Emisión de pronunciamiento sobre los términos de referencia para la elaboración de la auditoría ambiental

TÉRMINOS DE REFERENCIA DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL

Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Energía (MAE)

Trámite orientado a presentar los lineamientos y condiciones generales bajo los cuales se realizará la auditoría ambiental.

Este trámite es un requisito previo a la ejecución de la auditoría ambiental y está sujeto a la aprobación de la Autoridad Ambiental competente.

¿A quién está dirigido?

  • Persona Juridica - Privada: que tenga un permiso ambiental vigente
  • Persona Juridica - Pública:que tenga un permiso ambiental vigente
  • Persona Natural - Ecuatoriana:que tenga un permiso ambiental vigente
  • Persona natural - Extranjera:que tenga un permiso ambiental vigente
  • En el sector minero, con base a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento Ambiental de Actividades Mineras (RAAM) los titulares mineros que realicen reducción o renuncia de un área minera, deben realizar una auditoría ambiental, para constatar el estado actual de la misma, en cuyo caso no necesariamente deben contar con un permiso ambiental.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio de aprobación de los Términos de Referencia para la Auditoría Ambiental

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Oficio dirigido a la Dirección de Control Ambiental
  2. Términos de referencia para la elaboración de la auditoría del proyecto, incluido el periodo

 

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento Presencial:

  1. Dirigirse a las instalaciones más cercanas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica
  2. Ingresar el oficio dirigido a la Dirección de Normativa y Control Ambiental, adjuntando los Términos de referencia para la auditoría del proyecto incluido el periodo
  3. Recibir el Pronunciamiento del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica
  4. Presentación de subsanación de observaciones en el caso de haberlas
  5. El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, emite oficio de aprobación en caso de no existir más observaciones.

Procedimiento en Línea:     

  1. Acceder a la opción "ir al trámite en línea" que se encuentra en la presente página y llenar los campos de la solicitud digital
  2. Dirigirse a las instalaciones más cercanas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica
  3. Ingresar el oficio dirigido a la Dirección de Normativa y Control Ambiental, adjuntando los Términos de referencia para la auditoría del proyecto incluido el periodo
  4. Recibir el Pronunciamiento del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica
  5. Presentación de subsanación de observaciones en el caso de haberlas
  6. El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, emite oficio de aprobación en caso de no existir más observaciones.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00

Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00

A continuación, se indican las direcciones de los puntos de atención:  

Direcciones MAATE

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mesa de ayuda

Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec

Teléfono: (02) 3987 600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 8
2 2025-02 0 10
3 2025-03 0 7
4 2025-04 0 14
5 2025-05 0 14
6 2025-06 0 23
7 2025-07 0 28
8 2025-08 0 4
9 2025-09 0 2
10 2025-10 0 4
11 2024-01 0 6
12 2024-02 0 12
13 2024-03 0 31
14 2024-04 0 10
15 2024-05 0 21
16 2024-06 0 13
17 2024-07 0 18
18 2024-08 0 15
19 2024-09 0 15
20 2024-10 0 8
21 2024-11 0 5
22 2024-12 0 7
23 2023-01 0 31
24 2023-02 0 17
25 2023-03 0 42
26 2023-04 0 3
27 2023-05 0 17
28 2023-06 0 9
29 2023-07 0 24
30 2023-08 0 27
31 2023-09 0 4
32 2023-10 0 8
33 2023-11 0 7
34 2023-12 0 3
35 2022-01 0 49
36 2022-02 0 48
37 2022-03 0 68
38 2022-04 0 55
39 2022-05 0 0
40 2022-06 0 37
41 2022-07 0 10
42 2022-08 0 96
43 2022-09 0 96
44 2022-10 0 0
45 2022-11 0 29
46 2022-12 0 44
47 2021-01 8 52
48 2021-02 4 67
49 2021-03 18 82
50 2021-04 5 56
51 2021-05 12 31
52 2021-06 0 0
53 2021-07 3 24
54 2021-08 2 29
55 2021-09 0 0
56 2020-01 5 52
57 2020-02 0 67
58 2020-03 0 82
59 2020-04 3 56
60 2020-05 0 14
61 2020-06 0 150
62 2020-07 0 82
63 2020-08 0 1
64 2020-09 0 63
65 2020-10 0 31
66 2020-11 0 28
67 2020-12 15 60
68 2019-01 2 125
69 2019-02 0 79
70 2019-04 0 79
71 2019-05 0 149
72 2019-06 0 68
73 2019-07 0 97
74 2019-08 0 93
75 2019-09 19 83
76 2019-10 0 93
77 2019-11 5 83
78 2019-12 0 74
79 2018-12 9 1197
80 2017-12 1 279
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2025/09/15

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