de comercialización para minerales no metálicos para personas jurídicas nacionales o extranjeras

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Copia certificada de la escritura pública de constitución de compañía aprobada por la Superintendencia de Compañías, que cuente con objeto social relacionado con la actividad, y se encuentre inscrita en el Registro Mercantil correspondiente. En caso de personas jurídicas bajo el control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, deberán presentar la resolución de otorgamiento de personalidad jurídica de la organización; asociación o de la cooperativa, debidamente inscrita en el correspondiente registro en donde conste un objeto social único relacionado con la actividad minera. Para las demás personas jurídicas que no se encuentren reguladas por los entes de control antes mencionados, deberán adjuntar el documento mediante el cual se les otorgó personalidad jurídica.
  2. Certificado de socios o accionistas y de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías o la institución de control correspondiente.
  3. Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC), con actividad económica relacionada a actividades mineras.
  4. Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias emitido por el Servicio de Rentas Internas.
  5. Acreditar un patrimonio mínimo de Cien Mil Dólares de los Estados Unidos de América (USD. 100.000,00) mediante la presentación de una declaración juramentada, donde se indique la licitud de su patrimonio y fuentes de financiamiento o de inversión; respaldados a través de certificados bancarios, operaciones mineras en el exterior; bienes muebles o inmuebles que estén debidamente acreditados a nombre de la persona que solicita la licencia de comercialización.
  6. Certificado de poseer cuenta en una institución financiera, que sea exclusiva para transacciones de compra y venta de sustancias minerales metálicas o no metálicas.
  7. Factura por el pago del trámite realizado a las cuentas del Ministerio de Ambiente y Energía, correspondiente a dos Remuneraciones Básicas Unificadas - RBU.      

Requisitos Especiales:

Para personas jurídicas extranjeras, además de los requisitos generales, se debe adjuntar lo siguiente:
1. Copia certificada de la resolución de domiciliación de la persona jurídica extranjera solicitante, emitida por la Superintendencia de Compañías, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y poder general o especial de representación. 

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento en línea:

GENERACIÓN DE ORDEN DE PEDIDO PARA EL PAGO DE LA TASA ADMINISTRATIVA PREVIO AL INICIO DEL TRÁMITE

  1. El usuario debe acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Ambiente y Energía más cercana a su residencia y solicitar la orden de pedido al funcionario delegado para el efecto.
  2. Con la orden de pedido, debe realizar la transferencia bancaria a la cuenta de la institución determinada para el efecto y que consta en la orden de pedido. NOTA: Únicamente se aceptan pagos mediante transferencia bancaria.
  3. Una vez realizada la transferencia bancaria debe enviar al correo: facturacion.mineria@ambienteyenergia.gob.ec el comprobante de la transferencia realizada, adjuntando la orden de pedido debidamente llenada y escaneada, donde constan los datos para la emisión de la factura.
  4. En el transcurso de 7 días laborables recibirá la factura correspondiente a su correo registrado. 

REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DEL TRÁMITE
NOTA:
Los documentos que sean entregados a la Unidad Administrativa Competente del Ministerio Sectorial como habilitantes para la obtención de una Licencia de comercialización, podrán ser: a) Documentos originales; b) Copias certificadas: cuando no existiere posibilidad de presentar documentos originales, se podrán presentar copias certificadas de los originales para lo cual el fedatario administrativo comprobará la veracidad entre el documento original y la copia presentada conforme lo establece el Art. 97 del Código Orgánico Administrativo; y, c) Documentos apostillados: los documentos deberán ser apostillados siempre que hayan sido expedidos por una autoridad gubernamental extranjera. 

  1. Ingresar a la plataforma www.gob.ec. En el buscador colocar el nombre del trámite solicitado: "Emisión de resolución de otorgamiento de licencias de comercialización para minerales no metálicos para personas jurídicas nacionales o extranjera" y dar clic en buscar.
  2. Dar clic en donde indica "Ir al trámite en línea" y la página le redirigirá al Sistema de Gestión Minera. Previamente debe haberse registrado en el sistema para que pueda obtener su Usuario y Contraseña correspondientes.
  3. Completar el formulario en el sistema de gestión minera e imprimirlo.
  4. Acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial, más cercana a su residencia e ingresar el formulario impreso, debidamente firmado, con todos los requisitos establecidos.
  5. Personal técnico de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial revisará la documentación habilitante, y en caso de que existan observaciones las remitirá mediante correo electrónico para la subsanación correspondiente por parte del usuario, misma que deberá ser atendida dentro de los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación. En caso de que no se subsanen las observaciones se le entregará una resolución de archivo.
  6. En las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial se procederá a realizar la entrega de la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en el plazo establecido.
  7. El usuario procederá a protocolizar la resolución ante un notario público.
  8. Realizar el pago de 6 Remuneraciones Básicas Unificadas correspondiente al valor anual de la licencia de comercialización a la Agencia de Regulación y Control Minero.
  9. Realizar el pago del 50% de Una Remuneración Básica Unificada por derecho de inscripción a la Agencia de Regulación y Control Minero
  10. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control Minero.
  11. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente.

Procedimiento presencial:

GENERACIÓN DE ORDEN DE PEDIDO PARA EL PAGO DE LA TASA ADMINISTRATIVA PREVIO AL INICIO DEL TRÁMITE

  1. El usuario debe acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Ambiente y Energía, más cercana a su residencia y solicitar la orden de pedido al funcionario delegado para el efecto.
  2. Con la orden de pedido, debe realizar la transferencia bancaria a la cuenta de la institución determinada para el efecto y que consta en la orden de pedido. NOTA: Únicamente se aceptan pagos mediante transferencia bancaria.
  3. Una vez realizada la transferencia bancaria debe enviar al correo: facturacion.mineria@ambienteyenergia.gob.ec el comprobante de la transferencia realizada, adjuntando la orden de pedido debidamente llenada y escaneada, donde constan los datos para la emisión de la factura.
  4. En el transcurso de 7 días laborables recibirá la factura correspondiente a su correo registrado. 

REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DEL TRÁMITE
NOTA:
Los documentos que sean entregados a la Unidad Administrativa Competente del Ministerio Sectorial como habilitantes para la obtención de una Licencia de comercialización, podrán ser: a) Documentos originales; b) Copias certificadas: cuando no existiere posibilidad de presentar documentos originales, se podrán presentar copias certificadas de los originales para lo cual el fedatario administrativo comprobará la veracidad entre el documento original y la copia presentada conforme lo establece el artículo 97 del Código Orgánico Administrativo; y, c) Documentos apostillados: los documentos deberán ser apostillados siempre que hayan sido expedidos por una autoridad gubernamental extranjera. 

  1. Ingresar al Sistema de Gestión Minera, al link: https://sgm.controlrecursosyenergia.gob.ec/web/gues/adminuserprime. Previamente debe haberse registrado en el sistema para que pueda obtener su Usuario y Contraseña correspondientes
  2. Completar el formulario en el sistema de gestión minera e imprimirlo.
  3. Acercarse a las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio de Sectorial, más cercana a su residencia e ingresar el formulario impreso, debidamente firmado, con todos los requisitos establecidos.
  4. Personal técnico de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial revisará la documentación habilitante, y en caso de que existan observaciones las remitirá mediante correo electrónico para la subsanación correspondiente por parte del usuario, misma que deberá ser atendida dentro de los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación. En caso de que no se subsanen las observaciones se le entregará una resolución de archivo.
  5. En las oficinas de la Coordinación Zonal del Ministerio Sectorial se procederá a realizar la entrega de la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en el plazo establecido.
  6. El usuario procederá a protocolizar la resolución ante un notario público.
  7. Realizar el pago de 6 Remuneraciones Básicas Unificadas correspondiente al valor anual de la licencia de comercialización a la Agencia de Regulación y Control Minero.
  8. Realizar el pago del 50% de Una Remuneración Básica Unificada por derecho de inscripción a la Agencia de Regulación y Control Minero
  9. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control Minero.
  10. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

Pago por derecho del trámite: 2 Remuneraciones Básicas Unificadas (940 USD) - Valor que debe ser cancelado a nombre del Ministerio de Energía y Minas

Pago valor anual de la Licencia de Comercialización: 6 Remuneraciones Básicas Unificadas (2.820 USD) - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero

Pago de la inscripción de la resolución: 50% de Remuneración Básica Unificada (235 USD) - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero

Ministerio de Ambiente y Energía
RUC: 1768136010001
Banco: Pichincha
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 3245195104


Agencia de Regulación y Control Minero
RUC: 1798194883001
Banco: Banco Pacifico
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 8399182

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Contáctese con los servidores del Ministerio de Ambiente y Energía.

Coordinación Zonal Centro            lorena.paguay@energiayminas.gob.ec               (02) 3976000 ext.3700
Coordinación Zonal Centro Sur     norma.cardenas@energiayminas.gob.ec            (02) 3976-000 ext.3000
Coordinación Zonal Litoral             jessica.garcia@energiayminas.gob.ec                (02) 3976000 ext.3200      
Coordinación Zonal Norte              coordinacion.norte@energiayminas.gob.ec        (02) 3976 000 ext.3300          
Coordinación Zonal Sur                 dalia.orellana@energiayminas.gob.ec                 (02) 3976000 ext.3909  

Ibarra: Coordinación Zonal Norte (Zonas 1, 2 y 9): Calle Sánchez y Cifuentes y Juan de Velasco Edificio del Ex banco La Previsora, 5to piso - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3300.

Tena: Oficina Zonal de Minas Tena: Avenida César Augusto Rueda y Federico Monteros, Barrio Palandacocha, Frente al Comando de Policía- Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3800.

Guayaquil: Coordinación Zonal Litoral (Zonas 4, 5 y 8): Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace - Petroecuador. 1er Piso. -Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3200

Riobamba: Coordinación Zonal Centro (Zona 3): Av. 10 de Agosto y García Moreno (Esq.) - Edificio Costales, Piso 2, Oficina 204 - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3700

Cuenca: Coordinación Zonal Centro Sur (Zona 6): Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3000

Macas: Oficina Zonal de Minas Macas: Av. Simón Bolívar y 24 de Mayo. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3500

Zamora: Coordinación Zonal Sur (Zona 7): Zamora-Edificio de la Gobernación - José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3909

Loja: Oficina Zonal de Minas Loja: Av. José Antonio Eguiguren y Lauro Guerrero - Edificio Amauta. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3400

Machala: Oficina  Zonal de Minas Machala: Av. Guayas entre Pichincha y Arizaga. Edificio Atlántico, Mezanine. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3600

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Las licencias de comercialización que se otorgan a las personas naturales o jurídicas mencionadas en el artículo 50 de la Ley de Minería, tienen vigencia por períodos de tres años, son intransferibles y pueden renovarse por iguales períodos de acuerdo con lo previsto en el reglamento general de esta ley. Su vigencia estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 53 de la Ley de Minería.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Paulina Salazar

Email: paulina.salazar@ambienteyenergia.gob.ec

Teléfono: (02) 3976000 ext.3008

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 0
2 2025-02 0 0
3 2025-03 0 0
4 2025-04 0 0
5 2025-05 0 0
6 2025-06 0 1
7 2025-07 0 1
8 2025-09 0 0
9 2025-10 0 0
10 2024-01 0 0
11 2024-02 0 0
12 2024-03 0 2
13 2024-04 0 0
14 2024-05 0 1
15 2024-06 0 0
16 2024-07 0 0
17 2024-08 0 0
18 2024-09 0 0
19 2024-10 0 1
20 2024-11 0 0
21 2024-12 0 0
22 2023-05 0 0
23 2023-06 0 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/11/10

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