Aprobación del programa de corta de árboles de la regeneración natural

Programa de Corta Árboles de la Regeneración Natural

Información proporcionada por: Ministerio de Ambiente y Energía (MAE)

Emitir la aprobación  del Programa de Corta de Árboles de la Regeneración Natural.
Tiene por objeto regular el aprovechamiento de madera y fomentar el manejo de bosques cultivados, de árboles en sistemas agroforestales y de árboles en las formaciones pioneras.
Los árboles de la regeneración natural en cultivos: son aquellos árboles provenientes del manejo y fomento de la regeneración natural, incluidos árboles de pigüe y balsa, que se desarrollan en huertos, potreros, plantaciones forestales y sistemas agroforestales, que no constituyen parte integrante de un bosque nativo y que no constituyen árboles relictos; y que por su tamaño, apariencia, especie y madurez fisiológica, a criterio del funcionario forestal experto o profesional Forestal, son clasificados como tales.
Para el caso de los árboles de la regeneración natural en cultivos, en el registro se deberá incluir la siguiente información: especie, DAP y altura comercial. En este caso, el número con el cual el árbol fue incluido en el registro, deberá ser pintado en el fuste a una altura inferior a la altura de corte.

¿A quién está dirigido?

  • Persona Jurídica - Privada: Empresas, asociaciones, cooperativas o organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas que posean predios en zonas de bosque húmedo y busquen realizar un aprovechamiento de recursos forestales bajo normas de sostenibilidad.
  • Persona Jurídica - Pública: Instituciones del Estado, gobiernos locales (municipios o prefecturas) o empresas públicas que administren terrenos con este tipo de ecosistema y necesiten gestionar técnicamente sus recursos madereros.
  • Persona Natural - Ecuatoriana: Ciudadanos ecuatorianos que sean propietarios, poseedores o adjudicatarios de tierras con cobertura de bosque húmedo y deseen obtener la autorización legal para la extracción de madera.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Aprobación del programa de corta de árboles de la regeneración natural

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Solicitud de aprobación del programa de corta de árboles de la regeneración natural a través del Sistema de Administración Forestal;
  2. Programa de corta de árboles de la regeneración natural de acuerdo a los Anexo 1,2,3,4, y 5 de la presente norma;
  3. Copias de la escritura y certificado de gravámenes actualizado del Registro de la Propiedad;
  4. Mapa del área del programa de corta de árboles de la regeneración natural;
  5. Tabla del censo comercial del plan de corta;
  6. Acuerdo compromiso y delegación del propietario al operador forestal (cuando proceda) para la correcta ejecución del plan de corta, con reconocimiento de firmas realizado ante un Notario Público;
  7. Certificado de cumplimiento de obligaciones anteriores, que será emitido de forma automática por el Sistema de Administración Forestal. Para los solicitantes que no han sido beneficiarios de una licencia de aprovechamiento forestal con anterioridad, no será necesario este requisito.

¿Cómo hago el trámite?

  1. El usuario deberá presentar ante la oficina técnica de la Dirección Zonal correspondiente, el expediente con  todos los requisitos antes expuestos.
  2. En caso de existir observaciones el usuario deberá subsanar en un término de 15 días, y volverlas a presentar.
  3. Acogida las observaciones el responsable de la oficina técnica de la Dirección Zonal correspondiente, proceder con la respectiva aprobación del programa.
  4. En caso de no subsanarse dichas observaciones el responsable de la oficina técnica procederá con el respectivo archivo del proceso.

Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00. Ministerio de Ambiente y Energía

Av. Madrid Nro. 11-59 y Andalucía 
Av. de la República y Teresa de Cepeda (Edificio Covidal) 
Av. república de El Salvador N36-46 y Suecia
En las 10 oficinas técnicas a nivel desconcentrado.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

1 año (Sin ampliación)

Mas 9 meses (Con ampliación)

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mesa de Ayuda

Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec

Teléfono: (02) 3987 600, ext 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2026-01 0 9
2 2026-02 0 3
3 2026-03 0 12
4 2026-04 0 10
5 2026-05 0 0
6 2026-06 0 16
7 2026-07 0 10
8 2025-01 0 3
9 2025-02 0 13
10 2025-03 0 14
11 2025-04 0 15
12 2025-05 0 12
13 2025-06 0 6
14 2025-07 0 14
15 2025-08 0 22
16 2025-09 0 12
17 2025-10 0 21
18 2025-11 0 7
19 2025-12 0 12
20 2024-10 0 15
21 2024-11 0 15
22 2024-12 0 16

Fecha de última actualización: 2025/09/15

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