Emisión de la extinción del Registro de generador de residuos y desechos peligrosos y especiales para las actividades que generan desechos peligrosos y especiales

REGISTRO_DE_GENERADOR_

Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Energía (MAE)

Servicio orientado a extinguir un registro de generadores de residuos y desechos peligrosos y/o especiales por los siguientes indicios:

Solicitud del sujeto de control, en caso de cese de operaciones y/o traslado de las actividades del establecimiento generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales, que cuenta con el respectivo registro, a una nueva jurisdicción.

Por otro lado, también se aplica la extinción Registro de residuos y desechos peligrosos y/o especiales cuando existe suspensión o revocatoria del permiso ambiental del establecimiento generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales, por incumplimiento de la normativa vigente.

¿A quién está dirigido?

  • Persona Jurídica - Privada: Consultoras ambientales, organizaciones no gubernamentales (ONG) o centros de investigación privados que lleven a cabo proyectos científicos.
  • Persona Jurídica - Pública: Universidades públicas e institutos nacionales de investigación que requieran recolectar muestras biológicas para sus estudios.
  • Persona Natural - Ecuatoriana: Investigadores, biólogos o estudiantes nacionales que necesiten recolectar especímenes de flora o fauna para el desarrollo de sus tesis o investigaciones independientes.
  • Persona Natural - Extranjera: Investigadores internacionales que cuenten con los convenios y permisos necesarios para realizar estudios científicos en territorio ecuatoriano.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Extinción del Registro de generador de residuos y desechos peligrosos o especiales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud del generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales, debidamente sustentada, dirigida a la Autoridad Ambiental Competente.
    El trámite puede ser ingresado a través de los correos electrónicos: tramites.mae@ambienteyenergia.gob.ec; atencion.virtual@ambienteyenergia.gob.ec.
  2. Documentación que evidencia el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Registro de generador de residuos o desechos peligrosos y/o especiales

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar una solicitud de extinción del generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales, con los sustentos técnicos correspondientes, dirigida a la Autoridad Ambiental Competente; la cual debe ser entregada en Ventanilla Única de la Dirección Zonal - Oficina Técnica, de la jurisdicción que corresponda;  o a través del correo electrónico tramites.maae@ambiente.gob.ec.
  2. Recibir pronunciamiento sobre la extinción del registro de generador de residuos y desechos peligrosos y/o especiales firmado por el Director Zonal correspondiente una vez que cuente con la aprobación técnica.

Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00. Ministerio de Ambiente y Energía

Av. Madrid Nro. 11-59 y Andalucía 
Av. de la República y Teresa de Cepeda (Edificio Covidal) 
Av. república de El Salvador N36-46 y Suecia
En las 10 oficinas técnicas a nivel desconcentrado.

Mediante correo electrónico (atencion.virtual@ambienteyenergia.gob.ec), en el cual deberá adjuntar la información de respaldo digitalizada o el enlace de respaldo en la nube el mismo que deberá estar activo de manera permanente.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mesa de Ayuda

Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec

Teléfono: (02) 3987 600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 0
2 2026-02 0 0
3 2025-01 0 2
4 2025-02 0 1
5 2025-03 0 0
6 2025-04 0 0
7 2025-05 0 0
8 2025-06 0 0
9 2025-07 0 0
10 2025-08 0 0
11 2025-09 0 1
12 2025-10 0 0
13 2025-11 0 0
14 2025-12 0 0
15 2024-01 0 0
16 2024-02 0 0
17 2024-03 0 19
18 2024-04 0 1
19 2024-05 0 0
20 2024-06 0 0
21 2024-07 0 1
22 2024-08 0 5
23 2024-09 0 0
24 2024-10 0 0
25 2024-11 0 0
26 2024-12 0 0
27 2023-01 0 0
28 2023-02 0 0
29 2023-03 0 19
30 2023-04 0 1
31 2023-05 0 0
32 2023-06 0 0
33 2023-07 0 0
34 2023-08 0 0
35 2023-09 0 1
36 2023-10 0 0
37 2023-11 0 0
38 2023-12 0 0
39 2022-01 0 0
40 2022-02 0 0
41 2022-03 0 0
42 2022-04 0 0
43 2022-05 0 0
44 2022-06 0 55
45 2022-07 0 56
46 2022-08 0 0
47 2022-09 0 56
48 2022-10 0 0
49 2022-11 0 0
50 2022-12 0 1
51 2021-01 0 19
52 2021-02 0 0
53 2021-03 0 12
54 2021-04 0 0
55 2021-05 0 6
56 2021-06 0 0
57 2021-07 0 0
58 2021-08 0 0
59 2021-09 0 0
60 2020-01 0 19
61 2020-02 0 0
62 2020-03 0 12
63 2020-04 0 0
64 2020-05 0 16
65 2020-06 0 8
66 2020-07 0 12
67 2020-08 0 0
68 2020-09 0 2
69 2020-10 0 6
70 2020-11 0 0
71 2020-12 0 0
72 2019-01 0 62
73 2019-02 0 7
74 2019-03 0 2
75 2019-04 0 8
76 2019-05 0 1
77 2019-06 0 5
78 2019-07 0 10
79 2019-08 0 2
80 2019-09 0 2
81 2019-10 0 2
82 2019-11 0 1
83 2019-12 0 0
84 2018-12 3 12
85 2017-12 12 100

Fecha de última actualización: 2025/09/15

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