Información proporcionada por:
Ministerio de Ambiente y Energía (MAE)
Trámite orientado a la Emisión de resolución de modificación de régimen de minería artesanal al régimen especial de pequeña minería. Dirigido a personas naturales que cuenten con permiso para realizar labores de minería artesanal y de sustento que deseen modificar el régimen minero del área de la cual son titulares.
¿A quién está dirigido?
- Persona Jurídica - Privada: Empresas, asociaciones o comunas legalmente constituidas.
- Persona Jurídica - Pública: Instituciones o empresas del Estado.
- Persona Natural - Ecuatoriana: Ciudadanos nacionales propietarios o poseedores de tierras.
- Persona Natural - Extranjera: Ciudadanos extranjeros con titularidad legal de predios en el país.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Resolución de modificación de régimen de minería artesanal al régimen especial de pequeña minería
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
Requisitos para trámite en línea.
- Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público, donde conste la voluntad de renunciar al régimen de minería artesanal y modificar el permiso de Minería Artesanal por el de Régimen Especial de Pequeña Minería, a fin de asumir todas las responsabilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales que conlleva la concesión bajo su nuevo régimen. En dicha declaración deberá constar que el titular del permiso de Minería Artesanal no está incurso en las inhabilidades establecidas en el artículo 153 de la Constitución de la República del Ecuador y 20 de la Ley de Minería.
- Copias de los Actos Administrativos Previos requeridos por la normativa vigente a la fecha en la que los derechos mineros a modificarse fueron otorgados o cualquier otro acto administrativo que evidencie el cumplimiento de dicha obligación.
- Un plan de trabajo que contenga: 1. Cronograma de las actividades mineras proyectadas a realizar en el primer año en el Régimen Especial de Pequeña Minería. 2. Descripción de la infraestructura a instalar para cumplir con las actividades mineras planificadas en su nuevo régimen. 3. Descripción del equipo y maquinaria a utilizar en las actividades planificadas a realizar en su nuevo régimen. 4. Montos proyectados de inversión que justifiquen lo contemplado en los numerales 2 y 3 del literal c) de este artículo.
Requisitos para el trámite presencial.
- Declaración Juramentada celebrada ante Notario Público, donde conste la voluntad de renunciar al régimen de minería artesanal y modificar el permiso de Minería Artesanal por el de Régimen Especial de Pequeña Minería, a fin de asumir todas las responsabilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales que conlleva la concesión bajo su nuevo régimen. En dicha declaración deberá constar que el titular del permiso de Minería Artesanal no está incurso en las inhabilidades establecidas en el artículo 153 de la Constitución de la República del Ecuador y 20 de la Ley de Minería.
- Copias de los Actos Administrativos Previos requeridos por la normativa vigente a la fecha en la que los derechos mineros a modificarse fueron otorgados o cualquier otro acto administrativo que evidencie el cumplimiento de dicha obligación.
- Un plan de trabajo que contenga: 1. Cronograma de las actividades mineras proyectadas a realizar en el primer año en el Régimen Especial de Pequeña Minería. 2. Descripción de la infraestructura a instalar para cumplir con las actividades mineras planificadas en su nuevo régimen. 3. Descripción del equipo y maquinaria a utilizar en las actividades planificadas a realizar en su nuevo régimen. 4. Montos proyectados de inversión que justifiquen lo contemplado en los numerales 2 y 3 del literal c) de este artículo.
Requisitos Especiales:
Requisitos especiales para trámite presencial
- En caso de que sea una persona jurídica se solicitará el RUC, nombre del representante legal y su nombramiento debidamente inscrito en el registro pertinente.
Requisitos especiales para trámite en línea
- En caso de que sea una persona jurídica se solicitará el RUC, nombre del representante legal y su nombramiento debidamente inscrito en el registro pertinente.
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
SOLICITUD DEL TRÁMITE
NOTA: Los documentos que sean entregados a la Unidad Administrativa Competente del Ministerio Sectorial como habilitantes para la modificación de un permiso de minería artesanal al régimen especial de pequeña minería, podrán ser: a) Documentos originales; b) Copias certificadas: cuando no existiere posibilidad de presentar documentos originales, se podrán presentar copias certificadas de los originales para lo cual el fedatario administrativo comprobará la veracidad entre el documento original y la copia presentada conforme lo establece el artículo 97 del Código Orgánico Administrativo; y, c) Documentos apostillados: los documentos deberán ser apostillados siempre que hayan sido expedidos por una autoridad gubernamental extranjera.
- Ingresar a la plataforma www.gob.ec. En el buscador colocar el nombre del trámite solicitado: "Emisión de resolución de modificación de régimen de minería artesanal al régimen especial de pequeña minería" y dar clic en buscar.
- Dar clic en donde indica "Ir al trámite en línea" y la página le redirigirá al Sistema de Gestión Minera. Previamente debe haberse registrado en el sistema para que pueda obtener su Usuario y Contraseña correspondientes.
- Completar el formulario en el sistema de gestión minera e imprimirlo.
- Acercarse a las oficinas de la Dirección Zonal del Ministerio de Ambiente y Energía, más cercana a su residencia e ingresar el formulario impreso, debidamente firmado, con todos los requisitos establecidos.
- Personal técnico de la Dirección Zonal revisará la documentación habilitante, y en caso de que existan observaciones las remitirá mediante correo electrónico para la subsanación correspondiente por parte del usuario, misma que deberá ser atendida dentro de los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación.
- En las oficinas de la Dirección Zonal se procederá a realizar la entrega de la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en el plazo establecido.
- El usuario procederá a protocolizar la resolución ante un notario público.
- Realizar el pago del 50% de Una Remuneración Básica Unificada por derecho de inscripción a la Agencia de Regulación y Control Minero
- Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control Minero.
- Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Dirección Zonal correspondiente.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
Pago de la inscripción de la resolución: 50% de una RMU - Remuneración Mensual Básica Unificada - valores cobrados por la Agencia de Regulación y Control Minero.
Agencia de Regulación y Control Minero
RUC: 1798194883001
Banco: Banco Pacifico
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 8399182
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Horario de atención: Lunea a viernes de 08h00 hasta las 17h00
DIRECCIÓN ZONAL 1 (OFICINA TÉCNICA IBARRA): IBARRA; PEDRO MONCAYO 6-46 Y SIMÓN BOLÍVAR. Contacto: Karen Delgado; karen.delgado@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000 ext. 3308.
DIRECCIÓN ZONAL 2: QUITO, AV. MADRID Y ANDALUCÍA. Contacto: anyne Delgado; janyne.delgado@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 3 (OFICINA TÉCNICA RIOBAMBA): RIOBAMBA: CALLE CHILE 10-51 Y PURUHA. Contacto: Delia Bedón; delia.bedon@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 4: PORTOVIEJO; DIRECCIÓN: CALLE 15 DE ABRIL, VÍA SANTA ANA, KM ½, SECTOR LOS ÁNGELES, DIAGONAL AL EDIFICIO DEL CENTRO DE ATENCIÓN CIUDADANA PORTOVIEJO, ENTRADA ECU 911 CÓDIGO POSTAL: 130106 / PORTOVIEJO – ECUADOR/ TELÉFONO: S/N / CELULAR:0996389273. Contacto: Freddy Pico; freddy.pico@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 5: GUAYAQUIL; AV. FCO DE ORELLANA Y JUSTINO CORNEJO EDIFICIO BRONZE PISO 11. Contacto: Alan Garcia; alan.garcia@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 6: CUENCA; NÚÑEZ DE BONILLA 1-95 Y SEBASTIÁN DE BENALCÁZAR. Contacto: Andres Garcia; andres.garcia@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000; OT CAÑAR: Edgar Leon; edgar.leon@ambiente.gob.ec; 023976000; OT MORONA: Sumoy Castillo; sumoy.castillo@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000 ext. 3500; OT AZOGUES: Mirian Urgiles; mirian.urgiles@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 7: LOJA; AV. ORILLAS DEL RÍO ZAMORA Y SANTIAGO DE LAS MONTAÑAS CÓDIGO: 110107 / LOJA - ECUADOR / TELÉFONO: 072572090 - 072565077 – 072565076. Contacto: Nancy Hilgert; nancy.hilgert@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 8: TENA; AV. ANTONIO VALLEJO Y CALLE A. Contacto: Patricia Grijalva; patricia.grijalva@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
DIRECCIÓN ZONAL 9: NUEVA LOJA; AV. CIRCUNVALACIÓN Y VÍA MONSEÑOR GONZALO LÓPEZ MARAÑÓN. Contacto: Geovanna Arrovas; geovanna.arrovas@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000
DIRECCIÓN ZONAL 10: ZAMORA; DIEGO DE VACA ENTRE DIEGO DE VACA Y PIO JARAMILLO. Contacto: Karina Torres; karina.torres@ambienteyenergia.gob.ec; 023976000.
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
El plazo de vigencia será el resultado de la diferencia de (25) años menos el tiempo que mantuvo el permiso bajo el Régimen de Minería Artesanal.
| # |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
| 1 |
2026-01 |
0 |
0 |
| 2 |
2026-02 |
0 |
0 |
| 3 |
2025-01 |
0 |
0 |
| 4 |
2025-02 |
0 |
0 |
| 5 |
2025-03 |
0 |
0 |
| 6 |
2025-04 |
0 |
0 |
| 7 |
2025-05 |
0 |
0 |
| 8 |
2025-06 |
0 |
0 |
| 9 |
2025-07 |
0 |
0 |
| 10 |
2025-08 |
0 |
0 |
| 11 |
2025-09 |
0 |
0 |
| 12 |
2025-10 |
0 |
0 |
| 13 |
2025-11 |
0 |
0 |
| 14 |
2025-12 |
0 |
0 |
| 15 |
2024-02 |
0 |
0 |
| 16 |
2024-03 |
0 |
0 |
| 17 |
2024-04 |
0 |
6 |
| 18 |
2024-05 |
0 |
1 |
| 19 |
2024-06 |
0 |
0 |
| 20 |
2024-07 |
0 |
0 |
| 21 |
2024-08 |
0 |
0 |
| 22 |
2024-09 |
0 |
1 |
| 23 |
2024-10 |
0 |
0 |
| 24 |
2024-11 |
0 |
0 |
| 25 |
2024-12 |
0 |
0 |
| 26 |
2023-05 |
0 |
0 |
| 27 |
2023-06 |
0 |
3 |
Ir al trámite en línea
Fecha de última actualización: 2025/03/26