Emisión de resolución aprobación para uso del crudo en operaciones de explotación para empresas privadas

Aprobación para uso del crudo en operaciones de explotación para empresas privadas

Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Energía (MAE)

Las empresas que tienen contratos de hidrocarburos con el Estado Ecuatoriano deben realizar las gestiones necesarias para obtener la aprobación de solicitudes para uso del crudo en operaciones de explotación para empresas públicas y privadas.

¿A quién está dirigido?

Persona Jurídica Pública: Empresa Pública que realiza actividades hidrocarburíferas.

Persona Jurídica Privada: Empresas privadas que realizan actividades hidrocarburíferas en el Estado Ecuatoriano.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Aprobación para uso del crudo en operaciones de explotación para empresas públicas y privadas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

PRESENCIAL

  1. Informe Técnico.
  2. Tablas de consumo y proyección de crudo.
  3. Factura de pago MAR.
  4. Comprobante de pago a la ARCH.

EN LÍNEA

  1. Informe Técnico.
  2. Tablas de consumo y proyección de crudo.
  3. Factura de pago MAE.
  4. Comprobante de pago a la ARCH.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento en Línea:

  1. Hacer click en donde indica "trámite en línea" en esta página.
  2. Completar el formulario de solicitud de trámite en línea; los documentos digitales tiene que ser legibles.
  3. En el transcurso de 30 días laborables recibirá mediante correo electrónico registrado la respuesta al requerimiento.

Procedimiento Presencial:

  1. El usuario debe acercarse a las instalaciones del Ministerio de Ambiente y Energía y presentar los requisitos en secretaría general.
  2. La persona encargada de secretaría general le entregará un código para el seguimiento del trámite.
  3. En el transcurso de 30 días laborables recibirá mediante correo electrónico registrado la respuesta al requerimiento.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec), Telefónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

Mediante Resolución Nro. ARCERNNR 030/2021, publicada en el Registro Oficial Tercer Suplemento Nro. 595, de 10 de diciembre de 2021, el Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos– ARCH, aprobó  Reforma a la Resolución Nro. 002 DIRECTORIO-ARCH-2012, para la implementación de la Tasa Única, aplicable a la Empresa Pública EP Petroecuador y a las compañías Operadoras que mantienen contratos suscritos con el Estado para actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos.

De acuerdo a lo expuesto y según lo dispuesto en la Resolución Nro. ARCERNNR 030/2021 la Dirección Técnica de Control de Exploración y Explotación de la ARCH, notificara a las Instituciones Públicas y Privadas, el valor a pagar por  el concepto de Tasa Única hasta el 30 de abril de cada año (de acuerdo a lo dispuesto en Art.4 de la Resolución ARCERNNR 030/2021)

Depósito en efectivo o transferencia a nombre de: Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos.

 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Quito: Av. República del Salvador N36-64 y Suecia.

Teléfono: 3976-000 

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Victoria Noemi Espín Reyes

Email: victoria.espin@ambienteyenergia.gob.ec

Teléfono: (02) 3976000 ext.2909

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 0
2 2026-02 0 0
3 2025-01 0 0
4 2025-02 0 0
5 2025-03 0 0
6 2025-04 0 0
7 2025-05 0 0
8 2025-06 0 0
9 2025-07 0 0
10 2025-08 0 0
11 2025-09 0 0
12 2025-10 0 0
13 2025-11 0 0
14 2025-12 0 0
15 2024-01 0 0
16 2024-02 0 0
17 2024-03 0 0
18 2024-04 0 0
19 2024-05 0 0
20 2024-06 0 0
21 2024-07 0 0
22 2024-08 0 0
23 2024-09 0 0
24 2024-10 0 0
25 2024-11 0 0
26 2024-12 0 0
27 2023-01 0 0
28 2023-02 0 0
29 2023-03 0 0
30 2023-04 0 0
31 2023-05 0 0
32 2023-06 0 0
33 2023-07 0 0
34 2023-08 0 0
35 2023-09 0 0
36 2023-10 0 0
37 2023-11 0 0
38 2023-12 0 0
39 2022-01 0 0
40 2022-02 0 0
41 2022-03 0 0
42 2022-04 0 0
43 2022-05 0 0
44 2022-06 0 1
45 2022-07 0 0
46 2022-08 0 0
47 2022-09 0 1
48 2022-10 0 1
49 2022-11 0 0
50 2022-12 0 0
51 2021-01 0 0
52 2021-02 0 0
53 2021-03 0 0
54 2021-04 0 0
55 2021-05 0 13
56 2021-06 0 0
57 2021-07 0 0
58 2021-08 0 0
59 2021-09 0 0
60 2021-10 0 0
61 2021-11 0 0
62 2021-12 0 0
63 2020-01 0 0
64 2020-02 0 0
65 2020-03 0 0
66 2020-04 0 0
67 2020-05 0 2
68 2020-06 0 0
69 2020-07 0 1
70 2020-08 0 0
71 2020-09 0 0
72 2020-10 0 0
73 2020-11 0 0
74 2020-12 0 0
75 2019-01 0 0
76 2019-02 0 0
77 2019-03 0 0
78 2019-04 0 0
79 2019-05 0 0
80 2019-06 0 0
81 2019-07 0 0
82 2019-08 0 0
83 2019-09 0 0
84 2019-10 0 0
85 2019-11 0 0
86 2019-12 0 0
87 2018-08 0 0
88 2018-09 0 0
89 2018-10 0 0
90 2018-11 0 0
91 2018-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/06/07

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